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ANEXO II
“PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE ACCESOS Y ACREDITACIÓN”
I. MODALIDADES DE ACREDITACIÓN
A. Acreditación ANUAL.
Se entiende por acreditación anual la otorgada a medios de
comunicación, sean estos encuadrados dentro de la categoría
convencional como no convencional, para la cobertura permanente de las
actividades oficiales en la Casa de Gobierno.
La acreditación anual tendrá vigencia hasta el 31 de marzo de cada año,
pudiendo ser solicitada hasta QUINCE (15) días hábiles anteriores a la
fecha indicada. Aquellos acreditados que soliciten la renovación podrán
continuar utilizando la acreditación otorgada hasta tanto se resuelva
la solicitud.
Vencido el plazo establecido para la recepción de solicitudes, la
Autoridad de Aplicación podrá considerar aquellas presentadas fuera de
término, en función del cupo disponible y la capacidad operativa.
Si la solicitud presenta defectos formales o documentales, la Autoridad
de Aplicación podrá solicitar su subsanación en un plazo de CINCO (5)
días hábiles, bajo apercibimiento de denegar la acreditación.
Sin perjuicio de los demás requisitos que deben cumplimentarse al
momento de solicitar la acreditación, el medio deberá declarar su
índice de medición de audiencia y alcance obtenido durante los NOVENTA
(90) días corridos inmediatos anteriores a la solicitud, como también
el alcance geográfico de cobertura.
La declaración de medición de audiencia y alcance del medio de
comunicación deberá estar respaldada por métricas verificables mediante
herramientas reconocidas en la industria —como Google Analytics, IBOPE,
u otras que resulten pertinentes según el tipo de medio, convencional o
no convencional—, pudiendo la Autoridad de Aplicación verificar su
exactitud.
Una vez concluido el plazo de recepción de solicitudes, la Autoridad de
Aplicación procederá a su evaluación, pudiendo considerar para el
otorgamiento de las acreditaciones, entre otros criterios objetivos, la
modalidad de acreditación solicitada (anual o eventual), el alcance
territorial del medio -debidamente acreditado-, la audiencia
debidamente documentada, los antecedentes de especialización del medio
o de los profesionales autorizados en la temática institucional, así
como la disponibilidad operativa de espacios y demás documentación
presentada.
A partir de la fecha de otorgamiento de la acreditación, y una vez
transcurridos CIENTO OCHENTA (180) días corridos, los medios deberán
declarar nuevamente su índice de medición de audiencia y alcance,
conforme a los términos establecidos al momento de solicitar la
acreditación. En caso de no presentar esta información, o si el nuevo
índice declarado refleja que el medio ha dejado de tener alcance
masivo, la acreditación podrá ser suspendida temporalmente hasta tanto
se regularice la situación o se acredite nuevamente el cumplimiento de
los requisitos exigidos.
Sin perjuicio de que la acreditación tenga carácter anual, quedará sin
efecto si no se registra ingreso a Casa de Gobierno durante un período
consecutivo de VEINTE (20) días hábiles, salvo causa debidamente
justificada ante la Autoridad de Aplicación dentro de los cinco (5)
días hábiles posteriores.
B. Acreditación EVENTUAL.
Se entiende por acreditación EVENTUAL a la destinada a la cobertura de actividades puntuales o de corta duración.
La solicitud de acreditación eventual deberá realizarse de manera
específica con al menos CUARENTA Y OCHO (48) horas hábiles de
anticipación de la actividad a cubrir y tendrá vigencia durante el
transcurso de las actividades solicitadas o bien por un período no
mayor a los CINCO (5) días hábiles.
La Autoridad de Aplicación aprobará las acreditaciones eventuales
teniendo en consideración la magnitud de las actividades a realizarse y
el espacio físico disponible, pudiendo ser rechazada con la debida
fundamentación.
La comunicación de aprobación de la solicitud se hará vía correo
electrónico y dependerá del tiempo disponible para efectuar la misma
así como de la envergadura de la actividad/es. En el supuesto en que la
proximidad de la/s actividad/es no lo permitiere/n, se podrá autorizar
el ingreso en instancia previa al inicio de la/s misma/s.
La Autoridad de Aplicación podrá otorgar una habilitación excepcional o
pase diario para el ingreso en un día específico o evento puntual
sujeto a disponibilidad.
