MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución 29/2025
RESOL-2025-29-APN-STEYFP#MDYTE
Ciudad de Buenos Aires, 20/03/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-29077053- -APN-DGDYD#JGM, la Ley N°
25.164, los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus
modificatorios y 585 del 4 de julio de 2024, y la Decisión
Administrativa N° 7 del 20 de marzo de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 en
su Anexo I dispone que el personal podrá revistar en el régimen de
estabilidad, en el régimen de contrataciones o como personal de
gabinete de las autoridades superiores.
Que por el Decreto Nº 1421/02 y sus modificatorios se reglamentó la
mencionada Ley Marco, estableciendo en el artículo 10 del Anexo I las
disposiciones que regulan el régimen de designación y prestación de
servicios del personal de gabinete y de asignación de los suplementos
extraordinarios.
Que por el mencionado Decreto reglamentario se dispuso que el personal
de gabinete desempeñará funciones de asesoramiento y asistencia
administrativa a las autoridades superiores, excluyendo el ejercicio de
funciones previstas en las respectivas estructuras orgánicas,
correspondientes a los niveles de conducción y jefatura de planta
permanente.
Que, por otra parte, se prevé que las autoridades superiores podrán
otorgar suplementos extraordinarios fundados en indicadores objetivos
de productividad, conforme la normativa vigente.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 7/25 se asignaron a las
autoridades superiores de la Administración Pública Nacional
establecidas en el artículo 2° de dicha medida la cantidad de unidades
retributivas detalladas en el ANEXO I
(IF-2025-28772328-APN-STEYFP#MDYTE) con sus respectivos criterios.
Que, asimismo, por el artículo 7º de la citada norma se dispuso que, al
inicio de cada ejercicio presupuestario, la SECRETARÍA DE
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE
DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO establecerá por Resolución
los rangos de dotación de planta permanente, transitoria y del personal
de gabinete de cada Ministerio, de las Secretarías de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN y de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS que corresponderá
asignar a las autoridades superiores consignadas en el artículo 2º de
la referida Decisión Administrativa.
Que, en virtud de ello, corresponde en esta instancia establecer los referidos rangos para el presente ejercicio presupuestario.
Que por el artículo 10 de la citada Decisión Administrativa se facultó
a esta Secretaría a dictar las normas complementarias y aclaratorias
que resulten necesarias para su implementación.
Que la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO,
dependiente de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN
PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, ha
tomado la intervención de su competencia.
Que, en virtud de lo dispuesto por el artículo 12 del Decreto N° 585/24
la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de
la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la VICEJEFATURA
DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por los artículos 7 y 10 de la Decisión Administrativa N°
7/25.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA DEL MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establécense los rangos de dotación de planta permanente,
transitoria y del personal de gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, de los Ministerios y de las Secretarías de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, con excepción de la SECRETARÍA DE INTELIGENCIA DE ESTADO,
conforme lo dispuesto por el artículo 2º de la Decisión Administrativa
N° 7 del 20 de marzo 2025 y el Punto B. de su Anexo I, para el
ejercicio presupuestario 2025, según se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su dictado.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Maximiliano Matías Narciso Fariña
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/03/2025 N° 17173/25 v. 21/03/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)
ANEXO
(Anexo sustituido a partir del 1° de mayo de 2025, por art. 1° de la Resolución N° 52/2025 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública B.O. 2/7/2025.)
RÉGIMEN GENERAL DE PERSONAL DE GABINETE Y CRITERIOS DE ASIGNACIÓN DE UNIDADES RETRIBUTIVAS - CRITERIO B
IF-2025-68659838-APN-STEYFP#MDYTE