COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE
Disposición 2/2025
DISFC-2025-2-APN-DE#CNA
Ciudad de Buenos Aires, 07/03/2025
Visto el EX-2025-22077593- -APN-DE#CNA, la Ley N° 26.912 y sus modificatorias,
y CONSIDERANDO:
Que, por conducto de la Ley N° 26.161, se aprobó la Convención
Internacional contra el Dopaje en el Deporte, adoptada en la 33°
Reunión de la Conferencia General de la Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura -UNESCO-, llevada a
cabo el 19 de octubre de 2005.
Que, en consonancia con los compromisos asumidos por la REPÚBLICA
ARGENTINA, en materia de lucha y prevención del dopaje en el deporte,
por el artículo 79, del Capítulo I, Título IV de la Ley N° 26.912,
modificada por las Leyes N° 27.109, N° 27.434 y N° 27.438, se creó la
COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE
DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la
cual tiene a su cargo las funciones de organización nacional
antidopaje, definidas en el Apéndice 1 del Código Mundial Antidopaje.
Que, por el artículo 81 de la Ley No 26.912 y sus modificatorias, se
estableció que la citada COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, estará dirigida
y administrada por un (1) Directorio Ejecutivo, que entenderá en el
cumplimiento de los objetivos de la citada Comisión previstos en el
artículo 80 de la referida ley y de las demás funciones asignadas a
ella en dicho régimen, integrada por un (1) Presidente, un (1)
Secretario, un (1) Tesorero y tres (3) Vocales; y por un (1) CONSEJO
CONSULTIVO, que colaborará en la elaboración de políticas de prevención
del dopaje en el deporte, de lucha contra el dopaje en el deporte sobre
la base del principio del juego limpio y de protección de la salud de
los que participan en las competencias.
Que, el artículo 1 del Decreto N° 649/18, define que esta Comisión
Nacional Antidopaje actúa como una organización estatal no empresarial,
con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, de
acuerdo al régimen establecido en el inciso c) del artículo 8° de la
Ley N° 24.156 y sus modificatorias.
Que por los Decretos N° 837/22 y 39/2025, se designaron los miembros
del Directorio Ejecutivo, integrado porUN (1) Presidente, UN (1)
Secretario, UN (1) Tesorero y TRES (3) Vocales.
Que, por disposición DISFC-2023-71-APN-DE#CNA con fecha del 28 de
agosto de 2023, se asignó a partir del 31 de julio de 2023, a SILVINA
LARA VALOPPI como Vocal de la Vocalía de Control e Investigación.
Que, a efectos de dar cumplimiento a las funciones primarias de la
Comisión Nacional Antidopaje, garantizando la continuidad de las tareas
de control y prevención en materia de lucha contra el dopaje en el
deporte, resulta necesario adoptar medidas conducentes para efectuar la
toma de muestras de control de dopaje a diferentes deportistas, tanto
dentro como fuera de competencia, conforme el Plan Anual de Toma de
Muestras de la Comisión Nacional Antidopaje de acuerdo con la normativa
internacional.
Que, conforme la normativa internacional vigente en la materia de la
Agencia Mundial Antidopaje (WADA/AMA), las muestras de control de
dopaje se llevan a cabo por parte de Oficiales de Control de Dopaje
(OCD), quienes previamente deben cumplimentar y aprobar una instancia
de capacitación y práctica. Los OCD, que, asimismo, realicen controles
de dopaje mediante extracción de sangre, denominados BCO, deben contar
con título habilitante emitido por autoridad nacional o local
competentes (médico/ca, técnico/a de laboratorio o enfermera/o, o
extraccionista) para realizar venopunciones.
Que, por Acta de Directorio Ejecutivo N°106
(IF-2025-19249350-APN-DE#CNA), se aprobó la convocatoria y capacitación
de aspirantes a OCD y/o BCO, con el fin de llevar a cabo el proceso de
acreditación y reacreditación de los mismos.
Que, atento a ello, lo establecido en los informes
IF-2025-18544466-APN-VCEI#CNA e IF-2025-22127574-APN-VCEI#CNA, se
encuentra detallado el cronograma, temario y modalidad del proceso de
capacitación, cuyo objetivo es actualizar y reforzar los conocimientos
y procedimientos relacionados con el control de dopaje.
Que, asimismo, dicho proceso de formación tiene como finalidad la
capacitación de nuevos Oficiales de Control de Dopaje y la
reacreditación de los mismo, quienes desempeñarán un rol fundamental en
la recolección de muestras, tanto de orina como de sangre, en
cumplimiento de los estándares y normativas vigentes en la materia.
Que, conforme surge de los informes identificados como
IF-2025-18544466-APN-VCEI#CNA e IF-2025-22127574-APN-VCEI#CNA, la
convocatoria para la inscripción se llevará a cabo los días 10, 11 y 12
de marzo de 2025, en tanto que las capacitaciones correspondientes
tendrán lugar los días 11 y 12 de abril de 2025, bajo la organización
de la Comisión Nacional Antidopaje, con el objeto de proceder a la
acreditación y reacreditación de los Oficiales de Control de Dopaje
(OCD y/o BCO).
Que la Tesorería de esta Comisión Nacional Antidopaje se encuentra
vacante conforme surge de la nota N° NO-2025-20895577-APN-T#CNA.
Que, la Coordinación de ASUNTOS LEGALES Y CONTENCIOSOS de la COMISIÓN
NACIONAL ANTIDOPAJE, ha tomado la intervención de su competencia.
Que, la presente, se dicta en virtud de las facultades previstas por la
Ley N° 26.912 y sus modificatorias, y el artículo 1° del Decreto 649/18.
Por ello,
EL DIRECTORIO EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE
DISPONE:
ARTICULO 1°: - Aprobar la convocatoria para los días 10, 11 y 12 de
marzo de 2025, a los fines de llevar a cabo el proceso de acreditación
y reacreditación de los Oficiales de Control de Dopaje (OCD y/o BCO),
conforme a lo establecido en los IF-2025-18544466-APN-VCEI#CNA e
IF-2025-22127574-APN-VCEI#CNA.
ARTICULO 2°: - Aprobar las capacitaciones que serán brindadas los días
11 y 12 de abril de 2025 por la Comisión Nacional Antidopaje, para la
acreditación y reacreditación de los Oficiales de Control de Dopaje
(OCD y/o BCO), conforme a lo establecido en el
IF-2025-18544466-APN-VCEI#CNA.
ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial República
Argentina, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.
Silvina Lara Valoppi - Diego Lennon - Mariana Soledad Galván - Diego Grippo
NOTA: El Anexo IF-2025-18544466-APN-VCEI#CNA que integra/n este(a)
Disposición se publica/n en la edición web del BORA
-www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/03/2025 N° 13536/25 v. 10/03/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)