Podrán solicitar acreditación eventual profesionales de la comunicación
sin vínculo con un medio, en tanto acrediten producción regular y
verificable en temas institucionales o vinculados a la labor de
comunicación pública. Deberán presentar un portfolio de publicaciones,
canal o medio digital activo, y cumplir con los requisitos documentales
aplicables a su situación conforme el procedimiento aplicable.
II. PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE ACREDITACIÓN ANUAL Y EVENTUAL.
A. Solicitud de acreditación
La acreditación deberá ser solicitada formalmente por el medio de
comunicación tanto convencional como no convencional, siendo este el
responsable de gestionar el trámite ante la autoridad competente.
La solicitud se considerará presentada en carácter de “Aspirante” y
solo se entenderá otorgada una vez que sea notificada por la Autoridad
de Aplicación. El mero envío de la solicitud de acreditación en ningún
caso significa la aprobación automática.
Las solicitudes de acreditación anual se resolverán en un plazo de
QUINCE (15) días hábiles, y las acreditaciones eventuales dentro de un
plazo de CUARENTA Y OCHO (48) horas hábiles posteriores a la solicitud
sin perjuicio de las salvedades señaladas.
La evaluación de las solicitudes será realizada por la Autoridad de
Aplicación conforme a criterios técnicos y objetivos establecidos en el
presente régimen. A tal efecto, se ponderarán aspectos tales como la
modalidad de acreditación solicitada, el alcance territorial del medio,
la audiencia acreditada mediante métricas verificables, la pertinencia
temática y la trayectoria profesional documentada del solicitante.
B. Cantidad de profesionales por medio de comunicación.
Cada medio de comunicación podrá solicitar la autorización para un
máximo de DOS (2) profesionales de la comunicación y/o representante
titular, a razón de uno para el turno mañana y uno para el turno tarde
y UN (1) profesional de la comunicación y/o representante suplente en
reemplazo en caso de enfermedad o ausencia. No será admitida la
concurrencia simultánea de los referidos profesionales en Casa de
Gobierno.
C. Carácter intransferible. Prohibición de uso para otro destino.
Las autorizaciones otorgadas a los profesionales de la comunicación y/o
representantes tienen carácter personal e intransferible.
Aquellos profesionales de la comunicación y/o representantes que
revistan a su vez el rol de fotógrafos y/o camarógrafos, no podrán
hacer uso de la autorización otorgada en eventos y/o actividades en las
cuales no se encuentre permitido llevar a cabo ese tipo de cobertura.
D. Requisitos documentales.
El medio de comunicación que desee acreditar profesionales de la
comunicación y/o representantes en cualquiera de las modalidades
indicadas, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Envío de solicitud. Enviar un correo electrónico a:
acreditacionperiodistas@presidencia.gob.ar o la que en el futuro se
establezca, con asunto “SOLICITUD DE ACREDITACIÓN ANUAL/EVENTUAL” según
corresponda.
2. Documentación a adjuntar. El medio deberá presentar la siguiente
documentación en formato PDF o JPG o el que en el futuro se establezca
a saber:
a. Carta firmada por el/la jefe periodístico/a o editor/a o responsable
del medio con: Datos del medio de comunicación: Razón Social y nombre
fantasía o marca comercial, Nombre completo del Jefe Periodístico o
Editor Responsable, tipo de medio; dirección, teléfono y correo
electrónico de contacto y servicio informativo que brinda.
b. Datos personales de los profesionales de la comunicación y/o
representantes del medio: Nombre completo, Documento de Identidad,
lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, teléfono celular, correo
electrónico; tarea o función, y Curriculum Vitae.
c. Constancia que acredite la existencia y vigencia de la vinculación,
relación de dependencia u otra, entre el medio de comunicación
solicitante y los Profesionales de la comunicación y/o representantes
del medio en cuestión.
d. En caso de contar con título profesional habilitante como
profesional del periodismo o afines, copia del título profesional
universitario y/o terciario debidamente homologado por autoridad
competente.
e. Foto 4x4 en formato digital “.PDF” o “.JPG”.
3. Declaración jurada suscripta por el/la Jefe Periodístico/a o
Editor/a o responsable del medio manifestando el carácter nacional o
internacional del medio, y la correspondiente documental que acredite
el índice de medición de audiencia y alcance obtenido como así también
su alcance geográfico
4. Declaración jurada en la que los profesionales y/o representantes de
los medios acreditados se comprometen a respetar las reglas de
convivencia establecidas dentro de la Casa de Gobierno (ANEXO II).
