AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Resolución 1172/2025
RESOL-2025-1172-APN-DE#AND
Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2025
VISTO el Expediente EX-2025-29260761–APN-DNAYAE#AND, la Ley N° 13.478 y
sus normas modificatorias, los Decretos N° 432 del 15 de mayo de 1997 y
sus normas modificatorias y complementarias, N° 698 del 5 de septiembre
de 2017 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 9° de la Ley N° 13.478 y sus normas modificatorias
se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a otorgar, en las condiciones
que fije la reglamentación, una pensión no contributiva a toda persona
sin suficientes recursos propios, no amparada por un régimen de
previsión e imposibilitada para trabajar.
Que mediante el Anexo I aprobado por el artículo 1° del Decreto N°
432/1997 y sus normas modificatorias se reglamentaron los requisitos
para la tramitación, otorgamiento, liquidación, suspensión y caducidad
de las prestaciones no contributivas por invalidez laboral.
Que por el Decreto N° 698/2017 se creó la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD como organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO
DE SALUD, con competencia en el diseño, coordinación y ejecución de
políticas públicas en materia de discapacidad y en la gestión del
otorgamiento de las pensiones no contributivas por invalidez laboral.
Que la Resolución N° 187/2025 de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
aprobó el Baremo para la evaluación médica de invalidez de las
Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral.
Que, con posterioridad a su entrada en vigencia, se han identificado
diversas observaciones y oportunidades de mejora en los criterios de
evaluación contenidos en dicho Baremo, especialmente en lo referido a
la incorporación de referencias a normativas internacionales.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE APOYOS Y ASIGNACIONES ECONÓMICAS, mediante
informe identificado como IF-2025-39652014-APN-DNAYAE#AND, ha
recomendado su revisión y la elaboración de una nueva propuesta que
actualice los criterios técnicos y metodológicos para la evaluación de
la invalidez laboral.
Que, en esta primera instancia, corresponde proceder exclusivamente a
la derogación de la Resolución N° 187/2025 (RESOL-2025-187-APN-DE#AND)
de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
los Decretos N° 698/2017 y sus modificatorios, y N° 96/2023.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Derógase la Resolución N° 187/2025 (RESOL-2025-187-APN-DE#AND) de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Diego Orlando Spagnuolo
e. 13/05/2025 N° 31058/25 v. 13/05/2025