MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
DIRECCIÓN TÉCNICA SOBRE REGULACIÓN DEL TRABAJO
Disposición 117/2025
DI-2025-117-APN-DTRT#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 18/02/2025
VISTO el EX-2024-48544920- -APN-DGD#MT, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004),
la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, el Decreto N° 1.759
del 3 de abril de 1972 (t.o. 2017), la DI-2024-88-APN-DNRYRT#MCH, la
DI-2024-138-APN-DTRT#MCH, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Disposición DI-2024-138-APN-DTRT#MCH, se fijó el
importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del Artículo 245 de la Ley de
Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
correspondiente al acuerdo homologado por la DI-2024-88-APN-DNRYRT#MCH
y registrado bajo el Nº 1348/24, celebrado entre la FEDERACIÓN
TRABAJADORES PASTELEROS, SERVICIOS RÁPIDOS, CONFITEROS, HELADEROS,
PIZZEROS Y ALFAJOREROS (F.T.P.S.R.C.H.P.Y.A) y la ASOCIACIÓN
FABRICANTES ARTESANALES DE HELADOS Y AFINES (A.F.A.D.H.Y.A.), en el
marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 273/96.
Que en relación a ello, corresponde señalar que se han advertido un
error material involuntario en el considerando primero y en el anexo
DI-2024-131077498-APN-DTRT#MCH de la DI-2024-138-APN-DTRT#MCH.
Que en dicho considerando primero se consignó erróneamente el número de
convenio en el cual se enmarca el acuerdo Nº 1348/24, indicándose
“Convenio Colectivo de Trabajo Nº 276/96”, cuando debía indicase
“Convenio Colectivo de Trabajo Nº 273/96”.
Que, a su vez, en dicho anexo DI-2024-131077498-APN-DTRT#MCH se indicó “CCT Nº 276/96”, cuando debía indicase “CCT Nº 273/96”
Que por lo tanto corresponde enmendar dicho error material mediante el dictado de la presente.
Que la enmienda que se efectúa no altera la sustancia de la DI-2024-138-APN-DTRT#MCH conservando plena eficacia.
Que la presente se dicta conforme a lo establecido por el artículo 101
del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el
Decreto N° 1.759 del 3 de abril de 1972 (t.o. 2017).
Que mediante el Decreto DECTO-2024-862-APN-PTE, de fecha del 30 de
septiembre del 2024, la ex Dirección de Normativa Laboral, dependiente
de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, paso
a denominarse Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo,
manteniendo sus funciones.
Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo
párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y por delegación efectuada por Disposición
DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, prorrogada por sus similares
DI-2022-3730-APN-DNRYRT#MT, DI-2023-213-APN-DNRYRT#MT y
DI-2024-107-APN-DNRYRT#MT, conforme a la Resolución
RESOL-2021-301-APN-MT.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA SOBRE REGULACIÓN DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Rectificase el considerando primero de la Disposición la
DI-2024-138-APN-DTRT#MCH reemplazando en donde se dice “Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 276/96” por “Convenio Colectivo de Trabajo Nº
273/96”.
ARTÍCULO 2º.- Rectificase el anexo DI-2024-131077498-APN-DTRT#MCH de la
Disposición la DI-2024-138-APN-DTRT#MCH reemplazando en donde se dice
“CCT Nº 276/96”, por “CCT Nº 273/96”.
ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL para la intervención correspondiente. Cumplido ello,
pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a
fin de que el Departamento de Coordinación tome conocimiento de la
presente medida en relación a la DI-2024-138-APN-DTRT#MCH.
Posteriormente procédase a la guarda correspondiente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Pedro Diego Frankenthal
e. 09/05/2025 N° 28562/25 v. 09/05/2025