MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
DIRECCIÓN TÉCNICA SOBRE REGULACIÓN DEL TRABAJO
Disposición 160/2025
DI-2025-160-APN-DTRT#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 28/02/2025
VISTO el EX-2024-30713005- -APN-DGD#MT, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004),
la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, el Decreto N° 1.759
del 3 de abril de 1972 (t.o. 2017), la DI-2024-563-APN-DNRYRT#MCH, la
DI-2025-94-APN-DTRT#MCH y,
CONSIDERANDO:
Que en el ANEXO DI-2025-15240016-APN-DTRT#MCH de la Disposición
DI-2025-94-APN-DTRT#MCH de la DIRECCIÓN TÉCNICA SOBRE REGULACIÓN DEL
TRABAJO de fecha 12 de Febrero de 2025 se fijó el importe promedio de
las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los
términos del Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado
por la DI-2024-563-APN-DNRYRT#MCH y registrado como Acuerdo N° 1809/24,
suscripto entre el SINDICATO DE EMPLEADOS DEL CAUCHO Y AFINES (SECA) y
la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DEL CAUCHO en el marco del
Convenio Colectivo de Trabajo 375/04.
Que posteriormente se advirtió que en el citado ANEXO,
DI-2025-15240016-APN-DTRT#MCH que integra la Disposición
DI-2025-94-APN-DTRT#MCH, por un error material se consignó
inexactamente la fecha de entrada en vigencia correspondiente al
mencionado Acuerdo, donde se indicó “01/02/2024”, cuando correspondía
indicar “01/03/2024.
Que con el fin de subsanar dicho error material corresponde proceder a
enmendar el DI-2025-15240016-APN-DTRT#MCH, que como Anexo integra la
Disposición DI-2025-94-APN-DTRT#MCH.
Que en cumplimiento de lo dispuesto se emitió en estas actuaciones el
correspondiente informe técnico, IF-2025-22063604-APN-DTRT#MCH, al cual
se remite en orden a la brevedad.
Que la enmienda que se efectúa no altera la sustancia de la DI-2025-94-APN-DTRT#MCH conservando plena eficacia.
Que mediante el Decreto DECTO-2024-862-APN-PTE, de fecha del 30 de
septiembre del 2024, la ex Dirección de Normativa Laboral, dependiente
de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, paso
a denominarse Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo,
manteniendo sus funciones.
Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo
párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, de conformidad a lo establecido por
el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos
aprobado por el Decreto N° 1.759 del 3 de abril de 1972 (t.o. 2017),
por delegación efectuada por Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT,
prorrogada por sus similares DI-2022-3730-APN-DNRYRT#MT y
DI-2023-213-APNDNRYRT#MT, conforme a la Resolución
RESOL-2021-301-APN-MT.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA SOBRE REGULACIÓN DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Rectificase el DI-2025-15240016-APN-DTRT#MCH que como
ANEXO forma parte integrante de la DI-2025-94-APN-DTRT#MCH,
reemplazando la fecha de entrada en vigencia indicada como “01/02/2024”
correspondiente al acuerdo Nº 1809/24, por fecha de entrada en vigencia
“01/03/2024”.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL para la intervención correspondiente. Cumplido ello,
pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a
fin de que el Departamento de Coordinación tome conocimiento de lo
dispuesto en el artículo precedente en relación a la
DI-2025-94-APN-DTRT#MCH. Posteriormente procédase a la guarda
correspondiente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Pedro Diego Frankenthal
e. 27/03/2025 N° 17538/25 v. 27/03/2025