MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 782/2025
DI-2025-782-APN-DNRYRT#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 09/04/2025
VISTO el Expediente N° EX-2023-32103847- -APN-DGD#MT, las Leyes Nros.
14.250 (t.o. 2004), 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la Ley N°
23.546 (t.o.2004), y el Decreto N° 200 de fecha 16 de febrero de 1988 y
sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en el documento N° RE-2023-32103668-APN-DGD#MT del Expediente N°
EX-2023-32103847- -APN-DGD#MT, obra el Acuerdo celebrado con fecha 3 de
marzo de 2023 entre la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD
ARGENTINA -Filial Buenos Aires-, por la parte sindical, y la ASOCIACION
CIVIL HOSPITAL ALEMAN, por la parte empresaria, y ratificado por la
FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA en
el documento N° RE-2024-72348824-APN-DGD#MT del Expediente precitado,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que mediante el mentado acuerdo las partes establecen nuevas
condiciones salariales y laborales, en el marco del Convenio Colectivo
de Trabajo N° 103/75, conforme los lineamientos allí consignados.
Que se entiende oportuno dejar constancia que el Artículo 43 fue
incorporado al Convenio Colectivo de Trabajo N° 103/75, mediante el
acuerdo registrado bajo el Nº 1138/2011, que fuera homologado por la
Resolución ST N° 1005/11, en el Expediente N° 1.420.380/10.
Que, en relación con lo pactado, cabe advertir que, en todo por cuanto
derecho corresponda, las partes deberán ajustar sus conductas a lo
establecido en el TITULO IX de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias y la Ley N° 11.544, en relación a la jornada laboral y
descansos del personal incluido en el presente acuerdo.
Que en atención a la materia objeto del acuerdo, corresponde su
homologación como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio de
los derechos individuales de los trabajadores alcanzados.
Que el ámbito de aplicación del instrumento mencionado, se circunscribe
a la estricta correspondencia entre la actividad de la empresa firmante
y la representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de
su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando la personería y facultades para negociar
colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.
Que, los Delegados de Personal han ejercido la representación que les
compete en la negociación, en los términos del Artículo 17 de la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES
Y REGULACIONES DEL TRABAJO de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO tomó la intervención
que le compete.
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley N°14.250 (t.o. 2004), el Artículo 10 del Decreto N° 200/88 y
sus modificatorias y el DECTO-2024-862-APN-PTE.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º.- Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la
ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA -Filial Buenos
Aires-, por la parte sindical, y la ASOCIACION CIVIL HOSPITAL ALEMAN,
por la parte empresaria, obrante en el documento N°
RE-2023-32103668-APN-DGD#MT del Expediente N° EX-2023-32103847-
-APN-DGD#MT, conjuntamente con la ratificación efectuada por la
FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA,
obrante en el documento N° RE-2024-72348824-APN-DGD#MT del Expediente
precitado, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para su registro.
Cumplido, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL
TRABAJO a fin de proceder al registro de los instrumentos identificados
en el Artículo 1° de la presente Disposición.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente expediente conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo N° 103/75.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que la SECRETARÍA DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO no
efectúe la publicación de carácter gratuita de los instrumentos
homologados y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido
en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Mara Agata Mentoro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/07/2025 N° 46417/25 v. 10/07/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)