AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 73/2025
RESFC-2025-73-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 28/07/2025
VISTO el Expediente EX-2025-73218220- -APN-DCCYS#AABE y su asociado
EX-2025-39532984- -APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.023 de fecha
13 de agosto de 2001, 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de
fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015,
1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016, 225 de fecha 3 de abril de
2017, 29 de fecha 10 de enero de 2018, 950 de fecha 24 de octubre 2024,
todos ellos con sus modificatorios y/o complementarios, el Reglamento
de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por la
Resolución N° 177 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de
fecha 16 de julio de 2022 y su modificatoria la Resolución N° 60 de
fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el primer Expediente citado en el Visto tramita el
procedimiento de Subasta Pública Nº 392-0046-SPU25, que tiene por
objeto la venta del inmueble sito en la calle Valentín Gómez Nº
2.960/62/64, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, identificado
catastralmente como Circunscripción 9 - Sección 13 - Manzana 89 -
Parcela 5, que cuenta con una superficie de terreno según Catastro de
CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE
DECÍMETROS CUADRADOS (468,27 m2) y una superficie cubierta de
NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO
DECÍMETROS CUADRADOS (938,35 m2), vinculado al RENABE bajo el CIE Nº
0200008057/3, según requerimiento formulado por la DIRECCIÓN NACIONAL
DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS de esta Agencia.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de
2012 se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO,
organismo descentralizado actualmente en el órbita de la VICEJEFATURA
DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de toda la
actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO
NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes
inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos
estatales.
Que mediante el Decreto Nº 225 de fecha 3 de abril de 2017, se autorizó
a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en los términos
del artículo 20 del Anexo al Decreto Nº 2.670 de fecha 1º de diciembre
de 2015 con sus modificatorios, a disponer y enajenar el inmueble
objeto de la presente medida, entre otros.
Que mediante el Decreto Nº 950 (DECTO-2024-950-APN-PTE) de fecha 24 de
octubre de 2024, el Poder Ejecutivo Nacional estableció que la AGENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO impulsará los procedimientos de
enajenación de los inmuebles del ESTADO NACIONAL objeto de los Decretos
Nros. 952/16, 1064/16, 1173/16, 225/17, 928/17, 355/18, 1088/18, 345/19
y 518/19 y de las Decisiones Administrativas Nros. 249/18, 24/19,
317/19 y 610/19 que no hubieran sido enajenados a la fecha de entrada
en vigor dicha medida, entre los cuales se encuentra el bien objeto de
la presente.
Que los procedimientos de selección que involucran bienes inmuebles,
propiedad del Estado Nacional, se rigen por el Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto
Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y
complementarios.
Que el artículo 4º del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado mediante el Decreto Nº 1.030 de fecha
15 de septiembre de 2016 estableció que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, en su carácter de Órgano Rector de toda la actividad
inmobiliaria del ESTADO NACIONAL, dictaría el Reglamento de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que mediante Resolución Nº 177 (Texto Ordenado)
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de julio de 2022 y su
modificatoria la Resolución N° 60 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) de fecha
6 de noviembre de 2024, se aprobó el Reglamento de Gestión de Bienes
Inmuebles del Estado Nacional, siendo de aplicación supletoria al
mismo, el Reglamento aprobado por el Decreto antedicho.
Que conforme lo establecido en el artículo 82 del Reglamento aprobado
por dicha Resolución, la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
aprobará el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que hasta tanto se apruebe el mencionado Pliego Único, será de
aplicación el aprobado mediante la Disposición Nº 63-E de fecha 27 de
septiembre de 2016, modificada por la Disposición Nº 62 de fecha 30 de
junio de 2024 (DI-2024-62-APN-ONC#JGM), ambas de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES.
Que el artículo 44 del Reglamento Anexo al Decreto Nº 2.670/15 y sus
modificatorios, establece que todo acto de disposición de inmuebles
propiedad del ESTADO NACIONAL será centralizado por la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que conforme lo establecido por el Decreto Nº 29 de fecha 10 de enero
del 2018 y el artículo 81 del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles
del Estado Nacional, se implementó en forma obligatoria el Sistema de
Gestión Electrónico “SUBAST.AR”, como medio para efectuar en forma
electrónica todos los procedimientos de Subasta Pública que realicen
las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional.
Que la ESCRIBANÍA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN mediante Nota
NO-2024-105395958-APN-EGN de fecha 26 de septiembre de 2024, tomó la
intervención de su competencia.
Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, indicó mediante Dictamen de
Valor identificado como IF-2025-69622333-APN-TTN#MEC, que su Sala A
procedió a considerar en su reunión de fecha 23 de junio de 2025 la
tasación del inmueble ubicado en la calle Valentín Gómez Nº 2.960,
entre Boulogne Sur Mer y Ecuador, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES; determinando su valor venal, al contado, desocupado, en el
estado observado al momento de la inspección, en la suma de PESOS
OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES ($ 883.000.000) o su equivalente en
DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS
CINCO (USD 748.305), informando un Valor Base de Venta, en los términos
del artículo 21 del Anexo del Decreto Nº 2.670/15, en la suma de PESOS
SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS MIL ($ 794.700.000) o
su equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES
MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO (USD 673.475), todos los valores a un
tipo de cambio (BNA $1180), a fecha de la citada reunión.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES
HISTÓRICOS, a través de la Nota NO-2025-63304556-APN-CNMLYBH#SC, de
fecha 11 de junio de 2025, informó que el inmueble en trato carece de
valor patrimonial.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS
COMUNITARIOS, mediante Informe IF-2025-72696427-APN-DNSIYAC#AABE de
fecha 4 de julio de 2025, solicitó a la DIRECCIÓN DE COMPRAS,
CONTRATACIONES Y SUBASTAS llevar a cabo la Subasta Pública del
Inmueble, con un valor base de subasta de DÓLARES ESTADOUNIDENSES
SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CINCO (USD 748.305).
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS de esta Agencia,
elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y consideró que
el procedimiento apropiado para llevar a cabo la venta del inmueble es
la Subasta Pública.
Que el presente trámite encuadra en el procedimiento de Subasta Pública
contemplado en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios y en los artículos 78, 91 y
subsiguientes del Capítulo VI, Título II de la PARTE ESPECIAL del
Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado
por la Resolución Nº 177/22 (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su
modificatoria la Resolución Nº 60/24 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM).
Que a tal efecto corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares, que regirá la Subasta Pública, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 11, inciso b) del Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios.
Que la presente medida se enmarca en la decisión política del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de hacer prevalecer el mejor aprovechamiento y
utilización del patrimonio estatal, destinando la afectación de los
bienes inmuebles estatales a la planificación, desarrollo y ejecución
de políticas públicas.
Que siguiendo lo dispuesto por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16,
resulta oportuno delegar en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la emisión de circulares modificatorias
para este procedimiento de contratación, con los alcances y excepciones
allí previstas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Agencia ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 9º incisos a) y b) del Reglamento Anexo al
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado
mediante el Decreto Nº 1.030/16, sus respectivas normas modificatorias
y/o complementarias.
Por ello,
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la convocatoria, mediante el procedimiento de
Subasta Pública Nº 392-0046-SPU25, que tiene por objeto la venta del
inmueble sito en la calle Valentín Gómez Nº 2.960/62/64, de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, identificado catastralmente como
Circunscripción 9 - Sección 13 - Manzana 89 - Parcela 5, que cuenta con
una superficie de terreno según Catastro de CUATROCIENTOS SESENTA Y
OCHO METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE DECÍMETROS CUADRADOS (468,27 m2)
y una superficie cubierta de NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO METROS
CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (938,35 m2),
vinculado al RENABE bajo el CIE Nº 0200008057/3, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023 de fecha 13 de
agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios y los artículos
78, 91 y subsiguientes del Capítulo VI del Reglamento de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado por la Resolución Nº 177
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de julio de 2022 y su
modificatoria la Resolución Nº 60 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) de fecha
6 de noviembre de 2024, según requerimiento formulado por la DIRECCIÓN
NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
identificado como PLIEG-2025-80059552-APN-DGA#AABE, que como Anexo
forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Los recursos que ingresen con motivo de la presente
subasta, deducidos los gastos, se afectarán de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 15 del Decreto Nº 1.382 de fecha 9 e agosto de
2012, modificado por el Decreto N° 186 de fecha 12 de marzo de 2025.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 5º.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la facultad para emitir circulares
modificatorias en el marco del presente procedimiento de contratación,
de conformidad con lo establecido por el artículo 50 del Decreto N°
1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolás Alberto Pakgojz - Marcelo León Ugarte
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/07/2025 N° 53732/25 v. 30/07/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)