MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Resolución 143/2025

RESOL-2025-143-APN-MRE

Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2025

VISTO el Expediente N° EX-2024-65920695--APN-DGD#MRE, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Resolución N° 20 del 6 de febrero de 2023 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que durante el 28° período de sesiones del CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS de las NACIONES UNIDAS desarrollado en noviembre de 2017, se llevó a cabo el tercer ciclo del Examen Periódico Universal para la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que en dicha oportunidad nuestro país recibió una recomendación específica relativa al establecimiento de un mecanismo de selección de candidaturas, a saber: “Adoptar un sistema de concurso de méritos abierto para la selección de candidatos nacionales a las elecciones de órganos de tratados de las Naciones Unidas” (recomendación 107.7).

Que con miras a dar cumplimiento a dicha recomendación, por medio de la Resolución N° 20/23 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, se aprobó el “Mecanismo de selección de candidatos y candidatas nacionales a las elecciones de órganos de tratados de las NACIONES UNIDAS”.

Que dado que la REPÚBLICA ARGENTINA forma parte del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos y del Sistema Interamericano de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, resulta necesario diseñar un nuevo mecanismo de selección de candidaturas nacionales de las elecciones de órganos de tratados de la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, así como también para el Sistema Regional, con un enfoque basado en principios de transparencia, celeridad, mérito e idoneidad técnica.

Que este mecanismo promoverá que la selección de candidatos en organismos de la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS y del Sistema Interamericano sea eficiente, equitativa y alineada con su misión global.

Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario proceder a la derogación de la Resolución N° 20/23 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que la Dirección de Derechos Humanos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO intervino en el ámbito de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE CULTO Y CIVILIZACIÓN y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, ambas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han tomado intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la entonces SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS y la SECRETARÍA DE JUSTICIA, ambas del MINISTERIO DE JUSTICIA han tomado intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el marco de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 20 del 6 de febrero de 2023 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el “MECANISMO DE SELECCIÓN DE CANDIDATURAS NACIONALES A LAS ELECCIONES DE ÓRGANOS DE TRATADOS DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS Y ÓRGANOS DEL SISTEMA INTERAMERICANO DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS”, que como como Anexo (IF-2025-67404132-APN-DDDHH#MRE), forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Desígnase como autoridad responsable de la coordinación del mecanismo aprobado por el artículo 2° de la presente resolución a la Dirección de Derechos Humanos, dependiente de la SECRETARÍA DE CULTO Y CIVILIZACIÓN del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Gerardo Werthein

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 15/07/2025 N° 49715/25 v. 15/07/2025

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)





MECANISMO DE SELECCIÓN DE CANDIDATURAS NACIONALES A LAS ELECCIONES DE ÓRGANOS DE TRATADOS DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS Y ÓRGANOS DEL SISTEMA INTERAMERICANO DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

El proceso de selección de candidatos nacionales a las elecciones de órganos de tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas y de órganos del Sistema Interamericano de Promoción y Protección de los Derechos Humanos seguirá una serie de pasos a fin de garantizar la idoneidad técnica, la independencia y una representación equitativa de la población.

- Órganos de Tratados a los que se aplicará este procedimiento:

1. Comité contra la Tortura (CAT).

2. Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT).

3. Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

4. Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR).

5. Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD).

6. Comité para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus familiares (CMW).

7. Comité de los Derechos del Niño (CRC).

8. Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD).

9. Comité de Derechos Humanos (CCPR).

10. Comité contra la Desaparición Forzada (CED).

Asimismo, se aplicará a los siguientes órganos del Sistema Interamericano:

1. Corte Interamericana de Derechos Humanos.

2. Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Pasos a seguir:

I. Identificación de una vacante:

En primer lugar, la Secretaría de Culto y Civilización y la Secretaría de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto en conjunto con la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, identificarán la vacante a ser ocupada por algún experto argentino mediante este mecanismo.

Deberá tratarse de una vacante en un tema de interés para la República Argentina, y deberá verificarse que exista la posibilidad efectiva de realizar, en el marco de la campaña posterior del candidato, un intercambio estratégico de votos que no vaya en detrimento de otras candidaturas que sean también de interés para el país.

Las mencionadas áreas elevarán a consideración del Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto la propuesta de presentar la candidatura, identificando el período para el que se la propone y aguardarán su aprobación para proseguir con el presente procedimiento.

II. Validación del candidato:

A través de una publicación en el sitio web y las cuentas oficiales en las redes sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, se anunciará que la República Argentina ha decidido presentar un determinado candidato al organismo internacional o regional que corresponda. Juntamente con dicho anuncio, se acompañarán los antecedentes del candidato, a saber:

Curriculum Vitae,

• Carta de presentación de la(s) institución(es) u organización(es) que la avala(n) -si existieran-,

• Documento en el que la persona propuesta exponga sus razones y motivaciones para servir como experto en el organismo en cuestión.

Las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos, y otros actores interesados podrán, en el plazo de DIEZ (10) días hábiles a contar desde la primera publicación en el sitios web y cuentas oficiales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, presentar por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar respecto de la persona propuesta, los cuales serán de carácter no vinculante.

Los comentarios recibidos serán analizados y evaluados por el Comité de Selección a los fines de definir la presentación de la candidatura por parte del Estado argentino.

III. Comité de Selección:

Se conformará un Comité de Selección que estará compuesto por la Dirección de Derechos Humanos, la Secretaría de Culto y Civilización, la Secretaría de Relaciones Exteriores todos ellos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; la Subsecretaría de Derechos Humanos y la Secretaría de Justicia ambas del Ministerio de Justicia.

La Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto actuará como Secretaría del Comité de Selección.

El Comité elevará la candidatura al titular del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto juntamente con un informe integral del procedimiento llevado a cabo y la evaluación del Comité.

A continuación, se detallan algunos aspectos que deberían ser tenidos en cuenta al momento de seleccionar al candidato:

• Competencia y experiencia reconocida en la esfera de los derechos humanos. Los candidatos deben ser expertos dentro del campo o área relevante en que se desenvolverá su rol. Su experiencia e idoneidad técnica debe ser respaldada por medio de su trayectoria profesional, ya sea a través de experiencia laboral, publicaciones académicas, trabajo de campo, logros en la materia o haber detentado un puesto de experto previamente.

• Compromiso con los estándares internacionales de derechos humanos. Los candidatos deben demostrar adhesión al sistema de valores de la Constitución Nacional y de los tratados de derechos humanos allí incorporados mediante el artículo 75 inciso 22, en las condiciones de su vigencia, es decir con sus interpretaciones, las declaraciones y reservas formuladas por la República Argentina.

• Disponibilidad. Los candidatos deben, asimismo, contar con disponibilidad para dedicar una substancial cantidad de tiempo a cumplir con su tarea dentro del mandato, que incluye, entre otras, la participación en las sesiones regulares de los organismos y la asistencia a seminarios o reuniones claves para el desenvolvimiento del mandato.

• Idoneidad. Los candidatos deben demostrar una idoneidad técnica sólida, respaldada por formación académica pertinente y experiencia comprobada en la materia de derechos humanos en el área en el que ejercerán su función.