DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
Resolución 501/2025
RESOL-2025-501-APN-DNV#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 26/03/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-07070229- -APN-DNV#MEC, del registro de
esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la
órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA; y
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de los objetivos y políticas establecidas por la
actual gestión de gobierno, el PODER EJECUTIVO NACIONAL dictó mediante
la “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los
Argentinos” N° 27.742, los lineamientos base de la reorganización
administrativa para mejorar el funcionamiento del Estado y lograr una
gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en
la atención del bien común.
Que, a tales fines, la referida norma propicia la reducción del
sobredimensionamiento de la estructura estatal a fin de disminuir el
déficit, transparentar el gasto y equilibrar las cuentas públicas y
asegurar el efectivo control interno de la administración pública
nacional con el objeto de garantizar la transparencia en la
administración de las finanzas públicas.
Que, en tal sentido mediante el Decreto DECTO-2025-28-APN-PTE, del 14
de enero de 2025, el PODER EJECUTIVO NACIONAL estableció que los Tramos
y Rutas que integran la Red Vial Nacional, serán licitados para otorgar
la concesión por peaje para la construcción, explotación,
administración, reparación, ampliación, conservación, mantenimiento,
prestación de servicios al usuario y la realización de nuevas
explotaciones complementarias o colaterales que permitan obtener
ingresos adicionales bajo el régimen de la Ley Nº 17.520, modificada
por señalada “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los
Argentinos” N° 27.742 y su Decreto reglamentario N° 713 de fecha 9 de
agosto de 2024, con la modalidad que se estime más conveniente.
Que, consecuentemente, el Sr. Ministro De Economía indicó que atento a
las consideraciones y evaluación efectuada por la autoridad con
competencia técnica en la materia, compartía la opinión en orden a
instruir a esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD a elaborar la
documentación necesaria tendiente a efectuar la convocatoria a
Licitación Pública Nacional e Internacional para los Tramos que
integran el actual Corredor Vial N° 18 y la eventual incorporación de
nuevos tramos, bajo las pautas que se enumeraron por el Sr. Secretario
De Transporte y la ADMINISTRACIÓN GENERAL de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE
VIALIDAD.
Que, en virtud de ello, esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD mediante
RESOLUCION 104/2025, del 23 de enero de 2025, convocó a Audiencias
Públicas para informar a la población, organizaciones públicas,
privadas y no gubernamentales, con la participación de las autoridades
nacionales, provinciales y locales convocadas, respecto del Proyecto
“Red Federal de Concesiones- Etapa I”, para los denominados “Tramo
Oriental” y “Tramo Conexión”, conformado por los tramos de Rutas
Nacionales N° 12; 14; 117; 135; 174; A-015.
Que el Decreto N° 1172/03 aprueba el Reglamento General de Audiencias
Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional y establece que el área a
cargo de las decisiones relativas al objeto de la audiencia pública
será la Autoridad Convocante, y que la máxima autoridad de dicha área
convocará mediante acto administrativo expreso y presidirá la audiencia
pública, pudiendo delegar tal responsabilidad en un funcionario
competente en razón del objeto de la misma.
Que la Constitución Nacional garantiza el principio de publicidad de
los actos de Gobierno y el derecho de acceso a la información pública a
través de los artículos 1, 33, 41, 42 y concordantes del Capítulo
Segundo —que establece nuevos Derechos y Garantías— y del artículo 75
inciso 22, que incorpora con jerarquía constitucional diversos Tratados
Internacionales.
Que constituye un objetivo de esta Administración fortalecer la
relación entre el Estado y la Sociedad Civil, en el convencimiento de
que esta alianza estratégica es imprescindible para concretar las
reformas institucionales necesarias para desarrollar una democracia
legítima, transparente y eficiente.
Que la Audiencia Pública habilita la participación ciudadana en el
proceso de toma de decisiones a través de un espacio institucional en
el que todos aquellos que puedan sentirse afectados, manifiesten su
conocimiento o experiencia y presenten su perspectiva individual,
grupal o colectiva respecto de la decisión a adoptarse.
Que dichas opiniones, no obstante, su carácter no vinculante, deben ser
consideradas adecuadamente, estableciéndose la obligación de la
autoridad de fundamentar sus desestimaciones.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Resolución
N° 104/2025, se procedió a la publicación del aviso de convocatoria a
las Audiencias Públicas por DOS (2) días consecutivos en el BOLETIN
OFICIAL, en DOS (2) diarios de circulación nacional, y en UN (1) diario
de las localidades comprendidas en el “TRAMO ORIENTAL” Y EL “TRAMO
CONEXIÓN”. Sumado a ello, se remitieron comunicados de prensa a los
medios nacionales y locales pertinentes y se colocó y distribuyó
folletería.
Que fueron convocados especialmente a participar en la Audiencia
Pública las autoridades nacionales, provinciales y municipales de las
jurisdicciones involucradas, conforme constancias del expediente
EX-202507070229-APNDNV#MEC, remitiéndose un total CIENTO VEINTIOCHO
(128) notas formales institucionales.
