AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 21/2025
RESOL-2025-21-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 19/06/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-05584693- -APN-DCCYS#AABE y su asociado
Nº EX-2024-119903759- -APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.023 de
fecha 13 de agosto de 2001, 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416
de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de
2015, 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016, todos ellos con sus
modificatorios y/o complementarios, 225 de fecha 3 de abril de 2017, 29
de fecha 10 de enero de 2018, 950 del 24 de octubre 2024, el Reglamento
de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por la
Resolución N° 177 de fecha 16 de julio de 2022 (Texto Ordenado)
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Resolución N° 60 de
fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), las
Resoluciones Nros. 58 de fecha 4 de noviembre de 2024
(RESOL-2024-58-APN-AABE#JGM), 75 de fecha 19 de noviembre de 2024
(RESFC-2024-75-APN-AABE#JGM), 71 de fecha 20 de noviembre de 2024
(RESOL-2024-71-APN-ABBE#JGM), 3 de fecha 14 de enero de 2025
(RESOL-2025-3-APN-AABE#JGM), 7 de fecha 5 de febrero de 2025
(RESOL-2025-7-APN-AABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el primer Expediente citado en el Visto tramita el
procedimiento de Subasta Pública N° 392-0004-SPU25 para la venta en
bloque de los inmuebles ubicados en la calle Juncal Nº 724, entre
calles Basavilbaso y Esmeralda, con una superficie según mensura de
CIENTO CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y TRES DECÍMETROS
CUADRADOS (158,93 m2), identificado catastralmente como Circunscripción
20 - Sección 3 - Manzana 39 - Parcela 2A, correspondiente al CIE Nº
0200000102/2; calle Basavilbaso Nº 1260/62, entre calles Arenales y
Juncal, con una superficie según título de QUINIENTOS TREINTA Y SEIS
METROS CUADRADOS CON OCHENTA DECÍMETROS CUADRADOS (536,80 m2),
identificado catastralmente como Circunscripción 20 - Sección 3 -
Manzana 39 - Parcela 14, correspondiente al CIE Nº 0200000110/2; calle
Basavilbaso Nº 1248/54, entre calles Arenales y Juncal, con una
superficie según título de CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS
CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (499,86 m2),
identificado catastralmente como Circunscripción 20 - Sección 3
-Manzana 39 - Parcela 13, correspondiente al CIE Nº 0200000129/2; calle
Juncal Nº 712/14 esquina calle Basavilbaso Nº 1.288, con una superficie
según catastro de DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (268 m2),
identificado catastralmente como Circunscripción 20 - Sección 3 -
Manzana 39 - Parcela 1, correspondiente al CIE Nº 0200000145/2; calle
Basavilbaso Nº 1.264, entre calles Arenales y Juncal, con una
superficie según título de TRESCIENTOS VEINTIÚN METROS CUADRADOS CON
CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS (321,50 m2), identificado catastralmente
como Circunscripción 20 - Sección 3 - Manzana 39 - Parcela 9B,
correspondiente al CIE Nº 0200000161/2; y calle Basavilbaso Nº 1.286,
entre calles Arenales y Juncal, con una superficie según mensura de
TRESCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES DECÍMETROS
CUADRADOS (304,63 m2), identificado catastralmente como Circunscripción
20 - Sección 3 - Manzana 39 – Parcela 2B, correspondiente al CIE Nº
0200000153/2, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; con una superficie
cubierta total de DOSCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y OCHO
DECÍMETROS CUADRADOS (207,98 m2) y semicubierta total de TRESCIENTOS
OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS
(383,86 m2), según requerimiento formulado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE
SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS.
Que mediante la Resolución N° 58 de fecha 4 de noviembre de 2024
(RESOL-2024-58-APN-AABE#JGM), se desafectaron los inmuebles objeto de
la presente y por la Resolución N° 75 de fecha 19 de noviembre de 2024
(RESFC-2024-75-APN-AABE#JGM), se aclararon las superficies consignadas
en la Resolución citada.
Que por la Resolución Nº 71 de fecha 20 de noviembre de 2024
(RESOL-2024-71-APN-AABE#JGM), se autorizó la convocatoria mediante el
procedimiento de Subasta Pública N° 392-0205-SPU24 para la venta en
bloque de los inmuebles en trato y se aprobó el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares y posteriormente por Resolución Nº 3 de fecha
14 de enero de 2025 (RESOL-2025-3-APN-AABE#JGM), se aprobó lo actuado y
se declaró desierto el llamado a Subasta Pública por no haber
interesados inscriptos en el Acto de cierre de inscripción.
