AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Decreto 601/2025
DECTO-2025-601-APN-PTE - Dispónese Intervención. Designación.
Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-92498386-APN-DGD#MS, las Leyes Nros.
22.431 y sus modificaciones y 24.901 y su modificatoria y los Decretos
Nros. 698 del 5 de septiembre de 2017 y sus modificatorios, 836 del 18
de septiembre de 2024 y 599 del 21 de agosto de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 22.431 y sus modificaciones se estableció un Sistema
de Protección Integral para las personas con discapacidad, tendiente a
asegurar a estas, entre otros aspectos, su atención médica, su
educación y su seguridad social.
Que por la Ley N° 24.901 y su modificatoria se instituyó el Sistema de
Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las personas con
discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia,
promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura
integral a sus necesidades y requerimientos.
Que por el Decreto N° 698/17 y sus modificatorios se creó la AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD como organismo descentralizado con autarquía
económico financiera y personería jurídica propia, en la órbita del
MINISTERIO DE SALUD, con competencias para el diseño, la coordinación y
la ejecución general de las políticas públicas en materia de
discapacidad, la elaboración y ejecución de acciones tendientes a
promover el pleno ejercicio de los derechos de las personas en dicha
situación y la conducción del proceso de otorgamiento de las pensiones
por invalidez y las emergentes de las Leyes Nros. 25.869 y su
modificatoria y 26.928, en todo el territorio nacional.
Que por el mencionado decreto se dispuso que la conducción de la
AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD estará a cargo de UN (1) Director
Ejecutivo, con rango y jerarquía de Secretario y UN (1) Subdirector
Ejecutivo, con rango y jerarquía de Subsecretario, ambos designados por
el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que desde el inicio de su gestión este gobierno ha tomado distintas
medidas tendientes a ordenar y equilibrar las cuentas públicas,
transparentar el gasto y lograr que los recursos disponibles se dirijan
de manera eficiente a quienes más lo necesitan, con el objetivo de
potenciar el crecimiento económico y el desarrollo del país.
Que por el Decreto Nº 599/25, entre otros extremos, se limitó la
designación del doctor Diego Orlando SPAGNUOLO en el cargo de Director
Ejecutivo del referido organismo, con fundamento en las razones de
público conocimiento y con el fin de que el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
efectúe las investigaciones que resulten necesarias.
Que, en ese contexto, resulta imperativo llevar a cabo una ordenada y
completa investigación del organismo y, en su caso, promover una
reorganización funcional que permita el cumplimiento de las funciones
que se le han encomendado, ajustado a los principios rectores de
transparencia, de igualdad en el trato, de eficacia y de eficiencia.
Que, en virtud de ello, deviene necesario disponer la Intervención de
la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD para que los objetivos tenidos en
vista al momento de la constitución del organismo sean efectivamente
alcanzados.
Que en caso de que en el marco de la Intervención se detecten anomalías
o incumplimientos a la normativa vigente, el Interventor deberá
informar con precisión su gravedad económica y el impacto que ocasionan
o han ocasionado sobre la gestión desarrollada, debiendo aportar la
totalidad de la información o documentos de trabajo respectivos.
Que corresponde que el Interventor disponga las medidas necesarias para
asegurar mecanismos ágiles y transparentes en la gestión de las
prestaciones a cargo de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, con
especial foco en su sistema de compras y contrataciones.
Que, por su parte, por el Decreto N° 836/24 se designó a la doctora
Romina Gisele NUÑEZ en el cargo de Subdirectora Ejecutiva de la AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE SALUD.
Que en atención a la Intervención propiciada por el presente,
corresponde limitar la designación de la doctora Romina Gisele NUÑEZ en
el referido cargo.
Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese la intervención de la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE SALUD, por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos.
Dicho período podrá ser prorrogado por el mismo plazo por el Titular del MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 2°.- Desígnase Interventor de la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE SALUD, al doctor Alejandro Alberto VILCHES (D.N.I. N°
12.890.282).
ARTÍCULO 3°.- Limítase la designación de la doctora Romina Gisele NUÑEZ
(D.N.I. N° 32.363.063) en el cargo de Subdirectora Ejecutiva de la
AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado actuante en
la órbita del MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 4°.- En el ejercicio de su cargo, el Interventor tendrá las
facultades de gobierno y administración que el Decreto N° 698 del 5 de
septiembre de 2017 y sus modificatorios le asigna al Director Ejecutivo
de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.
En caso de detectarse alguna anomalía o incumplimiento, el Interventor
deberá informar con precisión su significatividad económica y el
impacto que ocasionan o han ocasionado sobre la gestión, debiendo
aportar la totalidad de información o documentos de trabajo
respectivos, asesorando sobre las acciones y medidas que corresponda
adoptar en cada caso.
ARTÍCULO 5°.- Déjase establecido que en el marco de la Intervención
dispuesta en el artículo 1º del presente el Interventor tendrá que
elaborar un informe de intervención, en el cual deberá detallarse el
estado general de la situación relevada y las recomendaciones a seguir,
así como asegurar mecanismos ágiles y transparentes en la gestión de
las prestaciones a cargo de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, con
especial foco en su sistema de compras y sus contrataciones.
ARTÍCULO 6°.- Facúltase al MINISTERIO DE SALUD a dictar las normas
complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para la
implementación del presente decreto.
ARTÍCULO 7°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Mario Iván Lugones
e. 22/08/2025 N° 60645/25 v. 22/08/2025