MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 731/2025
DI-2025-731-APN-DNRYRT#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2025
VISTO el Expediente N° EX-2024-35136146- -APN-DGD#MT las Leyes Nros.
14.250 (t.o. 2004), 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la Ley N°
23.546 (t.o.2004), y el Decreto N° 200 de fecha 16 de febrero de 1988 y
sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en el documento N° RE-2024-35133509-APN-DGD#MT del Expediente N°
EX-2024-35136146- -APN-DGD#MT, obra el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO LA FRATERNIDAD, por la parte sindical, y la empresa METROVIAS
SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme lo establecido en
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del referido acuerdo las partes pactan la prórroga por un
(1) mes del rubro “acta junio 2023”, suscripta oportunamente por las
mismas, en el en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa
N° 1469/15 “E”, y conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO ha tomado debida
intervención y ha ratificado el instrumento traído a estudio mediante
su presentación obrante en la Nota N° NO-2024-44910982-APN-DGYSSF#MTR
de autos.
Que al respecto del carácter no remunerativo acordado por las partes a
las sumas pactadas, corresponde hacer saber a las mismas lo dispuesto
por el Artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744.
Que en lo que respecta a la cláusula segunda del acuerdo, corresponde
dejar constancia que la misma no es objeto de homologación por parte de
esta Autoridad Laboral.
Que el ámbito de aplicación del instrumento mencionado se circunscribe
a la correspondencia entre actividad de la empleadora firmante, y la de
la entidad sindical signataria, emergente de su Personería Gremial.
Que, de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES
Y REGULACIONES DEL TRABAJO de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO tomó la intervención
que le compete.
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley N°14.250 (t.o. 2004), el Artículo 10 del Decreto N° 200/88 y
sus modificatorias y el DECTO-2024-862-APN-PTE.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo obrante en el documento
N° RE-2024-35133509-APN-DGD#MT del Expediente N° EX-2024-35136146-
-APN-DGD#MT, celebrado entre el SINDICATO LA FRATERNIDAD, por la parte
sindical, y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, por el sector
empleador, conforme lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 2°. - Gírese a la Dirección de Gestión Documental de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para su registro.
Cumplido, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL
TRABAJO a fin de proceder al registro del instrumento identificado en
el Artículo 1° de la presente Disposición.
ARTÍCULO 3°. - Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente expediente conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1469/15 “E”.
ARTÍCULO 4°- Hágase saber que en el supuesto que la SECRETARÍA DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO no
efectúe la publicación de carácter gratuita del instrumento homologado
y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido en el tercer
párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Mara Agata Mentoro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/07/2025 N° 45603/25 v. 04/07/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)