INSTUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 297/2025
RESOL-2025-297-APN-INCAA#SC
Ciudad de Buenos Aires, 06/05/2025
VISTO el EX-2025-43547562- -APN-SGTYC#INCAA del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y
sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002
y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024, la Resolución INCAA N° 453 de
fecha 30 de julio de 2024 y la Disposición de la Gerencia General INCAA
N° 73 de fecha 12 de Diciembre de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tiene como
objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad
cinematográfica en el territorio nacional.
Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741
(t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la facultad del
presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de
auspiciar concursos y otorgar premios.
Que mediante Resolución INCAA N° 453/2024 aprueba los Lineamientos
Generales de Concursos y Premios, con el cual el INCAA establece las
bases para la realización de concursos destinados a promover la
cultural en todo el país, con el fin de premiar no solo la excelencia
en la producción audiovisual, sino también contribuir al crecimiento
sostenido de la industria.
Que según Disposición INCAA N° 73/2024 se registra el convenio
identificado como CONVE-2024-135668488-APN-INCAA#SC celebrado entre el
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA) y TEATRO
CERVANTES DE MÁLAGA E INICIATIVAS AUDIOVISUALES S.A. (MÁLAGA
PROCULTURA) con el propósito de promover y difundir la producción
audiovisual de la República Argentina, haciendo especial énfasis en la
identificación de talentos y en la aplicación de nuevas tecnologías en
la creación y difusión de contenidos audiovisuales, aunando esfuerzos,
voluntades, conocimientos, experiencia y recursos para la realización
de la actividad denominada “HACK” del Festival de Málaga en una versión
dedicada a participantes argentinos a través de la realización de
diferentes desafíos.
Que en el marco de dicho convenio, ha sido diseñado el concurso “INCAA
IMPULSA” con el objetivo de identificar y acompañar a jóvenes creadores
audiovisuales emergentes, mediante una instancia formativa y
competitiva compuesta por desafíos creativos y participativos.
Que resulta necesario convocar a creadores argentinos a participar en
el concurso “INCAA IMPULSA”, con el fin de impulsar el desarrollo de
sus trayectorias profesionales y fomentar el espíritu emprendedor en la
industria creativa, promoviendo la exploración de nuevas formas de
producción y generación de contenidos.
Que la SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la
GERENCIA GENERAL, y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la
intervención que les compete.
Que las atribuciones y competencias para la emisión de este acto se
encuentran previstas en la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus
modificatorias, y en los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la implementación del “CONCURSO INCAA IMPULSA 2025”.
ARTÍCULO 2º.- Llamar a CREADORES argentinos mayores de 18 años y hasta
28 años inclusive, a presentarse al concurso “INCAA IMPULSA 2025”
quienes formarán parte de la Comunidad Virtual a través del canal
digital que se establezca una vez cumplido el cierre de la Convocatoria
del Concurso y aprobar las BASES Y CONDICIONES que obran como Anexo I
según IF-2025-44381234-APN-SGP#INCAA, que a todos los efectos, forman
parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Establecer como plazo de presentación desde las 00 horas
del día 15 de mayo del 2025 hasta las 14 horas del día 15 de junio del
2025, como fechas de apertura y cierre respectivamente, para las
presentaciones del llamado a Concurso.
ARTÍCULO 4º.- Determinar que la participación en la presente
convocatoria implica el conocimiento y aceptación de todo lo
establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 5º.- Establecer que el otorgamiento del premio estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del Organismo.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Carlos Luis Pirovano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/05/2025 N° 29013/25 v. 07/05/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
BASES Y CONDICIONES
"CONCURSO INCAA IMPULSA 2025"
CAPÍTULO 1: OBJETO
ARTÍCULO 1°. El Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (en
adelante, el "INCAA"), a través de la Gerencia de Políticas Públicas,
convoca a creadores argentinos a participar en el concurso "INCAA
IMPULSA 2025". El objetivo de esta convocatoria es identificar
creadores audiovisuales emergentes que busquen desarrollar su carrera
profesional y emprender en la industria creativa, explorando nuevas
formas de generar contenido.
CAPÍTULO 2: LA CONVOCATORIA
ARTÍCULO 2°. Fijar desde
las 00 horas del día 15 de mayo de 2025 hasta las 14 horas del día 30
de junio de 2025, como fecha de apertura y cierre respectivamente, para
las presentaciones del llamado a Concurso.
