AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN
Resolución 22/2025
RESOL-2025-22-APN-ANPYN#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2025
Visto el expediente EX-2025-47077727- -APN-ANPYN#MEC y los Decretos 50
del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios 3 del 3 de enero de
2025, y 42 del 28 de enero de 2025, las Resoluciones 4 del 11 de
febrero de 2025 y 13 del 14 de marzo de 2025 de la Agencia Nacional de
Puertos y Navegación, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 3 del 3 de enero de
2025 se creó la AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN, se
establecieron sus funciones y se dispuso que será la continuadora
jurídica y mantendrá las responsabilidades, competencias y funciones
asignadas a la ex SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES de la
SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMÍA y de la
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL.
Que mediante el Decreto 42 del 28 de enero del 2025 se aprobó la
estructura de primer nivel organizativo del ente autárquico AGENCIA
NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN, de conformidad con el Organigrama y
las Responsabilidades Primarias y Acciones aprobados como ANEXO I y II
(IF-2025-07700098-APNANPYN# MEC - IF-2025-07699822-APN-ANPYN#MEC), que
integran dicha medida.
Que por el anexo I del DNU 3/25 se previó en el artículo 2, inc. d) que
el Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación
tiene el deber y atribución de “Aprobar el reglamento interno de
funcionamiento y la estructura organizativa de nivel inferior al primer
nivel operativo.”
Que, asimismo, con el fin de que se torne operativa la AGENCIA NACIONAL
DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN, ente autárquico actuante en la órbita del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, resulta necesario aprobar su estructura
organizativa.
Que, en este sentido, por Resolución 4 del 11 de febrero de 2025 de la
AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN, se aprobó la estructura
organizativa correspondiente al segundo nivel operativo de la
mencionada agencia.
Que, en este sentido, y con el objetivo de optimizar la organización
estructural de la AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN, resulta
necesario crear en el ámbito del cuarto nivel operativo la Coordinación
de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo.
Que, la Gerencia de Administración y Finanzas dependiente de la
Gerencia de Coordinación Legal y Administrativa ha tomado intervención
de su competencia.
Que se cuenta con el crédito necesario a fin atender el gasto resultante de la presente medida.
Que el servicio jurídico correspondiente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto 3 del 3 de enero de 2025.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase en el ámbito de la Dirección Ejecutiva de la
Agencia Nacional de Puertos y Navegación, la creación de la
Coordinación de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, como unidad del
cuarto nivel operativo, de conformidad con el Organigrama y las
Responsabilidades Primarias y Acciones que como ANEXOS I
(IF-2025-47720014-APN-ANPYN#MEC) y II (IF-2025-47720756-APN-ANPYN#MEC)
forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Hasta tanto no se realicen las adecuaciones
presupuestarias pertinentes, la presente medida no genera erogación
presupuestaria alguna.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Iñaki Miguel Arreseygor
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/05/2025 N° 36160/25 v. 29/05/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)