MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
Resolución 154/2025
RESOL-2025-154-APN-MCH
Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-11589520- -APN-DRRHHE#MCH, la Ley Nº
22.520 (texto ordenado Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios, la Ley
Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2023, prorrogada por los Decretos Nros. 88 de fecha 26 de
diciembre de 2023 y 1131 de fecha 27 diciembre 2024, el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, los Decretos
Nros. 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 8 de
fecha 10 de diciembre de 2023, 86 de fecha 26 de diciembre del 2023,
862 de fecha 27 de septiembre de 2024 y 958 de fecha 25 de octubre de
2024, las Decisiones Administrativas Nros 488 de fecha 10 de junio de
2024 y 3 de fecha 15 de enero de 2025, la Resolución Nº 20 de fecha 15
de noviembre de 2024 de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y
FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL
ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 8/23 se sustituyó el artículo 1º de la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorios, y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el artículo 4° del citado Decreto se sustituyó el Título V de
la Ley de Ministerios, estableciéndose las facultades de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y de cada Ministerio en particular.
Que el artículo 10 de dicho Decreto estableció que todos los
compromisos y obligaciones oportunamente asumidas por los entonces
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, MINISTERIO DE CULTURA, MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y por el
MINISTERIO DE MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, estarán a cargo del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO considerándose transferidos los créditos
presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con cargos y
dotaciones vigentes a la fecha, hasta tanto se aprueben las estructuras
correspondientes.
Que por el artículo 12 del mencionado Decreto se dispuso que hasta
tanto se perfeccionen las modificaciones presupuestarias y demás tareas
que permitan la plena operatividad del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
los Servicios Administrativos Financieros y los Servicios Jurídicos
Permanentes de origen, prestarán los servicios relativos a la ejecución
presupuestaria, contable, financiera, de compras, de recursos humanos y
en materia jurídica.
Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que por el Decreto N° 86/23, se sustituyó del Anexo I -Organigrama de
Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de
Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 de fecha
19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado XVII, y se
aprobaron la conformación organizativa del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
y las acciones a cargo de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.
Que por la Decisión Administrativa N° 488/24 se cubrió en el MINISTERIO
DE CAPITAL HUMANO el cargo de Director Nacional de Presupuesto e
Información Universitaria - Función Ejecutiva I - dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.
Que por el Decreto Nº 862/24 se aprobó la estructura organizativa de
primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el citado Decreto N° 862/24, se homólogo la DIRECCIÓN NACIONAL
DE PRESUPUESTO, CONTROL E INFORMACIÓN UNIVERSITARIA, Ex DIRECCIÓN
NACIONAL DE PRESUPUESTO E INFORMACIÓN UNIVERSITARIA, Función ejecutiva
Nivel I, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS de
la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el Decreto Nº 958/24 se establece que corresponde al JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los
Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, disponer
y/o prorrogar asignaciones transitorias de funciones para los casos de
las estructuras organizativas que dependan de cada una de ellos,
incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que
funcionen en su órbita.
Que el cargo citado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a
las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 del
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023, prorrogada por los Decretos Nros. 88/23 y 1131/24, y distribuido
por la Decisión Administrativa Nº 3/25.
Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE EDUCACIÓN dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE EDUCACIÓN de la SECRETARÍA
DE EDUCACIÓN ha intervenido según sus competencias.
Que la presente medida se tramita de acuerdo a los lineamientos
establecidos por la Resolución Nº 20/24 de la SECRETARÍA DE
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE
DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
Que la DIRECCIÓN DE INTERPRETACIÓN Y ASISTENCIA NORMATIVA, la DIRECCIÓN
NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE
INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL, la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
y la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, todas
del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, han tomado
la intervención de su competencia.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
han intervenido conforme sus competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 2º del Decreto N° 958/24.
Por ello,
LA MINISTRA DE CAPITAL HUMANO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada a partir del 27 de febrero del 2025
por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación
transitoria efectuada por la Decisión Administrativa N° 488 de fecha 10
de junio de 2024 del Licenciado Juan Marcos OUDIN (D.N.I. N°
29.994.418), en el cargo de Director Nacional de la DIRECCIÓN NACIONAL
DE PRESUPUESTO, CONTROL E INFORMACIÓN UNIVERSITARIA dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, Nivel A - Grado 0 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago de la Función Ejecutiva I del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08,
sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según
lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV,
y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la notificación
de la respectiva designación transitoria.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la
JURISDICCIÓN 88 - MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, SUBJURISDICCIÓN 04 -
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 4º.- Notifíquese al Licenciado Juan Marcos OUDIN (D.N.I. N° 29.994.418).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese dentro del plazo de CINCO (5) días de su
publicación a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, a la
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL y a la
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, todas ellas
dependientes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL
ESTADO.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sandra Pettovello
e. 04/04/2025 N° 20369/25 v. 04/04/2025