Disposición 1265/2025
DISFC-2025-1265-APN-PNA#MSG
Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2025
Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la
Navegación, mediante el expediente electrónico EX-2025-26078350-
-APN-DPSN#PNA, lo analizado por la Dirección de Planeamiento, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto N° 891/2017, se aprobaron las “BUENAS
PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al Sector Público
Nacional, entre cuyos objetivos, está el de garantizar la mejora
continua de los procesos.
Que la Resolución N° 390/2018 del Ministerio de Seguridad (actual
Ministerio de Seguridad Nacional), establece los “PRINCIPIOS RECTORES
DE LAS BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al
MINISTERIO DE SEGURIDAD y las Fuerzas Policiales y de Seguridad
Federales.
Que el “Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre
(REGINAVE)”, aprobado mediante el Decreto DECTO-2025-37-APN-PTE, fue
adaptado a la reglamentación nacional con el propósito de otorgar al
sector administrado mayor dinamismo, simplicidad y operatividad,
facilitando el acceso de los usuarios a sus requerimientos sin cargas
ni dilaciones innecesarias.
Que, la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, como órgano
competente en la gestión de las normas concernientes al ordenamiento
técnico administrativo y operativo de la navegación, promueve las
derogaciones de las siguientes normas: Ordenanza Marítima N° 2/75
(DPSN) “REINSCRIPCIÓN DE TÉCNICOS EN DESGASIFICACIÓN DE BUQUES,
ARMADORES, AGENTES MARÍTIMOS, PERITOS NAVALES Y BOTEROS” y la Ordenanza
N° 2/17 (DPSN) “ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO GENERAL MATRIZ DEL PERSONAL
EMBARCADO DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL”, correspondientes al Tomo 5
“Régimen del Personal de la Marina Mercante”.
Que, la derogación de las nomas citadas obedece al análisis integral
efectuado por las áreas técnicas competentes de la Dirección de Policía
de Seguridad de la Navegación, las cuales evaluaron, informaron y
determinaron la obsolescencia de estas -conforme a su campo de
ocupacional específico-.
Que esta iniciativa contribuye a la depuración, ordenamiento y
actualización del Sistema General de Publicaciones de la Prefectura
Naval Argentina, simplificando el marco normativo y promoviendo una
mayor transparencia y efectividad en la gestión.
Que la Dirección de Planeamiento, como organismo rector en la
administración del sistema reglamentario de la organización, analizó la
propuesta, verificando el cumplimiento de todos los requisitos
establecidos por la normativa vigente.
Que ha tomado intervención la Asesoría Jurídica de la organización, mediante el Dictamen Jurídico IF-2025-48582101-APN-PNAR#PNA.
Que el Decreto Nº 70/2023 (DNU-2023-70-APN-PTE) instruye a que el
Estado Nacional promueva y asegure la vigencia efectiva de un sistema
económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre
concurrencia.
Que esta instancia está facultada para dictar el correspondiente acto
administrativo, de acuerdo con lo normado en el Artículo 5º, inciso a),
apartado 2) de la “Ley General de la Prefectura Naval Argentina” Nº
18.398 y sus modificatorias.
Por ello,
EL PREFECTO NACIONAL NAVAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- DERÓGANSE las siguientes Ordenanzas:
· Ordenanza Marítima N° 2/75 (DPSN) del Tomo 5 “Régimen del Personal de
la Marina Mercante” titulada “REINSCRIPCIÓN DE TÉCNICOS EN
DESGASIFICACIÓN DE BUQUES, ARMADORES, AGENTES MARÍTIMOS, PERITOS
NAVALES Y BOTEROS”.
· Ordenanza N° 2/17 (DPSN) del Tomo 5 “Régimen del Personal de la
Marina Mercante” titulada “ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO GENERAL MATRIZ
DEL PERSONAL EMBARCADO DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL”.
ARTÍCULO 2º.- Las Ordenanzas señaladas dejarán de tener vigencia a
partir de la publicación de este acto administrativo en el Boletín
Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 3º.- Por la Dirección de Planeamiento, procédase a la
publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, en el
Boletín Público de la Prefectura Naval Argentina y la actualización del
sitio web oficial de la organización.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Alejandro Paulo Annichini - Guillermo José Giménez Perez - Marcelo Adrian del Giorgio
e. 10/09/2025 N° 65761/25 v. 10/09/2025