MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
DIRECCIÓN TÉCNICA SOBRE REGULACIÓN DEL TRABAJO
Disposición 338/2025
DI-2025-338-APN-DTRT#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2025
VISTO el EX-2024-128157441- -APN-DGDTEYSS#MCH, la Ley Nº 14.250 (t.o.
2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la Disposición
DI-2025-403-APN-DNRYRT#MCH de fecha 21 de Febrero de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que en la página 1 del documento RE-2024-128157128-APN-DGDTEYSS#MCH del
presente expediente, obra el acuerdo de fecha 30 de Enero de 2024
homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el
Nº 556/25, celebrado por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE
AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA) y la empresa TECNO ACCION SALTA SOCIEDAD
ANÓNIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N°
1457/15 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que preliminarmente se advierte que transcurrió más de UN año entre la
fecha de celebración del acuerdo y la fecha de su homologación; sin
embargo, en la Disposición de homologación se encomendó evaluar la
procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en
caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo
del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que a tal efecto, mediante el IF-2025-41456051-APN-DTRT#MCH, cuyas
constancias de notificación obran en los órdenes 63 y 64, se solicitó a
las partes que presenten las escalas salariales que forman parte del
Acuerdo N° 556/25.
Que en el documento RE-2025-49592337-APN-DGDTEYSS#MCH del
EX-2024-128157441- -APN-DGDTEYSS#MCH, la empresa presentó las escalas
salariales que integran el acuerdo Nº 556/25, realizando las
aclaraciones pertinentes y cumplimentando lo requerido.
Que en cumplimiento de lo dispuesto se emitió en estas actuaciones el
correspondiente informe técnico IF-2025-54545654-APN-DTRT#MCH al cual
se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se
explicitan los criterios adoptados para la determinación del promedio
mensual de remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante.
Que mediante el Decreto DECTO-2024-862-APN-PTE, de fecha del 30 de
septiembre del 2024, la ex Dirección de Normativa Laboral, dependiente
de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, paso
a denominarse Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo,
manteniendo sus funciones.
Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo
párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y por delegación efectuada por Disposición
DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, prorrogada por sus similares
DI-2022-3730-APN-DNRYRT#MT, DI-2023-213-APN-DNRYRT#MT y
DI-2024-107-APN-DNRYRT#MT, conforme a la Resolución
RESOL-2021-301-APN-MT.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA SOBRE REGULACIÓN DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual
surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la
Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
derivado del acuerdo homologado por la Disposición
DI-2025-403-APN-DNRYRT#MCH y registrado bajo el Nº 556/25, conforme a
lo detallado en el archivo embebido que, como ANEXO
DI-2025-54541831-APN-DTRT#MCH forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL para la intervención correspondiente. Cumplido ello,
pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a
fin de que se registre el importe promedio de las remuneraciones fijado
por este acto y del tope indemnizatorio resultante y proceda a la
guarda correspondiente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Pedro Diego Frankenthal
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/06/2025 N° 40870/25 v. 19/06/2025