MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 183/2025
DI-2025-183-APN-DNRYRT#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 29/01/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2024-35496093- -APN-DGD#MT, las Leyes Nros.
14.250 (t.o. 2004), 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias y 23.546
(t.o.2004), y el Decreto N° 200 de fecha 16 de febrero de 1988 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en el documento N° RE-2024-35495805-APN-DGD#MT del Expediente Nº
EX-2024-35496093- -APN-DGD#MT, obra el Acuerdo celebrado entre
FEDERACION DE ORGANIZACIONES DE LOS MANDOS MEDIOS DE LAS
TELECOMUNICACIONES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FOMMTRA), por la parte
sindical, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte
empleadora, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante el mentado acuerdo las partes pactan una suma fija de
carácter no remunerativo, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo
de Empresa Nº 497/02 “E”.
Que respecto a la suma pactada e independientemente del marco en el
cual fue acordada, corresponde hacer saber a las partes lo establecido
en el Artículo 103 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976).
Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la correspondencia entre
la representatividad que ostenta la empresa firmante y la entidad
sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando la personería y facultades para negociar
colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES
Y REGULACIONES DEL TRABAJO de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, tomó la intervención
que le compete.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social (ex Dirección General de Asuntos Jurídicos) de la SECRETARÍA DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley N°14.250 (t.o. 2004) y el Artículo 10 del Decreto N° 200/88
y sus modificatorias y el Decreto N° DECTO-2024-862-APN-PTE.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º.- Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la
FEDERACION DE ORGANIZACIONES DE LOS MANDOS MEDIOS DE LAS
TELECOMUNICACIONES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FOMMTRA), por la parte
sindical, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte
empleadora, obrante en el documento N° RE-2024- 35495805-APN-DGD#MT del
Expediente Nº EX-2024-35496093- -APN-DGD#MT, conforme a lo dispuesto en
la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, para su registro.
Cumplido, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL
TRABAJO a fin de que proceda al registro del instrumento identificado
en el Artículo 1° de la presente Disposición.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente expediente, conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo Nº 497/02 “E”.
ARTÍCULO 4°.-Hágase saber que en el supuesto de que la SECRETARÍA DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO no
efectúe la publicación de carácter gratuita del instrumento homologado
y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido en el tercer
párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Mara Agata Mentoro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 31/03/2025 N° 17992/25 v. 31/03/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)