(Artículo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 431/2025 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audivisuales B.O. 12/06/2025)
ARTÍCULO 3°. Las postulaciones deberán realizarse exclusivamente de
manera online, a través del sitio web del INCAA (www.incaa.gob.ar), en
la sección correspondiente a INCAA IMPULSA, donde estará disponible el
formulario de inscripción específico. No se admitirán presentaciones
por otros medios ni fuera de los plazos establecidos. Las presentes
Bases y Condiciones estarán disponibles para su consulta en dicho sitio
web.
CAPÍTULO 3: LOS POSTULANTES
ARTÍCULO 4°. Podrán postularse personas humanas mayores de 18 años y
hasta 28 años inclusive, de nacionalidad argentina que resida en el
país. En caso de ser extranjero, deberá acreditar residencia en el país
y contar con todos los permisos nacionales legales necesarios relativos
a su residencia.
ARTÍCULO 5°. Cada postulante podrá inscribirse una única vez en el presente concurso.
ARTÍCULO 6°. En caso de resultar seleccionado como ganador, el CREADOR
será el único responsable frente al INCAA. No se admitirán reemplazos
ni cesiones de la postulación.
ARTÍCULO 7°. No podrán participar quienes, habiendo resultado ganadores
en concursos anteriores organizados por el INCAA, no hubieran cumplido
con las obligaciones contractuales asumidas.
ARTÍCULO 8°. Quedan excluidos de participar en este concurso:
a) Quienes mantengan una relación laboral, contractual o de prestación de servicios con el INCAA al momento de la convocatoria.
b) Las personas que hubieran intervenido en la organización, ejecución
o desarrollo del presente concurso, cualquiera haya sido la modalidad
de su participación.
c) Creadores que figuren como deudores ante el INCAA.
ARTÍCULO 9°. Se exceptúan de las prohibiciones establecidas en el artículo anterior:
a) aquellas personas que únicamente tuvieran una relación laboral en
calidad de instructor académico en la Escuela Nacional de
Experimentación y Realización Cinematográfica (ENERC); y
b) aquellas personas que sean capacitadores, tutores o jurados de
concursos organizados por el INCAA, siempre y cuando no estén
vinculados al presente CONCURSO.
CAPÍTULO 4: EL PREMIO
ARTÍCULO 10°. Serán seleccionados VEINTE (20) creadores como
finalistas, tras superar las instancias de desafíos establecidos y ser
evaluados por el equipo de expertos del concurso.
ARTÍCULO 11°. Cada uno de los VEINTE (20) finalistas participará de
manera presencial en el 40° Festival Internacional de Cine de Mar del
Plata durante el cual se llevará a cabo el desafío final. En dicho
marco, los finalistas recibirán mentorías y tutorías grupales e
individuales a cargo de expertos nacionales e internacionales. Todos
los gastos de traslado dentro del territorio argentino, alojamiento en
Mar del Plata y alimentación durante el evento estarán cubiertos por el
INCAA.
ARTÍCULO 12°. Entre los finalistas, resultarán ganadores CUATRO (4)
creadorescuyo trabajo del desafío final sea seleccionado tras la
evaluación del Jurado. Cada uno de ellos obtendrá un pase directo (fast
track) al evento Hack Málaga 2026, organizado por MÁLAGA PROCULTURA en
el marco del Festival de Málaga 2026. El INCAA cubrirá los pasajes ida
y vuelta entre Argentina y la Ciudad de Málaga, más PESOS DOSCIENTOS
CINCUENTA MIL ($250.000.-) para gastos eventuales. A tal efecto, cada
ganador deberá proporcionar al INCAA los datos bancarios
correspondientes (CBU) para efectuar la transferencia del monto
indicado. El INCAA se comunicará con los ganadores dentro de los
treinta (30) días previos al inicio del Festival de Málaga 2026, a fin
de coordinar los aspectos logísticos y administrativos correspondientes.
CAPÍTULO 5: MODALIDAD DEL CONCURSO
ARTÍCULO 13°. Para la selección de los VEINTE (20) finalistas, los participantes deberán cumplir con los siguientes hitos:
• Completar la inscripción en la convocatoria a través del formulario en línea.
• Integrarse a la Comunidad Virtual INCAA IMPULSA a través del canal digital indicado.
• Superar dos desafíos consecutivos, cuya preselección en el primero
habilitará la participación en el segundo. Este último deberá ser
enviado a través del canal virtual dispuesto para tal fin.
