MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 1139/2025
RESOL-2025-1139-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 23/09/2025
VISTO el Expediente EX-2025-86132706- -APN-UOPNR#MSG, la Ley N° 26.538,
la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio
de 2016 y sus modificatorias, y la Resolución del MINISTERIO DE
SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la UNIDAD FUNCIONAL DE INVESTIGACIÓN Nº 12 ESPECIALIZADA EN
VIOLENCIA DE GÉNERO Y DELITOS DE ABUSO SEXUAL INTRAFAMILIAR de Morón,
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a cargo del Doctor Hernán MOYANO, tramita la
I.P.P. PP-10-00-029604-21/00, caratulada “MAUDET, DAMIAN ANIBAL S/ABUSO
SEXUAL”, con intervención del Juzgado de Garantías Nº 1 Departamental a
cargo de la Doctora Laura PINTO.
Que la mencionada UNIDAD FUNCIONAL solicitó a este Ministerio, mediante
oficio del 21 de julio de 2025, que se ofrezca recompensa para aquellas
personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden
datos útiles que permitan lograr la captura de Damián Aníbal MAUDET,
titular del DNI N°29.270.369, de nacionalidad argentina, nacido el 23
de marzo de 1982, con último domicilio conocido en Suipacha 1129,
Marcos Paz, PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Que Damián Aníbal MAUDET se encuentra investigado, en orden al delito
de abuso sexual gravemente ultrajante de un menor de 13 años agravado
por la situación de ascendiente y por la situación de convivencia
preexistente, reiterado (HECHO I, II, IV); Amenazas agravadas por el
uso de arma (HECHO III Y V), todos ellos en concurso real entre si,
figuras previstas y reprimidas en los arts. 54, 55, 119 segundo y
cuarto párrafo en función del inc. b) y f); 149 bis primer párrafo
segunda parte, del CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA.
Que sobre el precitado MAUDET, pesa orden de captura desde el 11 de abril del corriente año.
Que el nombrado posee las siguientes características físicas:
contextura corporal robusta, de cabello de color castaño oscuro, ojos
color castaños oscuros, altura aproximada 1.80 mts. barba oscura.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL hará
el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido,
según lo estime la titular de esta cartera.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias y la
RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000)
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos
delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de
Damián Aníbal MAUDET, titular del DNI N° 29.270.369, de nacionalidad
argentina, nacido el 23 de marzo de 1982, con último domicilio conocido
en Suipacha 1129, Marcos Paz, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 2°. - Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente a la línea gratuita 134 del PROGRAMA NACIONAL DE
RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y
RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio.
ARTÍCULO 3°. - El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta cartera
de Estado previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada a fin de
preservar la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4°. - Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y
el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o
televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°. - Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad
Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus
formas, del afiche que obra como (IF-2025-94851766-APN-DNNYRPJYMP#MSG)
correspondiente a la recompensa ofrecida y que forma parte integrante
de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/09/2025 N° 71270/25 v. 26/09/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)