Que mediante Resolución Nº 7 de fecha 5 de febrero de 2025
(RESOL-2025-7-APN-AABE#JGM) se autorizó una nueva convocatoria a través
del procedimiento de Subasta Pública Nº 392-0004-SPU25 de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023 de fecha 13 de
agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios y los artículos
78, 91 y subsiguientes del Capítulo VI del Reglamento de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado por la Resolución Nº 177
de fecha 16 de julio de 2022 (Texto Ordenado)
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Resolución N° 60 de
fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) y se aprobó
el Pliego de Bases y Condiciones Particulares correspondiente.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 85 del Reglamento de
Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional y en el Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº
1.023/01 y su reglamentación, se cumplió con el requisito de publicidad
de la convocatoria y difusión de la presente Subasta Pública.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS efectuó la
publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA con fechas 7 y 10 de febrero de 2025, así como en el Sistema
de Gestión Electrónico COMPR.AR y en el sitio web de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS emitió las
Circulares Modificatorias Nros. 1, 2 y 3, mediante las cuales se
prorrogaron las sucesivas fechas previstas para la Subasta Pública Nº
392-0004-SPU25 por falta de interesados, las cuales fueron debidamente
difundidas y publicadas de conformidad con la normativa vigente.
Que con fecha 20 de mayo de 2025 se realizó el Acto de Cierre de
Inscripción a la Subasta en el Sistema de Gestión Electrónico COMPR.AR,
de cuya acta surge que se presentó la firma INVERSORA MATALDI SOCIEDAD
ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 30-71408312-7), para participar del presente
proceso.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS, con fecha 21 de
mayo de 2025, emitió el Informe de Preselección identificado bajo
IF-2025-54209311-APN-DCCYS#AABE, del cual se desprende que, conforme lo
dispuesto en el artículo 11 del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares, se declaró admisible para participar del acto de subasta
a la presentación efectuada por la firma INVERSORA MATALDI SOCIEDAD
ANÓNIMA, toda vez que ha dado cumplimiento a los requisitos
administrativos establecidos en el mencionado Pliego.
Que con fecha 27 de mayo de 2025 se desarrolló el Acto de Subasta,
emitiendo el Sistema de Gestión Electrónico COMPR.AR el Resumen de
Subasta identificado bajo el IF-2025-61937482-APN-DCCYS#AABE, del cual
se desprende que no hubo lance por parte de la firma interesada
INVERSORA MATALDI SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS mediante Nota
NO-2025-56691295-APN-DCCYS#AABE de fecha 27 de mayo de 2025, informó a
la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS
el resultado del Acto de Subasta y solicitó que indique si se procedía
a declarar el proceso sólo desierto o si se consideraba pertinente
realizar también un nuevo llamado.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS
COMUNITARIOS, mediante Informe IF-2025-58949429-APN-DNSIYAC#AABE de
fecha 2 de junio de 2025, indicó avanzar con la instrumentación de un
nuevo llamado, acompañando un nuevo requerimiento.
Que oportunamente, la Sala A del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN
mediante Dictamen de Valor identificado como
IF-2025-03567730-APN-TTN#MEC, en reunión del 7 de enero de 2025,
determinó su Valor Venal, para el conjunto, al contado y desocupado, en
la suma total de PESOS TRECE MIL OCHOCIENTOS MILLONES ($
13.800.000.000,-) o su equivalente en la suma de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES OCHENTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE
(USD 13.080.569), a un tipo de cambio según cotización del BANCO DE LA
NACIÓN ARGENTINA de UN MIL CINCUENTA Y CINCO ($/USD 1.055), del día 7
de enero de 2025.
Que el artículo 50 de la Reglamentación del Decreto Nº 1.382 de fecha 9
de agosto 2012 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto Nº 2.670
de fecha 1º de diciembre de 2015 y sus modificatorios, establece que
“cuando el procedimiento de venta resultase desierto por falta de
postores u oferentes, en el acto que así lo declare se podrá convocar a
un nuevo procedimiento similar al anterior, reduciendo el precio venal
en hasta un DIEZ POR CIENTO (10%) por única vez.”
Que en virtud de ello procede establecer como valor base de subasta la
reducción del DIEZ POR CIENTO (10%) del valor venal establecido por el
TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN mediante
IF-2025-03567730-APN-TTN#MEC de fecha 7 de enero de 2025 equivalente a
DÓLARES ESTADOUNIDENSES ONCE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL
QUINIENTOS DOCE CON DIEZ CENTAVOS (USD 11.772.512,10), todos los
valores a un tipo de cambio $/USD 1.055, y a fecha de la citada reunión.
Que en tal sentido, la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS
inició un nuevo procedimiento de Subasta identificado como Subasta
Pública Nº 392-0030-SPU25, elaborando el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares.
Que atento lo expuesto, resulta procedente declarar desierta la Subasta
Pública Nº 392-0004-SPU25, en virtud de lo dispuesto por el artículo
11, incisos c) y f) del Régimen de Contrataciones de la Administración
Nacional aprobado el Decreto Nº 1.023/01 y el artículo 9º, incisos d) y
f) del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración
Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1.030 de fecha 15 de septiembre de
2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias
y autorizar una nueva convocatoria de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 24 del Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y
complementarios y los artículos 78, 91 y subsiguientes del Capítulo VI
del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional
aprobado por la Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio de 2022 (texto
ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM y su modificatoria la Resolución
N° 60 de fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM).
