MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 240/2025
RESOL-2025-240-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 07/03/2025
Visto el expediente EX-2024-102897372- -APN-SP#IOSFA, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2025 formulado por el
Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA), ente del
Sector Público Nacional actuante en el ámbito del Ministerio de Defensa.
Que la ley 24.156 contiene en el título II, capítulo III, el Régimen
Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que en el decreto 1776 del 29 de noviembre de 2007 se estableció que
las Obras Sociales dependientes de las Fuerzas Armadas, de la Policía
Federal y del Servicio Penitenciario Federal, quedan comprendidas
dentro del concepto de Obras Sociales Estatales a que alude el artículo
3° del anexo al decreto 1731 del 7 de diciembre de 2004, resultándoles
de aplicación en materia presupuestaria lo establecido en el título II,
capítulo III de la citada ley 24.156.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2025 del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas
(IOSFA), ente del Sector Público Nacional actuante en el ámbito del
Ministerio de Defensa, de acuerdo con el detalle obrante en los anexos
I (IF-2025-19286283-APN-SSP#MEC) y II (IF-2025-19285706-APN-SSP#MEC),
que integran esta medida.
ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de seiscientos cuarenta y un mil
setecientos treinta y tres millones cuatrocientos noventa mil ciento
veintinueve pesos ($ 641.733.490.129) los ingresos corrientes y fíjanse
en la suma de seiscientos veintiocho mil cuatrocientos dieciocho
millones cuatrocientos setenta y nueve mil ciento sesenta y cinco pesos
($ 628.418.479.165) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado en la suma de trece
mil trescientos quince millones diez mil novecientos sesenta y cuatro
pesos ($ 13.315.010.964), de acuerdo con el detalle que figura en las
planillas del anexo II (IF-2025-19285706-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de cero pesos ($ 0) los recursos de
capital y fíjanse en la suma de trece mil ciento noventa y nueve
millones novecientos cuatro mil ochocientos treinta y tres pesos ($
13.199.904.833) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en
conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 2° de
la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (Superávit)
para el ejercicio 2025 en la suma de ciento quince millones ciento seis
mil ciento treinta y un pesos ($ 115.106.131), de acuerdo con el
detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2025-19285706-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/03/2025 N° 13414/25 v. 10/03/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)