SECRETARÍA DE CULTURA
Resolución 319/2025
RESOL-2025-319-APN-SC
Ciudad de Buenos Aires, 25/08/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2024-91861982- -APN-SSGA#MCH, las Leyes Nros.
22.520 y sus modificatorias, 27.701 y sus normas modificatorias y
complementarias, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de
2008, sus modificatorios y complementarios, 958 de fecha 25 de octubre
de 2024, 989 de fecha 5 de noviembre de 2024, 1131 de fecha 27 de
diciembre de 2024, 1148 de fecha 30 de diciembre de 2024, las
Decisiones Administrativas Nros. 908 de fecha 18 de octubre de 2017,
506 de fecha 23 de junio de 2023, N° 3 de fecha 15 de enero de 2025 y
CONSIDERANDO:
Que los funcionarios mencionados en el ANEXO I
(IF-2025-93495092-APN-DGRRHH#SC) y ANEXO II (IF-
2025-63115090-APN-DGRRHH#SC), que forman parte integrante de la
presente medida, fueron designados para ocupar los cargos de Directora
Nacional de Elencos Estables y Coordinador de Coros de la Dirección
Artístico - Técnica de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ELENCOS ESTABLES,
conforme las Decisiones Administrativas Nros. 908 de fecha 18 de
octubre de 2017 y 506 de fecha 23 de junio de 2023 respectivamente.
Que por el Decreto N° 1131/24 se dispuso que a partir del 1° de enero
de 2025 regirán las disposiciones de la Ley de Presupuesto General de
la Administración Nacional N° 27.701 en los términos del Decreto N°
88/23, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 3/2025 se distribuyeron los
recursos y los créditos presupuestarios para dar inicio a la ejecución
del Ejercicio Fiscal 2025.
Que por el Decreto Nº 958/24 se autoriza al JEFE DE GABINETE DE
MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA de la
NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de
Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos
ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de
personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango
y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados
presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas
vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los
organismos descentralizados que funcionen en su órbita.
Que por el Decreto N° 989/24 se modificó en último término la Ley de
Ministerios, suprimiendo las competencias asignadas al MINISTERIO DE
CAPITAL HUMANO en todo lo concerniente a la cultura e incorporando la
SECRETARÍA DE CULTURA como Secretaría Presidencial.
Que no habiéndose efectuado la correspondiente convocatoria al proceso
de selección y siendo que los funcionarios continúan prestando
servicios, razones operativas hacen necesario prorrogar las
designaciones transitorias de los agentes.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que, en el mismo sentido, en virtud del artículo 2° del Decreto N°
1148/24 se exceptuó de la prohibición genérica de efectuar
designaciones y/o contrataciones de personal de cualquier naturaleza, a
las prórrogas de tales designaciones transitorias y de contratos (inc.
c).
Que cada una de las prórrogas de las designaciones transitorias que se
dispongan no podrá exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles.
Que el gasto que deviene de la gestión promovida fue atendido oportunamente.
Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL
de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la
intervención de su competencia en virtud de lo dispuesto por el
artículo 18 del Decreto N° 993/2024.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 2º del Decreto Nº 958/24.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTURA
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Dase por prórrogadas, a partir de las fechas que se
indican en cada caso y hasta el 26 de septiembre de 2024, las
designaciones transitorias de los funcionarios de la entonces
SECRETARÍA DE CULTURA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, actual
SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN detalladas en el
ANEXO I (IF-2025-93495092-APN-DGRRHH#S), el cual forma parte integrante
de la presente medida, autorizándose el correspondiente pago de la
Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por
el Decreto Nº 2.098/08, sus modificatorios y complementarios, y con
autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2º.- Dase por prórrogadas, a partir del 27 de septiembre de
2024 y por el término que se detalla en cada caso, las designaciones
transitorias de los funcionarios de la SECRETARÍA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, indicadas en el ANEXO II
(IF-2025-63115090-APN-DGRRHH#SC), el cual forma parte integrante de la
presente medida, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por
el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº
2.098/08, sus modificatorios y complementarios, y con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el
artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 3º.- Los cargos involucrados en la presente medida, deberán
ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes
según lo establecido, respectivamente, en el Título II -Capítulos III,
IV y VIII- y el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado
por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del
27 de septiembre de 2024.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO
Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL
ESTADO, dentro de los CINCO (5) días de dictado, conforme lo dispuesto
por el artículo 3° de la Resolución N° 20/24 del mentado Ministerio.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Leonardo Javier Cifelli
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/08/2025 N° 61750/25 v. 27/08/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)