MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 727/2025
RESOL-2025-727-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 29/05/2025
Visto el expediente EX-2025-29305792- -APN-DGDAGYP#MEC, la Ley de
Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, la ley 22.415 (Código
Aduanero) y sus modificaciones, el decreto 70 del 20 de diciembre de
2023, la resolución 537 del 29 de abril de 1992 del entonces Ministerio
de Economía y Obras y Servicios Públicos y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la resolución 537 del 29 de abril de 1992 del entonces
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y sus
modificatorias, se establecieron derechos de exportación para algunas
posiciones arancelarias de cueros y se implementa una fórmula para el
cálculo de la base imponible por pieza de cuero para la aplicación de
dichos derechos.
Que mediante el decreto 70 del 20 de diciembre de 2023 se eliminaron
las facultades del Poder Ejecutivo Nacional de imponer prohibiciones de
importación y exportación económicas, con el objeto de brindar certeza
jurídica a quienes inviertan en el país.
Que por el artículo 3º del citado decreto 70/2023 se establece que las
autoridades argentinas, en el ámbito de sus competencias, promoverán
una mayor inserción de la República Argentina en el comercio mundial.
Que, en ese marco, mediante el decreto 38 del 25 de enero de 2025 se
fijó en cero por ciento (0 %) la alícuota del Derecho de Exportación
(D.E.) a las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del
Mercosur (N.C.M.) correspondientes a los cueros bovinos.
Que resulta necesario fortalecer este impulso exportador potenciado por
las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional en materia de
simplificación, desburocratización, reducción de trámites, facilitación
del comercio, eliminación de impuestos distorsivos, apertura de nuevos
mercados y un mayor posicionamiento internacional.
Que, en ese sentido, la mencionada resolución 537/1992 del entonces
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y sus
modificatorias resulta contraria a los objetivos planteados por el
Gobierno Nacional y abstracta en su implementación dada la eliminación
de los derechos de exportación para los cueros bovinos.
Que las exportaciones de cueros bovinos implican aproximadamente la
suma de cuatrocientos millones de dólares estadounidenses (USD
400.000.000) anuales cuyo objetivo es incrementar sus ventas y
posicionarlos en el mercado internacional.
Que, por lo expuesto, es necesario derogar la resolución 537/1992 del
entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y sus
modificatorias, y así establecer condiciones igualitarias para la
producción y exportación de los cueros respecto del resto de los
productos agroindustriales, procurando mejoras de la competitividad y
fomentando un mayor proceso de internacionalización de los productos
agroindustriales, con el objetivo de eliminar las restricciones al
comercio y desregular aquellas actividades productivas que aún
permanecen con limitaciones para su expansión y desarrollo.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Derógase la resolución 537 del 29 de abril de 1992 del
entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y sus
modificatorias.
ARTÍCULO 2º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
e. 02/06/2025 N° 36971/25 v. 02/06/2025