PODER EJECUTIVO
Decreto 292/2025
DNU-2025-292-APN-PTE - Ejercicios “TRADEWINDS” y “ESTRELLA AUSTRAL”. Autorización.
Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-37086443-APN-SAID#MD y la Ley N° 25.880, y
CONSIDERANDO:
Que, oportunamente, se envió al H. CONGRESO DE LA NACIÓN para su
tratamiento el pertinente Proyecto de Ley tendiente a autorizar la
entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida fuera
de él de fuerzas nacionales, según corresponda, para participar en los
ejercicios contemplados en el Programa de Ejercitaciones Combinadas que
se detallan en sus Anexos, a realizarse durante el período comprendido
entre el 1° de septiembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025.
Que de acuerdo al trámite parlamentario, el mencionado Proyecto de Ley
se encuentra con media sanción por parte de la H. CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA NACIÓN y a la espera de su tratamiento por el H. SENADO DE LA
NACIÓN.
Que en relación con el Plan Anual de Ejercicios Combinados comprendido
entre el 1° de septiembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025, se han
recibido invitaciones cursadas con posterioridad al inicio del mismo,
por parte del Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, para la
participación en el Ejercicio “TRADEWINDS 2025” y del Gobierno de la
REPÚBLICA DE CHILE, para la participación en el Ejercicio “ESTRELLA
AUSTRAL 2025”, esta última a través del Jefe del Estado Mayor Conjunto,
mediante Nota adjunta del Agregado de Defensa y Militar a la Embajada
de dicho país en la REPÚBLICA ARGENTINA, del 2 de enero de 2025.
Que el Ejercicio denominado “TRADEWINDS 2025” detenta el carácter de
internacional y multiagencial, involucra a TREINTA Y UN (31) países de
la región del Caribe y de Europa y está orientado a la ayuda
humanitaria y asistencia en catástrofes y desastres naturales,
fomentando para la REPÚBLICA ARGENTINA su prestigio internacional y las
relaciones tanto diplomáticas como militares, las cuales son
fundamentales para la seguridad, la confianza y la cooperación
regional; asimismo, este no generará erogación presupuestaria alguna
para la FUERZA AÉREA ARGENTINA, ya que todos los costos serán cubiertos
por el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Que el referido Ejercicio, a llevarse a cabo en la Zona de Operaciones
de la REPÚBLICA DE TRINIDAD Y TOBAGO, REPÚBLICA DOMINICANA y JAMAICA,
tendrá lugar entre los días 29 de abril y 11 de mayo del corriente.
Que el Ejercicio “TRADEWINDS 2025” contribuye de manera eficaz a los
fines de incrementar el adiestramiento combinado y la interoperabilidad
en operaciones aéreas entre las Fuerzas Aéreas de los diferentes países
invitados, siendo de gran envergadura y relevancia y ofreciendo una
plataforma única para integrar las operaciones aéreas argentinas con
las de otras naciones participantes. Esto implica la adopción de
protocolos de comunicación, procedimientos tácticos y estructuras de
comandos comunes, esenciales para misiones combinadas eficaces,
ayudando a estandarizar los procedimientos operativos y facilitando la
participación de la FUERZA AÉREA ARGENTINA en futuras operaciones
multinacionales.
Que el ejercicio “TRADEWINDS 2025” proporciona a la REPÚBLICA ARGENTINA
una plataforma global para mostrar las capacidades aéreas militares, su
compromiso con la defensa cooperativa, para mejorar su visibilidad en
el escenario internacional, su capacidad de hacer cumplir leyes y
regulaciones en su aeroespacio de Jurisdicción, aspectos cruciales para
mantener el orden y la seguridad; y no participar del mismo afectaría
significativamente al adiestramiento en operaciones combinadas con
otras Fuerzas Aéreas del continente, lo cual significa desechar una
oportunidad valiosa para el país.
Que, por su parte, el Ejercicio “ESTRELLA AUSTRAL 2025” se desarrollará
en la REPÚBLICA DE CHILE, y el área de las operaciones estará
comprendida entre las ciudades de Arica hasta Punta Arenas y desde la
Cordillera de los Andes hasta el Océano Pacífico, entre el 24 de mayo y
el 11 de junio de 2025, razón por la cual el desplazamiento del
personal y material de las Fuerzas de Operaciones Especiales previstas
para participar del mismo deberán estar autorizadas antes de dicha
fecha.
Que el adiestramiento Conjunto de Tropas afectadas a Operaciones
Especiales recae dentro de las competencias y responsabilidades del
Comando Conjunto de Fuerzas de Operaciones Especiales.
