MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
Resolución 216/2025
RESOL-2025-216-APN-MCH
Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-08053179- -APN-SICYT#JGM, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorios, la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2023, prorrogada por los
Decretos Nros. 88 de fecha 26 de diciembre de 2023 y 1131 de fecha 27
diciembre 2024, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el
Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, los Decretos Nros. 50 de fecha 19 de diciembre de 2019
y sus modificatorios, 8 de fecha 10 de diciembre de 2023, 862 de fecha
27 de septiembre de 2024 y 958 de fecha 25 de octubre de 2024, la
Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 15 de enero de 2025, la
Resolución Nº 20 de fecha 15 de noviembre de 2024 de la SECRETARÍA DE
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE
DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto N° 8/23 se sustituyó el Artículo 1º de la Ley
de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorios, y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que por el Decreto N° 862/24 se aprobó la estructura organizativa de
primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el citado Decreto N° 862/24, se homólogo la DIRECCIÓN NACIONAL
DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO, Función ejecutiva Nivel I, entonces
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANEAMIENTO E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA, Función
Ejecutiva Nivel I, dependiente de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el Decreto Nº 958/24 se establece que corresponde al JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los
Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, disponer
y/o prorrogar asignaciones transitorias de funciones para los casos de
las estructuras organizativas que dependan de cada una de ellos,
incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que
funcionen en su órbita.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a
las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 del
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023, prorrogada por los Decretos Nros. 88/23 y 1131/24, y distribuido
por la Decisión Administrativa Nº 3/25.
Que la presente medida se tramita de acuerdo a los lineamientos
establecidos por la Resolución Nº 20/24 de la SECRETARÍA DE
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE
DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
Que la DIRECCIÓN DE INTERPRETACIÓN Y ASISTENCIA NORMATIVA, la OFICINA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO
Y FUNCIÓN PÚBLICA, dependientes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, han tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE EDUCACIÓN y la DIRECCIÓN DE
ASUNTOS JURÍDICOS DE EDUCACIÓN, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA
DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE EDUCACIÓN de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, han intervenido según sus
competencias.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
han intervenido conforme sus competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 2º del Decreto Nº 958/24.
Por ello,
LA MINISTRA DE CAPITAL HUMANO
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Dase por designada con carácter transitorio, a partir del
3 de febrero de 2025 y por el termino de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, a la Licenciada Magdalena CARDONER (D.N.I. N°33.241.613) en el
cargo de Directora Nacional de Planeamiento Educativo dependiente de la
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, a la
Licenciada Magdalena CARDONER (D.N.I. N°33.241.613) en Nivel A, Función
Ejecutiva I, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con carácter de
excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho
Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente
medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos ll, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la notificación de la respectiva designación
transitoria.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la
JURISDICCIÓN 88 - MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, SUBJURISDICCIÓN 04 -
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 4°- Notifíquese a la Licenciada Magdalena CARDONER (D.N.I. N°33.241.613).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese dentro del plazo de CINCO (5) días de su
publicación a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, a la
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL y a la
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, todas ellas
dependientes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL
ESTADO.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sandra Pettovello
e. 15/05/2025 N° 31749/25 v. 15/05/2025