Que el objeto de la convocatoria a las Audiencias Públicas es para
informar a la población, organizaciones públicas, privadas y no
gubernamentales, con la participación de las autoridades nacionales,
provinciales y locales convocadas, respecto del Proyecto “Red Federal
de Concesiones- Etapa 1”, para los denominados “Tramo Oriental” y
“Tramo Conexión”.
Que a los fines de la inscripción el registro de participantes para las
Audiencias Públicas, sean personas humanas o jurídicas, fue habilitado
a partir de las 00:00 horas del día martes 28 de enero de 2025 y hasta
las 23:59 horas del día 23 de febrero de 2025, lo cual arrojó un total
de VEINTISEIS (26) días para que todo interesado pueda inscribirse a
través de la página web de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
(https://www.argentina.gob.ar/transporte/vialidad-nacional) en las
secciones de la RED FEDERAL DE CONCESIONES o ESPACIOS PARTICIPATIVOS.
Que la inscripción fue libre y gratuita, y se realizó a través del
formulario web dispuesto en señalado Sitio Web, el cual estuvo
disponible para su carga online en la página web antes citada durante
los días precedentemente mencionados.
Que la inscripción también estuvo disponible en forme física en la sede
de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, en la Av. Julio A. Roca N° 738
Planta Baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes
de 10:00 a 16:00 horas.
Que, a la vez, tal como lo estableció en el Artículo 4° de la
Resolución N° 104/2025 se habilitó la toma de vista del
EX-2025-07070229-APNDNV#MEC, haciendo uso de la misma DOS (2)
interesados.
Que para la realización de la Audiencia Pública del TRAMO ORIENTAL esta
fue convocada para el día martes 25 de febrero de 2025 a las 10 a.m.,
en Calle Estrada 1080 Parque de la Estación, CP 2820, Gualeguaychú,
Entre Ríos.
Que para la realización de la Audiencia Pública del TRAMO CONEXIÓN esta
fue convocada para el día jueves 27 de febrero de 2025 a las 10 a.m.,
en la sala del Cine Teatro Victoria, ubicada en calle Além 64,
Victoria, Entre Ríos.
Que, conforme las constancias del REGISTRO DE PARTICIPANTES, se
recepcionaron para el TRAMO ORIENTAL CIENTO VEINTITRES (123)
inscripciones con consultas y/o propuestas diversas, de las cuales
TRECE (13) disponían una presentación anexa.
Que, conforme las constancias del REGISTRO DE PARTICIPANTES se
recepcionaron para el TRAMO CONEXIÓN CIENTO OCHO (108) inscripciones
con consultas y/o propuestas diversas, de las cuales ONCE (11)
disponían una presentación anexa.
Que la Audiencia Pública del TRAMO ORIENTAL dio comienzo a las 10:25
am, finalizando a las 12:51pm, mientras que la del TRAMO CONEXIÓN
inició 10:20am, finalizando 12:50pm siendo, en ambos casos, Presidente
de cada Audiencia el Subgerente de Atención al Usuario de Vialidad
Nacional el Sr. Martín Zangirolami; mientras que el Secretario de las
Audiencias Públicas fue el Lic. Gonzalo Oderda.
Que las mismas se desarrollaron contemplando las previsiones del
“REGLAMENTO GENERAL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS PARA EL PODER EJECUTIVO
NACIONAL”, aprobado por el Artículo 1° del Decreto Nº 1172/03.
Que la Audiencia fue registrada en forma taquigráfica y videograbada,
según consta para el TRAMO ORIENTAL (IF-2025-23827866-APN-RRIICP#DNV),
mientras que para el TRAMO CONEXIÓN (IF-2025-23826517-APNRRIICP#DNV)
Que en la Audiencia Pública del TRAMO ORIENTAL hicieron uso de la
palabra en su carácter de Expositores Técnicos de la Audiencia Pública
el Ing. Ricardo Ramón Quejillaver Boye, Coordinador de Concesiones de
Vialidad Nacional, y el Ing. Gustavo Héctor De La Encina, Supervisor
Técnico de Vialidad Nacional; quienes realizaron una presentación
integral del Proyecto (IF-2025-23821910-APN-RRIICP#DNV).
Que, en la Audiencia Pública del TRAMO CONEXIÓN, hicieron uso de la
palabra en su carácter de Expositores Técnicos de la Audiencia Pública
el Ing. Pablo León, asesor de Vialidad Nacional, y el Ing. Pedro Martín
Gracioli, Supervisor Técnico de Vialidad Nacional; quienes realizaron
una presentación integral del Proyecto (IF2025-23823717-APN-RRIICP#DNV).