Que siguiendo lo dispuesto por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16
resulta oportuno delegar en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la emisión de circulares modificatorias
para este procedimiento de contratación, con los alcances y excepciones
allí previstas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Agencia, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 9º incisos a), b), d) y f) del Reglamento
Anexo al Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional
aprobado mediante el Decreto Nº 1.030/16, y sus respectivas normas
modificatorias y/o complementarias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase lo actuado mediante el procedimiento de Subasta
Pública Nº N° 392-0004-SPU25 para la venta en bloque de los inmuebles
ubicados en la calle Juncal Nº 724, entre calles Basavilbaso y
Esmeralda, con una superficie según mensura de CIENTO CINCUENTA Y OCHO
METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (158,93 m2),
identificado catastralmente como Circunscripción 20 - Sección 3 -
Manzana 39 - Parcela 2A, correspondiente al CIE Nº 0200000102/2; calle
Basavilbaso Nº 1260/62, entre calles Arenales y Juncal, con una
superficie según título de QUINIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS
CON OCHENTA DECÍMETROS CUADRADOS (536,80 m2), identificado
catastralmente como Circunscripción 20 - Sección 3 - Manzana 39 -
Parcela 14, correspondiente al CIE Nº 0200000110/2; calle Basavilbaso
Nº 1248/54, entre calles Arenales y Juncal, con una superficie según
título de CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y
SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (499,86 m2), identificado catastralmente como
Circunscripción 20 - Sección 3 - Manzana 39 - Parcela 13,
correspondiente al CIE Nº 0200000129/2; calle Juncal Nº 712/14 esquina
calle Basavilbaso Nº 1.288, con una superficie según catastro de
DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (268 m2), identificado
catastralmente como Circunscripción 20 - Sección 3 - Manzana 39 -
Parcela 1, correspondiente al CIE Nº 0200000145/2; calle Basavilbaso Nº
1.264, entre calles Arenales y Juncal, con una superficie según título
de TRESCIENTOS VEINTIÚN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍMETROS
CUADRADOS (321,50 m2), identificado catastralmente como Circunscripción
20 - Sección 3 - Manzana 39 - Parcela 9B, correspondiente al CIE Nº
0200000161/2; y calle Basavilbaso Nº 1.286, entre calles Arenales y
Juncal, con una superficie según mensura de TRESCIENTOS CUATRO METROS
CUADRADOS CON SESENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (304,63 m2),
identificado catastralmente como Circunscripción 20 - Sección 3 -
Manzana 39 – Parcela 2B, correspondiente al CIE Nº 0200000153/2, de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; con una superficie cubierta total de
DOSCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y OCHO DECÍMETROS
CUADRADOS (207,98 m2) y semicubierta total de TRESCIENTOS OCHENTA Y
TRES METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (383,86
m2), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº
1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y
complementarios y los artículos 78, 91 y subsiguientes del Capítulo VI
del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional,
aprobado por la Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio de 2022 (texto
Ordenado) (RESFC2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria la Resolución
Nº 60 de fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE# JGM).
ARTÍCULO 2º.- Declárase desierto el llamado a Subasta Pública Nº
392-0004-SPU25 por no haberse registrado oferta de la interesada
inscripta en el proceso, en el Acto de Subasta, conforme lo previsto en
el artículo 11, Inciso c) del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios, y en el artículo 9º, Inciso f) del
Reglamento del Régimen antes mencionado, aprobado por el Decreto N°
1.030/16.
ARTÍCULO 3º.- Autorízase la convocatoria a un nuevo llamado mediante el
procedimiento de Subasta Pública Nº 392-0030-SPU25, para la venta en
bloque de los inmuebles citados en el Artículo 1° de la presente
medida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Régimen
de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto
Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios y los artículos 78,
91 y subsiguientes del Capítulo VI del Reglamento de Gestión de Bienes
Inmuebles del Estado Nacional probado por la Resolución Nº 177 de fecha
16 de julio de 2022 (texto ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM y su
modificatoria la Resolución N° 60 de fecha 6 de noviembre de 2024
(RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), según requerimiento formulado por la
DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS.
ARTÍCULO 4º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
identificado como PLIEG-2025-65726165-APN-DCCYS#AABE, que como Anexo
forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5º.- Los recursos que ingresen con motivo del cumplimiento de
la presente Resolución, deducidos los gastos, se afectarán de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Nº 1.382 de
fecha 9 de agosto de 2012, sustituido por el Decreto Nº 186 de fecha 12
de marzo de 2025.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 7º.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la facultad para emitir circulares
modificatorias en el marco del presente procedimiento de contratación,
de conformidad con lo establecido por el artículo 50 del Decreto N°
1.030/16.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolás Alberto Pakgojz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/06/2025 N° 43030/25 v. 23/06/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)