5. Acredite su trayectoria en materia de cobertura de gestión gubernamental, política y/o temas vinculados.
En el caso de solicitudes bajo la modalidad eventual profesionales de
la comunicación sin vínculo con un medio, quedará exceptuada la
presentación de la carta del medio y constancia de vínculo laboral,
debiendo acompañarse en su lugar: Portfolio de publicaciones recientes
y verificables, referencias editoriales (si existieran) y/o enlace a
canal, medio digital o plataforma activa de difusión
Una vez concluida la recepción de las solicitudes, se notificará vía
correo electrónico la aprobación, ello sin perjuicio de las previsiones
establecidas para cada modalidad de acreditación solicitada.
En caso que el medio de comunicación deba realizar un reemplazo del
profesional de la comunicación o representante acreditado, deberá
efectuar la solicitud siguiendo los lineamientos y generalidades bajo
los mismos requisitos enumerados precedentemente debiendo contar con la
expresa aprobación del reemplazo previo al desempeño de sus funciones
dentro de la Casa de Gobierno.
La Autoridad de Aplicación se reserva el derecho de admisión de los
profesionales de la comunicación y/o representantes postulados conforme
los antecedentes que se presenten en la solicitud de acreditación.*
E. MATRIZ DE EVALUACIÓN OBJETIVA
La Autoridad de Aplicación evaluará las solicitudes de acreditación conforme los siguientes criterios técnicos y objetivos:
TOTAL: 70 puntos — Umbral mínimo de admisibilidad: 35 puntos Cuestiones a tener en cuenta:
• Todos los criterios deben sustentarse con evidencia verificable y fechada.
• La falta de documentación o presentación fuera de plazo puede invalidar la postulación.
• En caso de puntajes bajos, se podrá presentar una solicitud de
revisión con documentación complementaria ante la Autoridad de
Aplicación para su consideración.
La Autoridad de Aplicación podrá revisar los criterios de evaluación
establecidos en la presente matriz, a fin de mantener su adecuación
técnica y actualidad.
ANEXO III
MODELO DE DECLARACIÓN JURADA
Por el Medio Solicitante:
[Lugar y Fecha]
A efectos de solicitar la acreditación para el ingreso a la Casa de Gobierno, el/la suscripto/a declara bajo juramento que:
1. Los datos personales y profesionales consignados en la solicitud son verídicos y actualizados.
2. El medio de comunicación al que represento, en caso de corresponder,
posee funcionamiento operativo y cobertura activa al momento de la
solicitud.
3. Las métricas y datos de alcance y audiencia han sido elaborados con base en fuentes verificables.
4. Me comprometo a respetar las normas de convivencia, condiciones de permanencia y disposiciones de acceso vigentes.
5. Acepto que el uso indebido o desactualizado de la credencial por
parte del profesional autorizado podrá implicar su suspensión o
revocación por la Autoridad de Aplicación.
6. Tomo conocimiento de que cualquier falsedad, omisión o
incumplimiento en los datos declarados podrá dar lugar a la revocación
de la acreditación, previa notificación y posibilidad de descargo en
los términos establecidos.
Firma
1. Por el medio solicitante (si corresponde):
Firma: ______________
Nombre y Apellido: _____________
Cargo y Medio: ______________
Fecha: __________________
Por el Profesional Autorizado:
[Lugar y Fecha]
A efectos de la acreditación para el ingreso a la Casa de Gobierno, el/la suscripto/a declara bajo juramento que:
1. Los datos personales y profesionales consignados en la solicitud son verídicos y actualizados.
2. Me comprometo a respetar las normas de convivencia, condiciones de permanencia y disposiciones de acceso vigentes.
3. Acepto que el uso indebido o desactualizado de la credencial podrá
implicar su suspensión o revocación por la Autoridad de Aplicación.
4. Tomo conocimiento de que cualquier falsedad, omisión o
incumplimiento en los datos declarados podrá dar lugar a la revocación
de la acreditación, previa notificación y posibilidad de descargo en
los términos establecidos.
Por el/los profesional a acreditar:
Firma:__________
Nombre y Apellido:__________
DNI / Documento:__________
Fecha: ____________