Que en la Audiencia Pública del TRAMO ORIENTAL se dejó constancia que
resultaron CIENTO VEINTE (120) participantes presenciales
(IF-2025-22936625-APN-RRIICP#DNV) y DIECISEIS (16) participantes
virtuales. Dando un total de CIENTO TREINTA Y SEIS (136) participantes
para la Audiencia Pública en cuestión, de los cuales hicieron uso de la
palabra TREINTA Y CINCO (35) participantes.
Que en la Audiencia Pública del TRAMO CONEXIÓN se dejó constancia que
resultaron CIENTO VEINTISIETE (127) participantes presenciales
(IF-2025-22935143-APN-RRIICP#DNV) y VEINTE (20) participantes
virtuales, dando un total de CIENTO CUARENTA Y SIETE (147)
participantes para la Audiencia Pública en cuestión, de los cuales
hicieron uso de la palabra VEINTISIETE (27) participantes.
Que, con posterioridad a la celebración de las Audiencias, el
Presidente de ambas Audiencias Públicas dio intervención a la GERENCIA
EJECUTIVA DE PLANEAMIENTO Y CONCESIONES a fin que se expidan
técnicamente en cuanto a los planteos, consultas y sugerencias
expuestas oralmente y/o por escrito por los interesados, que así lo
desearon, para ambos espacios participativos.
Que la GERENCIA EJECUTIVA DE PLANEAMIENTO Y CONCESIONES se expidió y,
consecuentemente, con fecha 21 de marzo de 2025 se emitieron los
INFORMES DE CIERRE (IF-2025-29931733-APN-DNV#MEC y
IF-2025-29933186-APN-DNV#MEC) conforme lo dispuesto por el Artículo 36°
del Anexo I del Decreto 1172/03, conforme luce en el número de ordenes
#179 y #180.
Que, a su vez, el Artículo 38° del Capítulo IV del “REGLAMENTO GENERAL
DE AUDIENCIAS PÚBLICAS PARA EL PODER EJECUTIVO NACIONAL”, aprobado por
el Artículo 1° del Decreto Nº 1172/03, establece que la Autoridad
Convocante en un plazo no mayor a TREINTA (30) días de recibido el
informe final, deberá fundamentar su resolución final explicando de qué
forma tuvo en cuenta las opiniones de la ciudadanía, y en su caso, las
razones por las cuales las rechaza.
Que de conformidad a lo establecido en referido Artículo 38°, se
realizó una evaluación de las opiniones recogidas durante las
audiencias y se procedió elaborar un Informe Final por cada una de las
Audiencias Públicas.
Que por todo lo expuesto, corresponde tener por cumplimentadas las
previsiones del “REGLAMENTO GENERAL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS PARA EL
PODER EJECUTIVO NACIONAL”, aprobado por el Artículo 1° del Decreto Nº
1172/03.
Que la GERENCIA EJECUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Decreto Ley Nº 505/58 ratificado por la Ley Nº
14.467, la Ley Nº 17.520, la Ley Nº 23.696, la Ley Nº 27.445, la Ley
16.920 y el Decreto el N° 613 de fecha 15 de julio de 2024.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase los Informes de Cierre de las Audiencias
Públicas para “TRAMO ORIENTAL” y el “TRAMO CONEXIÓN” de la RED FEDERAL
DE CONCESIONES-ETAPA I, que como ANEXOS IF-202529931733-APN-DNV#MEC y
IF-2025-29933186-APN-DNV#MEC, forman parte de la presente
respectivamente.
ARTÍCULO 2º.- Téngase por cumplimentado el procedimiento de Audiencia
Pública llevado a cabo en el expediente citado en el Visto, en el marco
de las disposiciones del “Reglamento General de Audiencias Públicas
para el Poder Ejecutivo Nacional” aprobado por el Artículo 1° del
Decreto Nº 1172 de fecha 3 de diciembre de 2003, y que fuera
oportunamente convocada mediante la Resolución N° 104 del 23 de enero
de 2025 del Registro de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.
ARTÍCULO 3º.- Publíquese la presente en el Boletín Oficial por el
término de UN (1) día y en el sitio web de esta DIRECCION NACIONAL DE
VIALIDAD a través de la GERENCIA DE COMUNICACIÓN, PRENSA Y RELACIONES
INSTITUCIONALES.
ARTÍCULO 4º.- Tómese razón a través de la SUBGERENCIA DE DESPACHO Y
MESA GENERAL DE ENTRADAS, quién comunicará mediante el sistema de
Gestión Documental Electrónica (G.D.E. - CCOO) a las dependencias
intervinientes; y pase a la GERENCIA DE COMUNICACIÓN, PRENSA Y
RELACIONES INSTITUCIONALES (Subgerencia de Atención al Usuario) y a la
GERENCIA EJECUTIVA DE PLANEAMIENTO Y CONCESIONES, ambas de esta
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.
ARTÍCULO 5°- Notifíquese, comuníquese y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación.
Marcelo Jorge Campoy
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/03/2025 N° 18392/25 v. 28/03/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)