MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
Resolución 237/2025
RESOL-2025-237-APN-MCH
Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-35198880- -APN-DGD#CNCPS, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorios, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional
Nº 25.164, aprobada por el Decreto Reglamentario Nº 1421 de fecha 8 de
agosto de 2002 y sus modificatorios, la Ley Nº 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023,
prorrogada por los Decretos Nros. 88 de fecha 26 de diciembre de 2023 y
1131 de fecha 27 diciembre 2024, el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de
febrero de 2002 y sus modificatorios, 50 de fecha 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, 598 de fecha 16 de julio de 2020, 299 de
fecha 7 de mayo de 2021 y su modificatorio, Nº 808 de fecha 1º de
diciembre de 2022, 8 de fecha 10 de diciembre de 2023, 86 del 26 de
diciembre de 2023, 862 de fecha 27 de septiembre de 2024 y 958 del 25
de octubre de 2024, la Resolución Nº 20 de fecha 15 de noviembre de
2024 de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto N° 8/23 se sustituyó el artículo 1° de la Ley
de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificatorios y se incorporó, entre otros, el MINISTERIO DE CAPITAL
HUMANO.
Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, y sus
modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
correspondiente al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por Decreto N° 357/02 y sus modificatorios, se creó el CONSEJO
NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES en el ámbito del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, con el objeto de constituir un ámbito de
planificación y coordinación de la política social nacional para
mejorar la gestión de gobierno, mediante la formulación de políticas y
la definición de cursos de acción coordinados e integrales, optimizando
la asignación de los recursos.
Que por el Decreto N° 598/20, se aprobaron los objetivos y la
conformación organizativa del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE
POLÍTICAS SOCIALES.
Que por el Decreto Nº 299/21 y su modificatorio, se aprobó la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado
Consejo Nacional.
Que por el Decreto N° 1131/24 se dispuso que a partir del 1° de enero
de 2025 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por
el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, en
los términos del Decreto N° 88/23.
Que por el Decreto N° 958/24 se establece que corresponde al JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los
Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, disponer
y/o prorrogar asignaciones transitorias de funciones para los casos de
las estructuras organizativas que dependan de cada una de ellos,
incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que
funcionen en su órbita.
Que el cargo de Director Nacional del Registro Nacional Único de
Titulares de Servicios Públicos Esenciales dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN del
CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES, organismo
desconcentrado del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, se encuentra vacante.
Que el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES organismo
desconcentrado del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, considera necesario
proceder a la cobertura del mismo.
Que la asignación de funciones del Señor Sergio Fabián BERHO se realiza
con autorización excepcional conforme lo establecido en el artículo 112
del Convenio Colectivo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus
modificatorios y complementarios.
Que atento a la particular naturaleza de las tareas asignadas a la
mencionada Unidad Organizativa y con el objeto de asegurar el normal
desenvolvimiento de la Jurisdicción, resulta necesario proceder a la
asignación de funciones con carácter transitorio en el mencionado
cargo, en los términos del Título X del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios, y del Artículo 15 inciso a), del Anexo I del Decreto
No 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo
Público Nacional Nº 25.164.
Que el artículo 108 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, establece
que la subrogancia recaerá en el personal que reviste en calidad de
permanente y goce de estabilidad, por alguna de las causas que allí
establece.
Que el agente en cuestión posee la idoneidad y el mérito suficiente para desempeñar dicha función de dirección.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la presente medida se tramita de acuerdo a los lineamientos
establecidos por la Resolución N° 20/24 de la SECRETARÍA DE
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA.
Que la DIRECCIÓN DE INTERPRETACIÓN Y ASISTENCIA NORMATIVA, la OFICINA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO
Y FUNCIÓN PÚBLICA, dependientes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, han tomado la intervención de su competencia.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
han intervenido conforme sus competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 2° del Decreto N° 958/24.
Por ello,
LA MINISTRA DE CAPITAL HUMANO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dase por asignada transitoriamente, a partir del 2 de
abril de 2025 y por el plazo establecido en el artículo 21 del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N°2098/08,
sus modificatorios y complementarios, la función de Director Nacional
del Registro Nacional Único de Titulares de Servicios Públicos
Esenciales dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA Y
ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE
POLÍTICAS SOCIALES, organismo desconcentrado del MINISTERIO DE CAPITAL
HUMANO, Nivel Escalafonario A Función Ejecutiva I, al agente
perteneciente a la Planta Permanente de la SECRETARÍA DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Señor Sergio Fabián BERHO (D.N.I. N°
16.492.207), Nivel B - Grado 8, Agrupamiento General, Tramo General del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el mencionado Decreto.
La presente asignación de funciones se realiza con autorización
excepcional conforme lo establecido en el artículo 112 del Convenio
Colectivo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios.
ARTÍCULO 2°.- La medida se extenderá hasta tanto se instrumente su
cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de
selección, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo
dispuesto por los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios.
El agente mencionado percibirá, mientras dure en el ejercicio de las
funciones señaladas, la Asignación Básica del nivel superior con los
Adicionales por Grado y Tramo correspondientes a su situación de
revista, con más el Suplemento por Función Ejecutiva I, conforme lo
dispuesto en el artículo 109 del Convenio Colectivo citado.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 88.1.0– CONSEJO NACIONAL DE
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese al Señor Sergio Fabián BERHO (D.N.I. N° 16.492.207).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese dentro del plazo de CINCO (5) días de su
publicación a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL y a la
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL ambas
dependientes de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN
PÚBLICA.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sandra Pettovello
e. 22/05/2025 N° 33985/25 v. 22/05/2025