PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Disposición 1395/2025
DISFC-2025-1395-APN-PNA#MSG
Ciudad de Buenos Aires, 01/10/2025
Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la
Navegación, mediante el expediente electrónico EX-2025- 35691972-
-APN-DPSN#PNA, lo analizado por la Dirección de Planeamiento, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto N° 891/2017, se aprobaron las “BUENAS
PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al Sector Público
Nacional, entre cuyos objetivos, está el de garantizar la mejora
continua de los procesos.
Que mediante la Resolución N° 390/2018 del actual Ministerio de
Seguridad Nacional, se aprobaron los “PRINCIPIOS RECTORES DE LAS BUENAS
PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al MINISTERIO DE
SEGURIDAD y las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.
Que el “Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre
(REGINAVE)”, aprobado mediante el Decreto DECTO-2025-37-APN-PTE, fue
adaptado a la reglamentación nacional con el propósito de otorgar al
sector administrado mayor dinamismo, simplicidad y operatividad,
facilitando el acceso de los usuarios a sus requerimientos sin cargas
ni dilaciones innecesarias.
Que, la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, como órgano
competente en la gestión de las normas concernientes al ordenamiento
técnico-administrativo y operativo de la navegación, promueve la
derogación de la Ordenanza Marítima N° 10/87 (DPSN) del Tomo 5 “Régimen
del Personal de la Marina Mercante” titulada “SUFICIENCIA EN EL MANEJO
DE EMBARCACIONES DE SUPERVIVENCIA”.
Que, la derogación de la norma citada obedece al análisis integral
efectuado por las áreas técnicas competentes de la Dirección de Policía
de Seguridad de la Navegación, las cuales evaluaron, informaron y
determinaron la obsolescencia de esta -conforme a su campo de
ocupacional específico-.
Que esta iniciativa contribuye a la depuración, ordenamiento y
actualización del Sistema General de Publicaciones de la Prefectura
Naval Argentina, simplificando el marco normativo y promoviendo una
mayor transparencia y efectividad en la gestión.
Que la Dirección de Planeamiento, como organismo rector en la
administración del sistema reglamentario de la organización, analizó la
propuesta, verificando el cumplimiento de todos los requisitos
establecidos por la normativa vigente.
Que ha tomado intervención la Asesoría Jurídica de la Organización, mediante el Dictamen Jurídico IF-2025-90443994-APN-PNAR#PNA.
Que el Decreto DNU-2023-70-APN-PTE instruye a que el Estado Nacional
promueva y asegure la vigencia efectiva de un sistema económico basado
en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia.
Que esta instancia está facultada para dictar el correspondiente acto
administrativo, de acuerdo con los preceptos del Artículo 5º, inciso
a), apartado 2) de la Ley Nº 18.398 “Ley General de la Prefectura Naval
Argentina”.
Por ello,
EL PREFECTO NACIONAL NAVAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º. DERÓGASE la Ordenanza Marítima N° 10/87 (DPSN) del Tomo 5
“Régimen del Personal de la Marina Mercante” titulada “SUFICIENCIA EN
EL MANEJO DE EMBARCACIONES DE SUPERVIVENCIA”.
ARTÍCULO 2º. La Ordenanza señalada dejará de tener vigencia a partir de
la publicación de este acto administrativo en el Boletín Oficial de la
República Argentina.
ARTÍCULO 3º. Por la Dirección de Planeamiento, procédase a la
publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, en el
Boletín Público de la Prefectura Naval Argentina y la actualización del
sitio web oficial de la organización.
ARTÍCULO 4°. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo José Giménez Perez - Marcelo Adrian del Giorgio - Alejandro Paulo Annichini
e. 03/10/2025 N° 73456/25 v. 03/10/2025