SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN
Resolución 354/2025
RESOL-2025-354-APN-SIGEN
Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-84718719-APN-SIGEN, la Ley N° 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional, la Ley de Ministerios N° 22.520, sus complementarias
y modificatorias, los Decretos N° 650 del 17 de septiembre de 2019, N°
50 del 19 de diciembre de 2019, N° 8 del 10 de diciembre de 2023 y N°
658 del 12 de septiembre de 2025 con sus complementarios y
modificatorios, la Decisión Administrativa N° 797 del 17 de septiembre
de 2019, las Resoluciones SIGEN N° 185 del 10 de junio de 2020 y Nº 297
del 31 de diciembre de 2020, sus complementarias y modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 103 de la Ley N° 24.156, establece que el modelo de
control que aplique y coordine la Sindicatura deberá ser integral e
integrado, abarcar los aspectos presupuestarios, económicos,
financieros, patrimoniales, normativos y de gestión, la evaluación de
programas, proyectos y operaciones y estar fundado en criterios de
economía, eficiencia y eficacia.
Que por el Decreto N° 50/2019 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
el cual fue modificado y complementado en diversas oportunidades.
Que por el Decreto N° 8/2023 se modificó la Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto Nº 438/1992), estableciendo los Ministerios que
tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y se
establecieron las Secretarías de Presidencia necesarias para
posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 658/2025 se adecuaron las previsiones de la
referida Ley de Ministerios para una mejor gestión de las atribuciones
asignadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que mediante la Resolución SIGEN Nº 297/2020 se aprobó la estructura
organizativa de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, las
Responsabilidades Primarias y Acciones y el ámbito de competencia de
cada una de las Gerencias de Control.
Que mediante la Resolución SIGEN Nº 185/2020 se creó, en el ámbito de
la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, el Observatorio de Políticas de
Género.
Que el artículo 1° del Decreto N° 650/2019 establece que las distintas
Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública
Nacional contarán con un Enlace de Integridad en el Ejercicio de la
Función Pública, el que tendrá las funciones de implementar estrategias
de sensibilización y capacitación en temas de transparencia, ética y
lucha contra la corrupción, realizando en el ámbito de su competencia
el seguimiento de aquellos asuntos que le sean remitidos, como así
también promover el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones
internacionales en materia de lucha contra la corrupción y reportar a
la OFICINA ANTICORRUPCIÓN sobre su nivel de avance.
Que por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 797/2019 se
establece que las competencias de los Enlaces de Integridad, cuando
existiera una unidad responsable en materia de Integridad Pública,
serán asumidas por la mencionada unidad.
Que considerando las responsabilidades asignadas normativamente a este
Organismo de Control, resulta necesario readecuar la estructura
organizativa de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN a las necesidades
del Estado Nacional.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud
de lo dispuesto por el artículo 112, inciso b), de la Ley N° 24.156.
Por ello,
EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprúebase la estructura organizativa de la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama, la
Responsabilidad Primaria y Acciones, y el Ámbito de Control y
Fiscalización, que como Anexos I.A, I.B, I.C, I.D, I.E, I.F, I.G, I.H,
I.I (IF-2025-108510099-APN-SIGEN), Anexo II
(IF-2025-108728855-APN-SIGEN) y Anexo III
(IF-2025-108439478-APN-SIGEN), respectivamente, forman parte integrante
de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Aclárase que, conforme a la normativa vigente, los
agentes que se desempeñen en el Área de Integridad Pública de la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN no recibirán remuneración adicional ni
suplemento alguno por las funciones que desarrollen.
ARTÍCULO 3°.- Deróganse las Resoluciones SIGEN N° 185/2020 y Nº 297/2020, sus complementarias y modificatorias
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la Entidad 109 -
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5°.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 1° de octubre de 2025.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Alejandro Fabian Diaz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2018/11/if-2025-108510099-apn-sigen.pdf
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2018/11/if-2025-108728855-apn-sigen.pdf
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2018/11/if-2025-108439478-apn-sigen.pdf
e. 03/10/2025 N° 73241/25 v. 03/10/2025