AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DIRECCIÓN REGIONAL OESTE
Disposición 41/2025
DI-2025-41-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM
Caseros, Buenos Aires, 12/05/2025
VISTO el IF-2025-01626333-AFIP-AGM014#SDGOPIM de fecha 29 de Abril de
2025, que tramita en el marco del Expediente Electrónico
EX-2025-01583544--AFIP-AGM014#SDGOPIM, y el
IF-2025-01741665-AFIP-AGM054#SDGOPIM de fecha 7 de Mayo de 2025, que
tramita en el marco del Expediente Electrónico EX-2025-01690167-
-AFIP-OFLAAGM054#SDGOPIM, remitidos por las jefaturas de las Agencias
N° 14 y N° 54 de ésta Dirección Regional Oeste - ARCA - DGI
respectivamente, y
CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se propone modificar por razones operativas
y funcionales, el Régimen de Reemplazos para casos de ausencia o
impedimento de las Jefaturas de las Agencias N° 14 y N° 54,
dependientes de ésta Dirección Regional Oeste - ARCA - DGI, que fuera
establecido mediante las Disposiciones DI-2024-15-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM
del 13 de Marzo de 2024 y DI-2025-4-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM del 8 de
Enero de 2025, respectivamente.
Que de acuerdo con las facultades delegadas por la Disposición
DI-2018-7-E-AFIP-AFIP del 5 de enero de 2018 y a las atribuciones
asignadas mediante la Disposición DI-2024-112-E-AFIP-AFIP del 12 de
agosto de 2024, procede a disponer en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL OESTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar el Régimen de Reemplazos, para casos de
ausencia o impedimento de las Jefaturas de la Agencias N° 14 y N° 54,
dependientes de la Dirección Regional Oeste – ARCA- DGI, el que quedará
establecido de la siguiente forma:
UNIDAD DE ESTRUCTURA | REEMPLAZANTE (En el orden que se indica) |
AGENCIA N° 14 (DI ROES) | 1° REEMPLAZANTE: SECCIÓN SERVICIOS (AG M014)* |
2° REEMPLAZANTE: SECCIÓN RECAUDACIÓN (AG M014)* |
AGENCIA N° 54 (DI ROES) | 1° REEMPLAZANTE: SECCIÓN SERVICIOS (AG M054)* |
2° REEMPLAZANTE: SECCIÓN RECAUDACIÓN (AG M054)* |
3° REEMPLAZANTE: OFICINA JURIDICA (AG M054)* |
*Corresponde al ejercicio de Juez Administrativo.
ARTÍCULO 2º.- Déjense sin efecto las Disposiciones
DI-2024-15-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM del 13 de Marzo de 2024 y
DI-2025-4-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM del 8 de Enero de 2025.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional de Registro
Oficial para su publicación, notifíquese y regístrese. Cumplido,
archívese.
Ricardo Salomon Satalovsky
e. 14/05/2025 N° 31368/25 v. 14/05/2025