COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
Resolución 169/2025
Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2025
VISTO, el Expediente Electrónico N° EX-2025-20477936-APN-DGDTEYSS#MCH,
la Ley N° 26.727, el Decreto Nº 301 de fecha 21 de marzo de 2013, el
Decreto Nº 86 de fecha 26 de diciembre de 2023, Decreto N° 862 de fecha
27 de septiembre de 2024, la Resolución RESOL-2024-204-APN-MCH de fecha
15 de mayo de 2024, Resolución RESOL -2020-7-APN-MT de fecha 7 de enero
de 2020 y la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO Nº
69 de fecha 30 de agosto del 2016, y
CONSIDERANDO:
Que se ha comunicado a la Coordinación de Trabajo Agrario, de la
designación del Sr. Daniel MOLINA como Jefe de la Agencia Territorial
CATAMARCA, oportunidad donde se hizo saber de ello, adjuntando la
Resolución de su nombramiento RESOL-2025-53-APN-MCH de fecha 10 de
febrero de 2025.
Que, consecuentemente a la formalización de la asignación de funciones
de jefatura, se solicita, que se designen las representaciones de
Presidente Titular y de Presidente Alterno previsto por el Régimen de
Trabajo Agrario Ley N° 26.727, para la Comisión Asesora Regional N° 13,
encargada de llevar y asistir la negociación colectiva en la materia,
con jurisdicción en las provincias de LA RIOJA y CATAMARCA.
Que, en la oportunidad, se indica que hasta el momento viene
desempeñándose como Presidente de la Comisión Asesora Regional 13 la
Sra. Cristina Noeli ZAMORA, quien requiere expresamente retomar la
función de Presidente Alterno de dicha comisión.
Que, vale precisar que, la Ley N° 26.727 que aprobó el Régimen de
Trabajo Agrario rige la actividad del personal que trabaja en aquellas
producciones de obtención de frutos o productos primarios, que no están
sometidos a ningún tipo de proceso industrial, en tanto se desarrollen
en ámbitos rurales del país.
Qué el Régimen de Trabajo Agrario estableció como autoridad de
aplicación al entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, actual MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, quien mediante Resolución
MCH N° 204/2024 delegó en la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL de esta Cartera Estatal, el ejercicio de tal competencia y de
las demás normas complementarias del Régimen de Trabajo Agrario.
Qué, en tanto, corresponde a la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL TRABAJO
o al Presidente Alterno, designado oportunamente, presidir las
deliberaciones de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO –CNTA-
(conforme Ley N° 26.727, artículo 99 y Decreto N° 86/2023), órgano
normativo propio de la actividad.
Que ello así, la Presidente de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO,
habiendo tomado conocimiento de la presente propuesta de postulación,
remitió los obrados para intervención del Presidente Alterno de la
Comisión.
Que, asimismo, la Coordinación de Trabajo Agrario, se constituye como
asiento de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO –CNTA-y las
Comisiones Asesoras Regionales, conforman las oficinas de apoyo legal,
técnico y administrativo, todas ellas bajo la órbita de la citada
Secretaría.
Que, habida cuenta que, dentro de las facultades propias de la COMISIÓN
NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO, se encuentra la de fijar las zonas que
integrarán Comisiones Asesoras Regionales, es que mediante Resolución
CNTA N° 69 de fecha 30 de agosto de 2016, se estableció un esquema de
regionalización, entre las que se encuentra la Comisión Asesora
Regional N° 13-CAR 13, con jurisdicción en las provincias de LA RIOJA y
CATAMARCA.
Que, el artículo 94 de la Ley N° 26.727 prevé que, la representación
estatal en las Comisiones Asesoras Regionales se compondrá por DOS (2)
agentes de la Cartera Ministerial, quienes ejercerán de Presidente y
Presidente Alterno de las mismas y que a tales fines podrán ser,
conforme a la lectura armónica del artículo 24 del Decreto N° 301 del
21 de marzo de 2013, reglamentario de la citada norma, los titulares de
las distintas Agencias Territoriales o quien ellos determinen, los
responsables de llevar adelante las deliberaciones de la negociación
colectiva a nivel local, en el ámbito del Régimen de Trabajo Agrario.
Que, en virtud de ello, y en ejercicio de su competencia en la materia
conforme Decreto N° 862 de fecha 27 de septiembre de 2024, la
Coordinación de Trabajo Agrario, en su calidad de soporte técnico
administrativo de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO, ha
constatado que los agentes propuestos cumplen con tal requisito.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta conforme lo previsto por el artículo 94
de la Ley N° 26.727, el Decreto Nº 86 de fecha 26 de diciembre de 2023
y Resolución RESOL -2020-7-APN-MT de fecha 7 de enero de 2020.
Por ello,
EL PRESIDENTE ALTERNO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Desígnese en carácter de Presidente Titular de la
Comisión Asesora Regional N° 13 al Sr. Elio Daniel MOLINA (M.I.– N°
20.682.322).
ARTICULO 2°. - Desígnese en carácter de Presidente Alterno de la
Comisión Asesora Regional N° 13 a la Sra. Cristina Noeli ZAMORA (M.I.–
N° 24.279.326),
ARTÍCULO 3 °. - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Fernando D. Martínez
e. 22/07/2025 N° 51197/25 v. 22/07/2025