JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR
Resolución 231/2025
RESOL-2025-231-APN-VGI#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-54791626- -APN-RENAPER#JGM de la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo
descentralizado actuante en la órbita de la VICEJEFATURA DE GABINETE
DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 17.671
y sus modificaciones, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por el
Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, los Decretos Nros. 1501 de
fecha 20 de octubre de 2009, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, las Resoluciones Nros. 1074 de fecha 28 de diciembre de
2012 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y 93 de fecha 26
de febrero de 2025 de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR y la
Disposición Nº 373 de fecha 22 de mayo de 2025 de la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el inciso f) del artículo 5°
de la Ley N° 17.671 y sus modificatorias, el Director Nacional de la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo
descentralizado actuante en la órbita de esta VICEJEFATURA DE GABINETE
DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, tiene entre sus
atribuciones proponer las tasas para el cobro de los servicios que
preste dicho organismo.
Que, asimismo, el artículo 29 de la ley referida en el considerando
precedente, establece que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL
DE LAS PERSONAS percibirá por la expedición de documentos,
certificados, testimonios, reproducciones, etcétera, las tasas que
correspondan, proponiendo para su resolución, la actualización de las
mismas, así como la inclusión o eliminación de conceptos.
Que, a su vez, por el Decreto Nº 1501/09 se autorizó a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a utilizar tecnologías
digitales en la identificación de los ciudadanos nacionales y
extranjeros, como así también en la emisión del Documento Nacional de
Identidad.
Que por Resolución N° 1074/12 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE se aprobó el CUADRO TARIFARIO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, aplicable a trámites realizados en
Jurisdicción Argentina fuera del territorio nacional por intermedio de
las representaciones consulares dependientes del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que por la Resolución Nº 93/25 de esta VICEJEFATURA DE GABINETE DEL
INTERIOR se aprobó el CUADRO TARIFARIO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS para trámites realizados dentro del
territorio Nacional.
Que por la Disposición Nº 373/25 de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
NACIONAL DE LAS PERSONAS, se habilitó el trámite de “Autorización de
viaje al exterior para menores de DIECIOCHO (18) años que egresen del
país con pasaporte ordinario para argentinos”.
Que a los fines de sostener la eficiente prestación de todos los
servicios brindados por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE
LAS PERSONAS, corresponde fijar la tasa a percibir por este nuevo
servicio.
Que en tal sentido y a los efectos de incorporar la tasa establecida a
los respectivos tarifarios, se considera necesario sustituir los
CUADROS TARIFARIOS DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE
LAS PERSONAS, que fueran aprobados y forman parte integrante de las
Resoluciones Nros. 1074/12 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE y 93/25 de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.
Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por el Decreto N° 438/92) y
sus modificaciones establece entre las competencias de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS la de entender en la organización, conducción y
control de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.
Que los servicios jurídicos permanentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por los artículos 5°, inciso f) y 29 de la Ley N° 17.671 y
sus modificatorias, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por el
Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y el Decreto N° 50 de fecha 19
de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
EL VICEJEFE DE GABINETE DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la tasa correspondiente al trámite de
“Autorización de viaje al exterior para menores de DIECIOCHO (18) años
que egresen del país con pasaporte ordinario para argentinos”, otorgado
por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS,
organismo descentralizado actuante en la órbita de esta VICEJEFATURA DE
GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el Anexo N° IF-2025-16154210-APN-RENAPER#JGM
del artículo 2º de la Resolución Nº 93 del 26 de febrero de 2025 de
esta VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR, por el Anexo Nº
IF-2025-55162357-APN-RENAPER#JGM, que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Sustitúyase el Anexo I del artículo 1º de la Resolución
Nº 1074 de fecha 28 de diciembre de 2012 del entonces MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE, por el Anexo Nº
IF-2025-55160636-APN-RENAPER#JGM, que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del 2 de junio de 2025.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Lisandro Catalán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/06/2025 N° 37281/25 v. 02/06/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)