INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución 1551/2025
RESFC-2025-1551-APN-DI#INAES
Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2025
VISTO, la RESFC-2025-218-APN-DI#INAES, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución mencionada en el VISTO dispuso suspender la
ejecutoriedad de la RESFC-2020-581-APN-DI#INAES - que dejaba sin efecto
la Resolución N.º 1510/94 INAC - por el término de hasta CIENTO VEINTE
(120) días y encomendar a la Presidencia del Directorio que arbitrara
los medios idóneos para efectuar las consultas técnicas y acciones
necesarias ante la Secretaría de Trabajo de la Nación tendientes a
resolver la problemática planteada por la aplicación del acto
administrativo suspendido.
Que, a raíz de lo expuesto, la Presidencia del Directorio de este
Instituto inició una rueda de debates y consultas a fin de cumplir con
lo dispuesto en el artículo 2º de la citada Resolución, cuya
realización aún no ha concluido y que resultan esenciales para
determinar el camino por seguir respecto de la vigencia de la
RESFC-2020-581-APN-DI#INAES.
Que las cuestiones que plantea tal situación están estrechamente
relacionadas con el bienestar general y la seguridad jurídica y
repercuten directamente sobre las condiciones imperantes en el mercado
de trabajo.
Que, por la importancia que tales aspectos revisten para toda la
comunidad, es obligación insoslayable de esta Administración garantizar
la ejecución de todos los pasos y procedimientos necesarios para
arribar a la solución que mejor responda a los intereses de toda la
Nación.
Que, por lo expuesto, se considera imprescindible prorrogar la
suspensión de la ejecutoriedad de la RESFC-2020-581-APN-DI#INAES
dispuesta por el artículo 1.º de la RESFC-2025-218-APN-DI#INAES por el
término de hasta CIENTO VEINTE (120) días más contados a partir de su
vencimiento.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención que es materia de su competencia.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por las Ley N.º 20.337 y
los Decretos Nros 420/96, 721/00 sus modificatorios y complementarios,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.º.- Prorrógase la suspensión de la ejecutoriedad de la
RESFC-2020-581-APN-DI#INAES dispuesta por el artículo 1.º de la
RESFC-2025-218-APN-DI#INAES por el término de hasta CIENTO VEINTE (120)
días contados a partir del vencimiento del término establecido por este
último acto administrativo.
ARTÍCULO 2.º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese.
Sergio Pablo Cha - Eduardo Hector Fontenla - Elbio Nestor Laucirica -
Ramiro Emiliano Martinez - Norberto Pedro Zarate - Marcelo Oscar Collomb
e. 18/07/2025 N° 51150/25 v. 18/07/2025