ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 654/2025
Resolución RESOL-2025-654-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 2008
Expediente EX-2023-130692277-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 16 de SEPTIEMBRE de 2025
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso a la Capacidad de
Transporte Existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA
ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.), a requerimiento de la empresa CEMENTOS
AVELLANEDA SOCIEDAD ANÓNIMA (CEMENTOS AVELLANEDA S.A.), para la
conexión de su nuevo Parque Eólico (PE) CEMENTOS AVELLANEDA de 28 MW,
ubicado en el Partido de Olavarría, Provincia de BUENOS AIRES, a
conectarse al Sistema Argentino de Interconexión (SADI), en barras de
132 kV de la Estación Transformadora (ET) Calera Avellaneda de 132/33
kV, jurisdicción de la empresa TRANSBA S.A.
2.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso a la Capacidad de
Transporte Existente presentada por TRANSBA S.A., a requerimiento de la
empresa YPF LUZ SOCIEDAD ANÓNIMA (YPF LUZ S.A.), para la conexión de su
nuevo PE CASA YPF LUZ de 35 MW ubicado en el Partido de Olavarría,
Provincia de BUENOS AIRES, a conectarse al SADI, en barras de 33 kV de
instalaciones de la empresa CEMENTOS AVELLANEDA S.A. vinculadas a la ET
Calera Avellaneda, jurisdicción de la empresa TRANSBA S.A.
3.- Las publicaciones ordenadas en los artículos 1 y 2 se realizarán
mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo
propio en la suya, debiendo efectuarse ambas publicaciones en un plazo
de CINCO (5) días hábiles administrativos, y otorgando un plazo de
CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente
al de la última publicación efectuada, para que quién lo considere
procedente, presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una
optimización del funcionamiento técnico - económico del Sistema
Argentino de Interconexión (SADI), o presente observaciones u
oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo.
4.- Establecer que, en caso de que se plantee una oposición fundada o
que sea común a otros usuarios, se convocará a Audiencia Pública a fin
de recibir las oposiciones y de permitir al solicitante del Acceso a la
Capacidad de Transporte Existente contestarlas y exponer sus
argumentos.
5.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el
artículo 3 del presente acto, sin que se registren presentaciones de
oposición fundadas en los términos descriptos o proyecto alternativo
superador, se considerarán otorgados los accesos referidos en los
artículos 1 y 2, y se procederá a indicar esta condición en el Registro
Informativo de Accesos de la Red Eléctrica de su página de Internet e
informará a las partes.
6.- Una vez otorgado el Acceso publicado en el artículo 1 de la
presente resolución se considerará autorizada la Ampliación Menor en la
ET Calera Avellaneda, consistente en la extensión de las barras de 132
kV, mediante la construcción de UN (1) campo de acoplamiento
longitudinal con seccionador e interruptor y se incluirá en el
“Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y
Distribución” de la página de Internet del ENRE. 7.- Los solicitantes
deberán dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por
TRANSBA S.A., CAMMESA, el Departamento Ambiental (DAM) y el
Departamento de Seguridad Pública (DSP) del ENRE. 8.- Notifíquese a
TRANSBA S.A., CEMENTOS AVELLANEDA S.A.; YPF LUZ S.A. y a CAMMESA.
9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Firmado: Interventor del ENRE, Dr. Néstor Marcelo Lamboglia.-
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.
e. 17/09/2025 N° 68493/25 v. 17/09/2025