MINISTERIO DE SALUD
Resolución 1876/2025
RESOL-2025-1876-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 04/06/2025
VISTO el Expediente EX-2025-59375279-APN-DGD#MS, La Ley N.º 27.742 “Ley
de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” y,
CONSIDERANDO
Que la Ley N.º 27.742 declara la emergencia pública en materia
administrativa, económica, financiera y energética, delegando en el
Poder Ejecutivo Nacional facultades vinculadas a materias determinadas
de administración y de emergencia, en los términos del artículo 76 de
la Constitución Nacional, con arreglo a las bases aquí establecidas y
por el plazo dispuesto para la emergencia.
Que en el marco de la referida Ley Nº 27.742, se establecieron como
bases para las delegaciones legislativas dispuestas: a) mejorar el
funcionamiento del Estado para lograr una gestión pública transparente,
ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común; b)
reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal a fin de
disminuir el déficit, transparentar el gasto y equilibrar las cuentas
públicas y c) asegurar el efectivo control interno de la Administración
Pública Nacional con el objeto de garantizar la transparencia en la
administración de las finanzas públicas.
Que asimismo, y en el marco del encuentro entre las autoridades
sanitarias de esta República y los Estados Unidos de América, se
abordaron estrategias de cooperación tendientes a fortalecer la gestión
pública sanitaria, incluyendo la revisión de estructuras
institucionales para reducir burocracias innecesarias y promover una
administración más ágil y orientada a resultados.
Que tanto de las normas mencionadas en los CONSIDERANDOS primero y
segundo, como de los objetivos abordados en la reunión citada, se
infiere que el espíritu de la actual gestión tanto legislativa, como
ejecutiva es la de propender a un uso adecuado y eficaz de los recursos
públicos, robusteciendo concomitantemente la eficiencia de la gestión
estatal en sus diferentes áreas de actuación
Que, en ese contexto, se estima necesario realizar tareas de
relevamiento a fin de efectuar propuestas de modernización y
desburocratización de las estructuras institucionales de los Organismos
Descentralizados del Ministerio de Salud, para optimizar su
funcionamiento y alinearlos con los principios de eficiencia y eficacia
en la gestión pública.
Que en el marco de ese lineamiento es que se inscribe la propuesta impulsada por la UNIDAD GABINETE DE ASESORES.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en
el artículo 103 de la Constitución Nacional y la Ley N° 22.520 (T.O
1992) –y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación
la Comisión ad hoc para la Revisión y Modernización de las Estructuras
Institucionales de los Organismos Descentralizados, con el objeto de
profundizar el proceso de actualización y desburocratización
administrativa.
ARTÍCULO 2°.- La Comisión creada por el artículo 1° de la presente medida tendrá como funciones:
a) Relevar y analizar las estructuras organizativas vigentes de los
organismos descentralizados actuantes en la órbita del Ministerio de
Salud.
b) Identificar superposiciones, vacancias, duplicidades o desactualizaciones funcionales.
c) Formular propuestas de readecuación organizacional que contribuyan a
mejorar la eficiencia operativa, la coordinación y la orientación
estratégica de cada organismo.
d) Elaborar un informe final con diagnósticos y recomendaciones para su evaluación por parte de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES.
ARTÍCULO 3°.- La Comisión estará integrada por TRES (3) representantes del Ministerio de Salud:
· El titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTICULACIÓN Y SEGUIMIENTO DE
POLÍTICAS PÚBLICAS, Lic. Gianfranco SCIGLIANO (D.N.I. N° 38.892.449).
· El titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES E
INTEGRIDAD, Mg. María Florencia COLACILLI (D.N.I. N° 34.984.097).
· El titular de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES dependiente de la
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA, doctor Patricio Nahuel Giralt (D.N.I. N° 33.857.393).
A título de colaboración y con carácter AD-HONOREM, la Comisión podrá
convocar a especialistas o referentes técnicos, internos o externos con
conocimiento en revisión y modernización de estructuras institucionales
y normativa.
ARTÍCULO 4°.- La Comisión deberá elevar a la UNIDAD GABIENTE DE
ASESORES un informe preliminar en un plazo no mayor a TREINTA (30) días
desde la publicación de la presente medida, y el informe final en un
plazo de ciento veinte (120) días.
ARTÍCULO 5°.- Los miembros de la Comisión no percibirán remuneración
por el ejercicio de sus funciones y actuarán sin prejuicio de las
tareas propias de sus respectivos cargos y su designación no implicará
el desempeño de funciones superiores ni importará erogación alguna.
ARTÍCULO 6°.- La Comisión creada por el artículo 1° de la presente
medida podrá solicitar a los organismos descentralizados en la órbita
del Ministerio la información y documentación que se requiera para el
desarrollo de sus tareas.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Mario Iván Lugones
e. 05/06/2025 N° 38700/25 v. 05/06/2025