AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 38/2025
RESOL-2025-38-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2025-87730234- -APN-DCCYS#AABE y su asociado
Nº EX-2025-11628257-APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.023 de fecha
13 de agosto de 2001, 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de
fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015,
1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016, 29 de fecha 10 de enero de
2018, 950 de fecha 24 de octubre 2024, la Decisión Administrativa Nº
249 del 5 de marzo de 2018, todos ellos con sus modificatorios y/o
complementarios, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del
Estado Nacional aprobado por la Resolución N° 177 (Texto Ordenado)
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de julio de 2022, su
modificatoria Resolución N° 60 de fecha 6 de noviembre de 2024
(RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) y la Resolución Nº 78
(RESFC-2025-78-APN-AABE#JGM) de fecha 8 de agosto de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que por el primer Expediente citado en el Visto tramita el
procedimiento de Subasta Pública Nº 392-0060-SPU25, que tiene por
objeto la venta del Inmueble sito en la Avenida Del Mar, Avenida De los
Tritones, Avenida Eolo y calle sin nombre, Localidad y Partido de
PINAMAR, Provincia de BUENOS AIRES, identificado catastralmente como:
Partido 124 - Circunscripción IV – Sección L – Manzana 23, vinculado al
RENABE bajo el CIE 0600027255/3 y el CIE 0600414445/1, con una
superficie según mensura de SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS
CUADRADOS CON OCHENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (7.242,85 m2), según
requerimiento formulado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS
INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS de esta Agencia.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de
2012 se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO,
organismo descentralizado actualmente en la órbita de la VICEJEFATURA
DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de toda la
actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO
NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes
inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos
estatales.
Que mediante Decisión Administrativa Nº 249 del 5 de marzo de 2018 se
autorizó a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en los
términos del artículo 20 del Anexo al Decreto Nº 2.670 de fecha 1º de
diciembre de 2015 y sus modificatorios, a disponer y enajenar el
inmueble objeto de la presente medida.
Que mediante el Decreto Nº 950 (DECTO-2024-950-APN-PTE) de fecha 24 de
octubre de 2024, el Poder Ejecutivo de la Nación estableció que la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO impulsará los
procedimientos de enajenación de los inmuebles del ESTADO NACIONAL
objeto de los Decretos Nros. 952/16, 1064/16, 1173/16, 225/17, 928/17,
355/18, 1088/18, 345/19 y 518/19 y de las Decisiones Administrativas
Nros. 249/18, 24/19, 317/19 y 610/19 que no hubieran sido enajenados a
la fecha de entrada en vigor de esta, entre los cuales se encuentra el
bien objeto de la presente.
Que mediante la Resolución Nº 78 (RESFC-2025-78-APN-AABE#JGM) de fecha
8 de agosto de 2025, se desafectó, en los términos del artículo 29 del
Anexo al Decreto Nº 2.670/15 y sus modificatorios, el sector del bien
inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, en jurisdicción del MINISTERIO
DE SEGURIDAD NACIONAL - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, ubicado en la
Avenida del Mar, Avenida De Los Tritones, Avenida Eolo y Calle sin
nombre, Localidad de PINAMAR, Partido de PINAMAR, Provincia de BUENOS
AIRES; identificado catastralmente como Partido 124 - Circunscripción
IV - Sección L - Manzana 23 (Parte), con una superficie de TRES MIL
CUATROCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO DECÍMETROS
CUADRADOS (3.430,35 m2), correspondiente al CIE Nº 0600414445/1.
Que los procedimientos de selección que involucran bienes inmuebles,
propiedad del Estado Nacional, se rigen por el Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto
Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y
complementarios.
Que el artículo 4º del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado mediante el Decreto Nº 1.030 de fecha
15 de septiembre de 2016 estableció que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, en su carácter de Órgano Rector de toda la actividad
inmobiliaria del ESTADO NACIONAL, dictaría el Reglamento de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que mediante Resolución Nº 177 (Texto Ordenado)
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de julio de 2022 y su
modificatoria Resolución N° 60 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) de fecha 6
de noviembre de 2024, se aprobó el Reglamento de Gestión de Bienes
Inmuebles del Estado Nacional, siendo de aplicación supletoria al
mismo, el Reglamento aprobado por el Decreto antedicho.
Que conforme lo establecido en el artículo 82 del Reglamento aprobado
por dicha Resolución, la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
aprobará el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que hasta tanto se apruebe el mencionado Pliego Único, será de
aplicación el aprobado mediante la Disposición Nº 63-E de fecha 27 de
septiembre 2016, modificada por la Disposición Nº 62 de fecha 30 de
junio de 2024 (DI-2024-62-APN-ONC#JGM), ambas de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES.
