MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 363/2025
RESOL-2025-363-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2025
Visto el expediente EX-2025-17225695-APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2025 formulado por
Intercargo Sociedad Anónima Unipersonal, empresa del sector público
nacional actuante en el ámbito jurisdiccional de la Secretaría de
Transporte del Ministerio de Economía.
Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Capítulo III del
Título II, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos
Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración
Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto,
de la Secretaría de Hacienda, del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2025, de Intercargo Sociedad Anónima Unipersonal, empresa del
sector público nacional actuante en el ámbito jurisdiccional de la
Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, de acuerdo con el
detalle obrante en los anexos I (IF-2025-23453056-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2025-23452335-APN-SSP#MEC), que integran esta resolución.
ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de ochenta y nueve mil quinientos
cincuenta y un millones setecientos noventa y ocho mil ciento sesenta y
siete pesos ($89.551.798.167) los ingresos de operación y fíjanse en la
suma de ochenta y cinco mil cuatrocientos dieciocho millones
cuatrocientos ochenta y tres mil trescientos cincuenta y nueve pesos
($85.418.483.359), los gastos de operación, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Operativo (Ganancia de Operación) estimado en
cuatro mil ciento treinta y tres millones trescientos catorce mil
ochocientos ocho pesos ($4.133.314.808), de acuerdo con el detalle que
figura en las planillas del anexo II (IF-2025-23452335-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de noventa mil trescientos ochenta y
siete millones veinte mil cuatrocientos ochenta pesos ($90.387.020.480)
los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de ochenta y cinco mil
quinientos treinta y nueve millones cuatrocientos ochenta y tres mil
trescientos cincuenta y cinco pesos ($85.539.483.355) los gastos
corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Económico (Ahorro) estimado en cuatro mil ochocientos cuarenta y siete
millones quinientos treinta y siete mil ciento veinticinco pesos
($4.847.537.125), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas
del anexo II (IF-2025-23452335-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Estímanse en la suma de setenta y dos millones quinientos
setenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y nueve pesos ($72.577.449)
los recursos de capital y fíjanse en la suma de un mil trescientos
cuarenta y siete millones cuarenta y seis mil trescientos cincuenta y
seis pesos ($1.347.046.356) los gastos de capital, y como consecuencia
de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el
artículo 3º de esta resolución, estímase el Resultado Financiero
(Superávit) para el ejercicio 2025, en la suma de tres mil quinientos
setenta y tres millones sesenta y ocho mil doscientos dieciocho pesos
($3.573.068.218), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas
del anexo II (IF-2025-23452335-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/04/2025 N° 20208/25 v. 04/04/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)