MERCOSUR/CCM/DIR N° 55/17
MODIFICACIÓN DE LA DECISIÓN CMC N°01/09
“REGIMEN DE ORIGEN MERCOSUR” Y DE LA DIRECTIVA CCM N° 41/11
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 01/09 del Consejo del
Mercado Común, las Resoluciones N° 43/03 y 39/11 del Grupo Mercado
Común y las Directivas N° 05/04 y 41/11 de la Comisión de Comercio del
MERCOSUR.
CONSIDERANDO:
Que el Régimen de Origen MERCOSUR faculta a la Comisión de Comercio del
MERCOSUR a establecer requisitos específicos de origen, en forma
excepcional y justificada, así como rever los requisitos ya
establecidos; y
Que resulta necesario adecuar los requisitos de origen vigentes a los
cambios registrados en las estructuras productivas de los Estados
Partes del MERCOSUR.
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Eliminar la posición
arancelaria NCM 5502.00.10 del listado de requisitos específicos de
origen establecidos en el Apéndice de la Decisión CMC N° 01/09 y en el
Anexo de la Directiva CCM N° 41/11, en sus versiones en español y
portugués, pasando a obedecer los criterio generales de origen
establecidos en el Régimen de Origen MERCOSUR.
Art. 2 - Solicitar a los
Estados Partes signatarios del Acuerdo de Complementación Económica N°
18 (ACE N° 18) que instruyan a sus respectivas Representaciones ante la
Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), a protocolizar la
presente Directiva en el marco del ACE N° 18, en los términos
establecidos en la Resolución GMC N° 43/03.
Art. 3 - Esta Directiva deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 31/III/2018.
CLIII CCM - Montevideo, 28/IX/17.