SECRETARÍA DE CULTURA
Resolución 212/2025
RESOL-2025-212-APN-SC
Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2025
VISTO el Expediente EX-2024-103562609- -APN-SSGA#MCH, las Leyes Nros.
22.520 y sus modificatorias, 27.701 y sus normas modificatorias y
complementarias, los Decretos Nros. 2.098 del 3 de diciembre de 2008,
sus modificatorios y complementarios, 958 del 25 de octubre de 2024,
las Decisiones Administrativas Nros. 622 del 3 de julio de 2024, 389
del 22 de mayo de 2024 y 581 del 25 de junio de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que los funcionarios mencionados en los ANEXO I
(IF-2025-78356374-APN-DGRRHH#SC) y ANEXO II
(IF-2025-78355787-APN-DGRRHH#SC), que forman parte integrante de la
presente medida, fueron designados para ocupar los cargos de Directora
Nacional de Museos, Directora Nacional de Formación Cultural y
Coordinadora de Promoción y Difusión de la Literatura, conforme las
Decisiones Administrativas Nros 622/24, 389/24 y 581/24 respectivamente.
Que no habiendo podido procederse a la cobertura de los mencionados
cargos en forma definitiva, y manteniéndose vigentes las razones que
dieron lugar a las designaciones transitorias, resulta necesario
prorrogar las mismas, en iguales términos del nombramiento original y a
partir del vencimiento del plazo de sus designaciones.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que por el Decreto Nº 958/24 se autoriza al JEFE DE GABINETE DE
MINISTRO, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de
Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos
ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de
personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango
y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados
presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas
vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los
organismos descentralizados que funcionen en su órbita.
Que, en el mismo sentido, en virtud del artículo 2 del Decreto N°
1148/24 se exceptuó de la prohibición genérica de efectuar
designaciones y/o contrataciones de personal de cualquier naturaleza, a
las prórrogas de tales designaciones transitorias y de contratos (inc.
c).
Que cada una de las prórrogas de las designaciones transitorias que se
dispongan no podrá exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles.
Que el gasto que deviene de la gestión promovida fue atendido oportunamente.
Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL
de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 2º del Decreto Nº 958/24.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Danse por prorrogadas, a partir de las fechas que se
indican en cada caso y hasta el 26 de septiembre de 2024, las
designaciones transitorias de los funcionarios de la SECRETARÍA DE
CULTURA, detalladas en el ANEXO I (IF-2025-78356374-APN-DGRRHH#SC), el
cual forma parte integrante de la presente medida, autorizándose el
correspondiente pago de la Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08, sus modificatorios y
complementarios, y con la excepción que en cada caso se indica.
ARTÍCULO 2º.- Danse por prorrogadas, a partir del 27 de septiembre de
2024 y por el término que en cada caso se detalla las designaciones
transitorias de los funcionarios de la SECRETARÍA DE CULTURA
mencionados en el ANEXO II (IF-2025-78355787-APN-DGRRHH#SC), el cual
forma parte integrante de la presente medida, autorizándose el
correspondiente pago de la Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08, sus modificatorios y
complementarios, y con la excepción que en cada caso se indica.
ARTÍCULO 3º.- Los cargos involucrados en la presente medida, deberán
ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes
según lo establecido, respectivamente, en el Título II -Capítulos III,
IV y VIII- y el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado
por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la
notificación de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- El gasto demandado en la presente medida fue atendido con
cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN
20 - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, SUBJURISDICCIÓN 14 – SECRETARÍA DE
CULTURA.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO
Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL
ESTADO, dentro de los CINCO (5) días de publicada en el Boletín Oficial
de la República Argentina, conforme lo dispuesto por el artículo 3° de
la Resolución N° 20/24 del mentado Ministerio.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Leonardo Javier Cifelli
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/07/2025 N° 52885/25 v. 25/07/2025