MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 422/2025
RESOL-2025-422-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 08/04/2025
VISTO el Expediente EX-2025-11010910- -APN-DNNYRPJYMP#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, la Ley N° 26.538, la Resolución
Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus
modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
N° 828 del 27 de septiembre de 2019 y N° 375 del 8 de junio de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que ante la UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Y JUICIO N° 2 DEL
DEPARTAMENTO JUDICIAL ZARATE - CAMPANA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a
cargo de la Doctora Ana Laura BRIZUELA, tramita la I.P.P.
18-00-006407-21/00, caratulada “HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA
DE FUEGO – SILLS PATRICIO MATIAS – DTE.”, con intervención del JUZGADO
DE GARANTÍAS Nº 2 del DEPARTAMENTO JUDICIAL ZÁRATE – CAMPANA, a cargo
del Doctor Julio GRASSI.
Que, oportunamente, se dictó la Resolución Nº RESOL-2023-375-APN-MSG,
mediante la cual se ofreció recompensa de PESOS TRES MILLONES
($3.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido
en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la
detención del autor o los autores del homicidio de Patricio Matías
SILLS, titular del DNI Nº 27.814.836.
Que el 24 de diciembre de 2021, se encontró el cuerpo sin vida de
Patricio Matías SILLS, con una herida de proyectil de arma de fuego, en
un basural ubicado sobre Av. Cordero S/N, a unos cincuenta (50) metros
de la Fundación Viaje de Vuelta, Barrio Otamendi, localidad de Campana,
partido homónimo, Provincia de Buenos Aires, desconociéndose al día de
la fecha al autor o los autores materiales del hecho.
Que la UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Y JUICIO N° 2 DEL DEPARTAMENTO
JUDICIAL ZARATE - CAMPANA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, solicitó a este
Ministerio, mediante oficio del 16 de diciembre de 2024, se incremente
el monto de la recompensa antes mencionada, dado que hasta el momento
no se ha recabado información concreta que permita dar con el autor o
los autores del hecho.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido,
según lo estime el titular de esta Cartera; y, a su vez, el artículo 3°
indica que los montos establecidos en el artículo 1º del mencionado
Anexo deberán ser actualizados dependiendo del tiempo transcurrido
desde el ofrecimiento de recompensa.
Que, en atención a lo establecido en los artículos 1°, 2° y 3 ° del
Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG, resulta procedente incrementar
el monto de la mencionada recompensa.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la
RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida mediante RESOL-2023-375-APN-MSG a la suma total de PESOS DIEZ
MILLONES ($10.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber
intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que
permitan lograr la detención del autor o los autores del homicidio de
Patricio Matías SILLS, titular del DNI Nº 27.814.836.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES
JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, llamando a la
línea gratuita 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando
la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4°. - Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y
el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o
televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°. - Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad
Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus
formas, del afiche que obra como (IF-2025-19649685-APN-DNNYRPJYMP#MSG)
correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de
la presente Resolución.
ARTÍCULO 6°.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7°. - Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/04/2025 N° 21732/25 v. 09/04/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)