Que el artículo 44 del Reglamento Anexo al Decreto Nº 2.670/15 y sus
modificatorios, establece que todo acto de disposición de inmuebles
propiedad del Estado Nacional será centralizado por la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que conforme lo establecido por el Decreto Nº 29 de fecha 10 de enero
del 2018 y el artículo 81 del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles
del Estado Nacional, se implementó en forma obligatoria el Sistema de
Gestión Electrónico “SUBAST.AR”, como medio para efectuar en forma
electrónica todos los procedimientos de Subasta Pública que realicen
las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional.
Que la ESCRIBANÍA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN mediante Nota
NO-2024-28284606-APN-EGN de fecha 18 de marzo de 2024, tomó la
intervención de su competencia.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES
HISTÓRICOS, a través de la Nota NO-2025-30802464-APN-CNMLYBH#SC de
fecha 25 de marzo de 2025, indicó que el inmueble en trato carece de
valor patrimonial.
Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, indicó mediante Dictamen de
Valor IF-2025-73562005-APN-TTN#MEC en la reunión celebrada el día 3 de
julio de 2025, la tasación del inmueble en trato, resolviendo fijar su
Valor Venal al contado, desocupado, considerado sin mejoras, en la suma
de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SEIS MILLONES ($ 4.806.000.000,-) o su
equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES OCHOCIENTOS
SESENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 96/100 (US$ 3.860.240,96.-),
informando, su Valor Base de Venta, en los términos del artículo 21 del
Anexo del Decreto N° 2.670/15, en la suma de PESOS CUATRO MIL
QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS MIL ($4.565.700.000,-)
o su equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES SEISCIENTOS
SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 79/100 (US$
3.674.698,79) todos los valores a un tipo de cambio BNA DE $/US$ 1.245,
a fecha de la citada reunión.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS
COMUNITARIOS, mediante Informe IF-2025-87224013-APN-DNSIYAC#AABE de
fecha 8 de agosto de 2025, solicitó a la DIRECCIÓN DE COMPRAS,
CONTRATACIONES Y SUBASTAS llevar a cabo la Subasta Pública del
Inmueble, con un valor base de subasta de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES
MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 96/100 (USD
3.860.240,96.-).
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS de esta Agencia,
elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y consideró que
el procedimiento apropiado para llevar a cabo la Subasta Pública del
inmueble.
Que el presente trámite encuadra en el procedimiento de Subasta Pública
contemplado en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios y en los artículos 78, 91 y
subsiguientes del Capítulo VI, Título II de la PARTE ESPECIAL del
Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado
por la Resolución Nº 177 (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de
julio de 2022 y su modificatoria Resolución Nº 60
(RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) de fecha 6 de noviembre de 2024.
Que a tal efecto corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares, que regirá la Subasta Pública, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 11, inciso b) del Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios.
Que siguiendo lo dispuesto por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16,
resulta oportuno delegar en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la emisión de circulares modificatorias
para este procedimiento de contratación, con los alcances y excepciones
allí previstas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Agencia ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 9º incisos a) y b) del Reglamento Anexo al
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado
mediante el Decreto Nº 1.030/16 sus respectivas normas modificatorias
y/o complementarias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la convocatoria, mediante el procedimiento de
Subasta Pública Nº 392-0060-SPU25, que tiene por objeto la venta del
Inmueble sito en la Avenida Del Mar, Avenida De los Tritones, Avenida
Eolo y calle sin nombre, Localidad y Partido de PINAMAR, Provincia de
BUENOS AIRES, identificado catastralmente como: Partido 124 -
Circunscripción IV – Sección L – Manzana 23, vinculado al RENABE bajo
el CIE 0600027255/3 y el CIE 0600414445/1 con una superficie según
mensura de SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON
OCHENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (7.242,85 m2), de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios y los artículos 78, 91 y subsiguientes
del Capítulo VI del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del
Estado Nacional, aprobado por la Resolución Nº 177
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de julio de 2022, su
modificatoria Resolución Nº 60 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) de fecha 6
de noviembre de 2024, según requerimiento formulado por la DIRECCIÓN
NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS de esta
Agencia.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
identificado como PLIEG-2025-92301170-APN-DCCYS#AABE, que como ANEXO
forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Los recursos que ingresen con motivo de la presente
subasta, deducidos los gastos, se afectarán de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 15 del Decreto Nº 1.382/12, modificado por el
Decreto N° 186 de fecha 12 de marzo de 2025.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 5º.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la facultad para emitir circulares
modificatorias en el marco del presente procedimiento de contratación,
de conformidad con lo establecido por el artículo 50 del Decreto N°
1.030/16.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolás Alberto Pakgojz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/08/2025 N° 60806/25 v. 25/08/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)