MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 392/2025
RESOL-2025-392-APN-STEYSS#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 26/06/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-41053859- -APN-DGDTEYSS#MCH, la Ley N°
26.844, el Decreto N°. 467 de fecha 1 de abril de 2014, las
Resoluciones N° RESOL-2024-204-APN-MCH de fecha 15 de mayo de 2014 del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y N° RESOL-2023-1418-APN-MT de fecha 9 de
noviembre de 2023 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 62 de la Ley N° 26.844 se dispuso la integración de
la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES (CNTCP) por
representantes titulares y suplentes del entonces MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL; del entonces MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL y del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS; de los empleadores y de los trabajadores.
Que la norma antes referida determina que la Presidencia de dicha
Comisión se encuentra a cargo de UN (1) representante del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que el artículo 64 de la Ley N° 26.844 establece que los integrantes de
la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES (CNTCP) serán
designados por el entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL.
Que, asimismo, el mencionado artículo 64 exige que los representantes
de los organismos estatales ante la Comisión precedentemente referida,
revistan en dichos organismos.
Que el artículo 65 de la Ley Nº 26.844 prevé que los integrantes de la
COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES (CNTCP) durarán DOS
(2) años en sus funciones, pudiendo ser renovados sus mandatos a
propuesta de cada sector.
Que mediante el artículo 1° de la Resolución N° RESOL-2023-1418-APN-MT
del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se
designaron los integrantes de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS
PARTICULARES (CNTCP) en representación de esta Cartera de Estado.
Que en razón de que, tres de los integrantes que fueran designados han
renunciado, conforme surge de las Notas Nros.
NO-2024-10852474-APN-DSCLO#MT, NO-2024-12955429-APN-DGAJ#MT y
NO-2024-12931563-APN-DPA#MT, corresponde designar a los representantes
por parte de la SECRETARIA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ante la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN
CASAS PARTICULARES (CNTCP).
Que mediante Resolución N° RESOL-2024-204-APN-MCH del MINISTERIO DE
CAPITAL HUMANO se delegaron en la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO las competencias como
Autoridad de Aplicación de la Ley N° 26.844 sobre Régimen Especial de
Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, sus
modificatorias y complementarias.
Que el Servicio Jurídico ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA, ambas del MINISTERIO DE CAPITAL
HUMANO, han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por la Resolución N° RESOL-2024-204-APN-MCH del MINISTERIO DE CAPITAL
HUMANO y sus modificatorias.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto a partir de la firma de la presente, la
designación del Presidente de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS
PARTICULARES realizada mediante Resolución N° RESOL-2023-1418-APN-MT
del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
ARTÍCULO 2°.- Acéptanse las renuncias presentadas mediante las Notas
Nros. NO-2024-10852474-APN-DSCLO#MT, NO-2024-12955429-APN-DGAJ#MT y
NO-2024-12931563-APN-DPA#MT.
ARTÍCULO 3°.- Desígnase para integrar la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO
EN CASAS PARTICULARES, como representante titular por la SECRETARÍA DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en carácter de Presidente, a la
Dra. Sara Alicia GATTI (M.I. N° 21.788.536); en carácter de Presidente
Alterno, a la Dra. Soledad MORENO (M.I. N° 27.860.614) y, en carácter
de representantes suplentes al CPN Ignacio Agustín SÁNCHEZ (M.I. N°
25.704.745), y al Dr. Alejandro Javier PISAREV (M.I. N° 29.832.092).
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Julio Gabriel Cordero
e. 27/06/2025 N° 44723/25 v. 27/06/2025