Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-43928022- -APN-GDYE#ENARGAS; la Ley N°
24.076 y su Decreto Reglamentario N.° 1738/92; las Reglas Básicas de la
Licencia de Distribución; la Resolución N.°
RESOL-2025-262-APN-DIRECTORIO#ENARGAS; y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la Resolución N°
RESOL-2025-262-APNDIRECTORIO#ENARGAS se estableció en el Artículo 1°:
“Aprobar la Revisión Quinquenal de Tarifas correspondiente a CAMUZZI
GAS PAMPEANA S.A. en los términos del Anexo N.°
IF-2025-45099409-APN-GDYE#ENARGAS que forma parte de la presente
Resolución”.
Que, en ese orden, en dicha Resolución, se aprobó el Plan de
inversiones para el quinquenio 2025-2030 contenidos en el Anexo N°
IF-2025-44993261-APN-GD#ENARGAS (avance físico) y Anexo N°
IF-2025-44816040-APN-GD#ENARGAS (erogaciones), correspondientes a
Licenciataria (Artículo 3°).
Que con posterioridad, y mediante Resolución N°
RESOL-2025-287-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, se dejó sin efecto el Anexo N°
IF-2025-44816040-APN-GD#ENARGAS, correspondiente a los montos de las
erogaciones de la Resolución N° RESOL-2025-262-APN-DIRECTORIO#ENARGAS,
sustituyendo al mismo por el Anexo N° IF-2025-48084144-APN-GD#ENARGAS
de la Resolución mencionada inicialmente.
Que, así las cosas, en virtud de la modificación introducida, y tomando
en cuenta que el Plan de Inversiones debe ser considerado el cálculo
del Requerimiento de Ingresos y el cálculo de las tarifas máximas a
aplicar durante el quinquenio, corresponde adecuar el requerimiento de
ingresos de acuerdo al nuevo plan de inversiones. Como resultado de
dichas adecuaciones, se ha obtenido una nueva estimación del monto del
Requerimiento de Ingresos de la Licenciataria para el quinquenio, que
resulta necesario para una prestación adecuada del servicio, el
cumplimiento del plan de inversiones propuesto y una remuneración justa
y razonable al capital invertido.
Que para recuperar el requerimiento de ingresos el modelo tarifario
define un “Factor de Reposicionamiento”, indicando el porcentaje que
deben aumentar el ingreso de acuerdo a las tarifas actuales para
obtener los ingresos requeridos durante el quinquenio, alcanzando para
esta Licenciataria un valor de 23,56%.
Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo tomó la intervención que por derecho corresponde.
Que el presente acto se dicta en virtud de lo normado por los artículos
38, 39, 41, 42 y 52 inciso f) de la Ley N.° 24.076 y su Reglamentación,
lo dispuesto por los Decretos DNU N° 55/2023 y N° 1023/2024, la
Resolución N° RSOLU-2023-5-APN-SE#MEC; y el Artículo 101 del Reglamento
de Procedimientos Administrativos - Decreto 1759/72 (T.O. 2017).
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Aprobar la Síntesis del resultado de la Revisión
Quinquenal Tarifaria de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A., y sustituir el Anexo
N° IF-2025-45099409-APN-GDYE#ENARGAS de la Resolución N°
RESOL-2025-262-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, por el que se aprueba en este
acto, Anexo Nº IF-2025-52745392-APN-GDYE#ENARGAS, que forma parte de la
presente.
ARTÍCULO 2º: Notificar a CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. de conformidad a lo
dispuesto por el artículo 41 del Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017),
ARTÍCULO 3°: Registrar; comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar.
Carlos Alberto María Casares
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/05/2025 N° 33924/25 v. 22/05/2025