AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DIRECCIÓN REGIONAL NEUQUÉN
Disposición 65/2025
DI-2025-65-E-ARCA-DIRNEU#SDGOPII
Neuquén, Neuquén, 09/09/2025
VISTO la Disposición DI-2025-32-E-AFIP-DIRNEU#SDGOPII (GDE
DI-2025-01590177-AFIP-DIRNEU#SDGOPII) de fecha 25/04/2025, mediante la
cual se estableció el Régimen de Reemplazos Transitorios para casos de
ausencia o impedimento de las Jefaturas de Unidades de Estructura de
esta Dirección Regional Neuquén; y
CONSIDERANDO
Que creada la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mediante
el Decreto N° 953 de fecha 24/10/2024, se propició el aprovechamiento
racional de los recursos humanos y materiales de la misma con la puesta
en funcionamiento de una estructura organizativa simplificada - Decreto
N° 13 del de fecha 6/01/2025 -.
Que las circunstancias detalladas generaron modificaciones
significativas en la estructura y funcionamiento de la Institución en
general y de esta Dirección Regional Neuquén, en particular.
Que en virtud de ello la División Fiscalización N° 2 de esta Dirección
Regional, surge como la primera área a revisar y actualizar en su
registro de reemplazos transitorios ante casos de ausencia o
impedimento de su Jefatura (Int.).
Que en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 6°
del Decreto N° 618/97 y Disposición 7-E- 2018 (AFIP) procede disponer
en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR (INT.) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL NEUQUÉN
DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE
ARTICULO 1°: Establecer un nuevo Régimen de Reemplazos Transitorios
para casos de ausencia o impedimento de la Jefatura (Int.) de División
Fiscalización N° 2 de esta Dirección Regional Neuquén, adecuándolo
conforme lo dispuesto en la planilla anexa al presente Artículo.
ARTÍCULO 2°: Modificar y complementar el Régimen de Reemplazos
Transitorios para casos de ausencia o impedimento de las Jefaturas de
Unidades de Estructura de esta Dirección Regional Neuquén, Disposición
DI-2025-32-E-AFIP-DIRNEU#SDGOPII de fecha 25/04/2025, en lo que refiere
estrictamente a la Unidad mencionada en el artículo anterior,
adecuándolo conforme lo dispuesto en la mentada planilla Anexa.
ARTÍCULO 3°: Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial, y archívese
Diego Martin Amatte
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/09/2025 N° 67286/25 v. 15/09/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)