SECRETARÍA DE CULTURA
Resolución 300/2025
RESOL-2025-300-APN-SC
Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-83971562- -APN-DGDYD#SC, las
Resoluciones N° 389 del 09 de mayo de 2017 y N° 747 del 21 de junio de
2023 del entonces MINISTERIO DE CULTURA, la Resolución Conjunta N° 4
del 23 de mayo de 2022 del ex MINISTERIO DE CULTURA y del TEATRO
NACIONAL CERVANTES, las Resoluciones, N° 75 del 04 de diciembre de 2024
y N° 38 del 12 de marzo de 2025 de la SECRETARÍA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Decretos N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios y N° 531 del 01 de agosto de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 389/17 del entonces MINISTERIO DE CULTURA, se
creó el Programa de Apoyo y Articulación “CASAS DE LA HISTORIA Y LA
CULTURA DEL BICENTENARIO”, cuyo funcionamiento se estableció bajo la
órbita de la entonces SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA de la ex
SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD.
Que mediante la Resolución Conjunta N° 4/22 del entonces MINISTERIO DE
CULTURA y del TEATRO NACIONAL CERVANTES se crea el Programa “RED
FEDERAL DE TEATROS” bajo la órbita de la entonces UNIDAD DE GABINETE DE
ASESORES del ex MINISTERIO DE CULTURA.
Que por la Resolución N° 747/23 del entonces MINISTERIO DE CULTURA, se
creó el PROGRAMA MICA - MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES en el marco de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES, dependiente de la ex
SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL.
Que por la Resolución N° 75/24 de la SECRETARÍA DE LA CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se estableció que el PROGRAMA MICA - MERCADO
DE INDUSTRIAS CULTURALES y el Programa de Apoyo y Articulación “CASAS
DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO” funcionarán bajo la
órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de
acuerdo con los objetivos propios de esta Secretaría.
Que a través de la Resolución N° 38/25 de la SECRETARÍA DE CULTURA de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se estableció el funcionamiento de los
Programas “MICA - MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES” y Apoyo y
Articulación “CASAS DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO” bajo
la órbita de la DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL de
esta SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que en virtud del Decreto N° 50/19, modificado en último término por su
similar N° 531/25, se estableció entre los objetivos de la
Subsecretaría de Promoción Cultural y Artística: “Diseñar y coordinar
políticas y acciones destinadas a la promoción de industrias vinculadas
a la cultura y creatividad, tendientes a impulsar la creación de
puestos de trabajo en el sector y proteger su desarrollo,
perfeccionamiento y difusión”.
Que en atención a la responsabilidad primaria y acciones asignadas a la
mentada Subsecretaría resulta procedente encomendar la ejecución de los
Programas “MICA - Mercado de Industrias Culturales”, “Apoyo y
Articulación Casas de la Historia y la Cultura del Bicentenario” y “Red
Federal de Teatros” a la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y
ARTÍSTICA de esta SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, en ese sentido, la presente medida responde a criterios de
eficiencia en la asignación de recursos y de racionalización de las
estructuras administrativas, con el objeto de optimizar la ejecución de
los programas culturales en el marco de una política pública
transparente, eficaz y orientada a resultados. La centralización
operativa bajo una única Subsecretaría permitirá eliminar
superposiciones, mejorar los mecanismos de control y seguimiento y
garantizar una utilización responsable y eficiente del gasto público,
conforme los lineamientos establecidos por esta gestión de gobierno.
Que la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL
de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la
intervención de su competencia, en el marco del Artículo 18 del Decreto
Nº 993/24.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Encomiéndase a la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y
ARTÍSTICA de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la
ejecución de los Programas “MICA - MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES”;
“Apoyo y Articulación CASAS DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL
BICENTENARIO” y “RED FEDERAL DE TEATROS”.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN a realizar los arreglos presupuestarios pertinentes para dar
cumplimiento de lo dispuesto en la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Leonardo Javier Cifelli
e. 26/08/2025 N° 60987/25 v. 26/08/2025