• Ser seleccionado como uno de los VEINTE (20) finalistas por el equipo de expertos luego de evaluar el Segundo Desafío.
ARTÍCULO 14°. Para ser seleccionados como uno de los CUATRO (4)
ganadores del pase directo al Hack Málaga 2026, los finalistas deberán
participar del Desafío Presencial en el 40° Festival Internacional de
Cine de Mar del Plata y ser evaluados favorablemente por el jurado.
ARTÍCULO 15°. Los criterios de evaluación para la selección de los finalistas serán los siguientes:
• Capacidad narrativa y audiovisual.
• Espíritu emprendedor.
• Nivel de engagement con las audiencias.
ARTÍCULO 16°. No podrán resultar seleccionados ni recibir el premio
quienes no hubieran cumplido con alguno de los desafíos establecidos o
que no fueran seleccionados por el equipo de expertos y/o el jurado.
CAPÍTULO 6: EXPERTOS Y JURADOS
ARTÍCULO 17°. MÁLAGA PROCULTURA designará un equipo de expertos,
encargado del diseño y supervisión de los desafíos, asesoramiento a los
participantes y selección de los VEINTE (20) finalistas. Este equipo
estará conformado por profesionales destacados del ámbito
cinematográfico, audiovisual y cultural.
ARTÍCULO 18°. El equipo de expertos será responsable de llevar adelante
el proceso de evaluación, aplicando los criterios definidos y
seleccionando a los finalistas.
ARTÍCULO 19°. La selección de los VEINTE (20) finalistas será
formalizada mediante Resolución de la Presidencia del INCAA, la cual
será publicada en el sitio web oficial.
ARTÍCULO 20°. El jurado del Desafío Presencial que seleccionará a los
CUATRO (4) ganadores estará integrado por personalidades de reconocida
trayectoria en el ámbito audiovisual o cultural, designadas por MÁLAGA
PROCULTURA
Dicho jurado deberá emitir un acta con los resultados finales al
término del 40° Festival Internacional de Cine de Mar del Plata.
ARTÍCULO 21°. La selección de los CUATRO (4) ganadores será
oficializada mediante Resolución de la Presidencia del INCAA, también
publicada en su sitio web.
CAPÍTULO 7: CESIÓN DE DERECHOS DE EXHIBICIÓN
ARTÍCULO 22°. Como parte de la participación en el INCAA Impulsa, cada
uno de los ganadores autoriza al INCAA a utilizar su material
audiovisual para ser difundido a través de las redes sociales y otros
canales de comunicación oficiales del organismo. Esta cesión, de
carácter no exclusiva, permitirá al INCAA promocionar el trabajo de los
creadores y difundir sus proyectos a un público más amplio,
contribuyendo al crecimiento de la visibilidad de los proyectos dentro
de la industria audiovisual.
El INCAA se compromete a utilizar este material de manera respetuosa y
en el marco de sus objetivos institucionales, buscando promover el
talento y las creaciones emergentes dentro del ámbito cinematográfico
CAPÍTULO 8: DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 23°. En caso de controversia sobre la interpretación de
cualquier cuestión vinculada al concurso, el INCAA resolverá en primera
instancia conforme las Bases y Condiciones. Si continuara la
diferencia, la cuestión será sometida a consideración de los de los
Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal con exclusión de
cualquier otro fuero y/o jurisdicción.
ANEXO I-A
REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS CREADORES
AL CONCURSO "INCAA IMPULSA"
Los creadores deberán postularse única y exclusivamente en forma online
en la página web del INCAA, a través de la sección INCAA IMPULSA y el
formulario destinado a tales fines, desde las de las 00 horas del día
15 de mayo de 2025 hasta las 14 horas del día 15 de junio de 2025, como
fecha de apertura y cierre respectivamente, para las presentaciones del
llamado a Concurso.
En el formulario deberán completar
TODOS los campos requeridos como obligatorios y adjuntar:
1. Copia del Documento Nacional de Identidad (anverso y reverso). Los
inscriptos deberán ser mayores de 18 años y tener hasta 28 años
cumplidos hasta el momento de la inscripción, podrán ser argentinos o
extranjeros residentes en el país. En caso que alguna de las personas
sea extranjera el DNI deberá decir RESIDENCIA PERMANENTE
Una vez cumplimentada la primera inscripción al Concurso, deberán
realizar las entregas de cada uno de los desafíos a través de los
canales habilitados para ellos e indicados en las Convocatorias que
realizará el INCAA.