Que el Ejercicio “ESTRELLA AUSTRAL 2025” es un Ejercicio Conjunto
Combinado de Operaciones Especiales, el cual se desarrolla bienalmente
en la REPÚBLICA DE CHILE, con el apoyo del Comando Sur de Operaciones
Especiales de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, realizándose
ininterrumpidamente desde el año 2007, y contando en la edición 2025
con VEINTICUATRO (24) países invitados, lo que fomenta las relaciones
diplomáticas y militares, fundamentales para la seguridad, confianza y
la cooperación regional; señalando un compromiso con la estabilidad
regional y la seguridad internacional, mejorando la reputación de la
REPÚBLICA ARGENTINA, pudiendo además incrementar el adiestramiento
conjunto combinado e interoperabilidad entre las naciones participantes
en lo referente a las Operaciones de Fuerzas Especiales y demostrar sus
capacidades en ese sentido, sirviendo como disuasión frente a posibles
adversarios al mostrar preparación, fortaleza y su compromiso con la
defensa cooperativa, con una mejor visibilidad en el escenario
internacional.
Que el aludido Ejercicio “ESTRELLA AUSTRAL 2025” ofrece a la REPÚBLICA
ARGENTINA una plataforma significativa y única para integrar
adiestramiento Conjunto de sus Tropas afectadas a Operaciones
Especiales con las de otras naciones participantes de similares
características, adoptando protocolos de comunicación, procedimientos
tácticos y estructuras de comandos comunes, esenciales para misiones
combinadas eficaces, ayudando a estandarizar los procedimientos
operativos, fomentando el crecimiento profesional y mejorando su
efectividad operativa, teniendo la posibilidad de proyectarse y
posicionarse como líder en el ámbito regional de las Operaciones
Especiales, atento a su participación activa, pudiendo así incrementar
su influencia en los esfuerzos de seguridad regional y global, y en
decisiones políticas y estratégicas en las Américas, facilitando la
participación de las Fuerzas Armadas argentinas en futuras operaciones
multinacionales, en atención a los compromisos asumidos por el país, y
no participar del mismo afectaría significativamente al adiestramiento
de las Fuerzas de Operaciones Especiales en las futuras operaciones en
que se las requiera.
Que las habilidades obtenidas en las operaciones especiales realizadas
durante el Ejercicio “ESTRELLA AUSTRAL 2025” mejorarán la capacidad de
la REPÚBLICA ARGENTINA para velar por el cumplimiento de las leyes y
regulaciones.
Que la naturaleza excepcional de la situación planteada hace imposible
seguir los trámites ordinarios previstos en la CONSTITUCIÓN NACIONAL
para la sanción de las leyes.
Que la Ley N° 26.122 regula el trámite y los alcances de la
intervención del H. CONGRESO DE LA NACIÓN respecto de los Decretos de
Necesidad y Urgencia dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en
virtud de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Que la citada ley determina que la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE tiene
competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los
Decretos de Necesidad y Urgencia, así como elevar el dictamen al
plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de
DIEZ (10) días hábiles.
Que el artículo 22 de la Ley N° 26.122 dispone que las Cámaras se
pronuncien mediante sendas resoluciones y que el rechazo o aprobación
de los decretos deberá ser expreso conforme lo establecido en el
artículo 82 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que los servicios de asesoramiento jurídico permanentes del MINISTERIO
DE DEFENSA y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus competencias.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades emergentes del artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase la salida del territorio nacional de medios y
personal de fuerzas nacionales para la participación en el ejercicio
“TRADEWINDS 2025”, a llevarse a cabo en la Zona de Operaciones en la
REPÚBLICA DE TRINIDAD Y TOBAGO, REPÚBLICA DOMINICANA y JAMAICA, entre
los días 29 de abril y 11 de mayo de 2025, conforme se detalla en el
ANEXO I (IF-2025-44511425-APN-SAID#MD), que forma parte integrante de
la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Autorízase la salida del territorio nacional de medios y
personal de fuerzas nacionales para la participación en el Ejercicio
“ESTRELLA AUSTRAL 2025”, a llevarse a cabo en el área comprendida entre
la ciudad de Arica hasta Punta Arenas, y desde la Cordillera de los
Andes hasta el Océano Pacífico, en la REPÚBLICA DE CHILE, entre los
días 24 de mayo y 11 de junio de 2025, conforme se detalla en el ANEXO
II (IF-2025-44512282-APN-SAID#MD), que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto pertinente a cargo de las Fuerzas Armadas que
demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las
partidas presupuestarias específicas de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO
DE DEFENSA.
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su dictado.
ARTÍCULO 5°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del H. CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Guillermo Francos - Gerardo Werthein - Luis Petri - Luis Andres
Caputo - Mariano Cúneo Libarona - Mario Iván Lugones - Patricia
Bullrich - Sandra Pettovello - Federico Adolfo Sturzenegger
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/04/2025 N° 27447/25 v. 29/04/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)