ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 674/2025
Resolución RESOL-2025-674-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 2009
Expediente EX-2024-138386460-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 26 de SEPTIEMBRE de 2025
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte
Existente requerido por la empresa GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA (GENNEIA
S.A.), para vincular el Parque Eólico (PE) Hucalito de 175,5 MW,
ubicado en el Departamento Hucal, Provincia de LA PAMPA, que se
conectará a la red de transporte de la ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE
ENERGÍA DE LA PAMPA (APELP) en la nueva Estación Transformadora (ET)
Hucalito mediante el seccionamiento de la Línea de Alta Tensión (LAT)
de 132 kV General Acha - Guatraché, jurisdicción de APELP, que actuará
en calidad de Prestador Adicional de la Función Técnica de Transporte
(PAFTT).
2.- La publicación ordenada en el artículo 1 de este acto se realizará
mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo
propio en la suya, debiendo realizarse ambas publicaciones por un plazo
de CINCO (5) días hábiles administrativos. Asimismo, se otorga un plazo
de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde el día
siguiente al de la última publicación efectuada, para que quién lo
considere procedente presente ante el ENRE, por escrito, un proyecto
alternativo de Acceso, que produzca una optimización del funcionamiento
técnico - económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI), o
presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de
perjuicios para el mismo.
3.- Establecer que, en caso de existir presentaciones fundadas, comunes
entre varios usuarios, se convocará a una Audiencia Pública, para
permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos.
4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el
artículo 2 del presente acto, sin que se registren presentaciones de
oposición fundadas en los términos descriptos, o de un proyecto
alternativo superador, se considerará otorgado el acceso referido en el
artículo 1, se procederá a indicar esta condición en el Registro
Informativo de Accesos a la Capacidad de Transporte Existente de la
página de Internet del ENRE y se informará a las partes.
5.- Una vez otorgado el Acceso referido en el artículo 1, se
considerará aprobada la Ampliación Menor, consistente en la provisión
de un nuevo transformador de repuesto, de 500/132/13,2 kV de similares
características al existente y potencia nominal de 150 MVA, el cual
quedará como reserva fría; reemplazo de los actuales transformadores de
corriente del campo 1 132 kV de 600 A por unos de mayor capacidad; y
relevamiento del resto del equipamiento de playa y todo el equipo que
deba ser reemplazado para que las instalaciones actuales puedan operar
en el nuevo estado de carga de 150 MVA. La Ampliación Menor será
inscripta en el “Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de
Transporte y Distribución” de la página de Internet del ENRE.
6.- El solicitante deberá dar cumplimiento a todos los requerimientos
técnicos indicados por la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA
EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.), la EMPRESA
DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.), APELP y
CAMMESA.
7.- Notifíquese a TRANSENER S.A., TRANSBA S.A, APELP, GENNEIA S.A. y CAMMESA.
8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Firmado: Interventor del ENRE, Dr. Néstor Marcelo Lamboglia. -
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.
e. 30/09/2025 N° 72054/25 v. 30/09/2025