PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Disposición 1415/2025
DISFC-2025-1415-APN-PNA#MSG
Ciudad de Buenos Aires, 06/10/2025
Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la
Navegación, mediante el expediente electrónico EX-2025-57723192-
-APN-DPSN#PNA, lo opinado por la Dirección de Inspectoría General, lo
analizado por la Dirección de Planeamiento, y
CONSIDERANDO:
Que, en función de su campo ocupacional, la Dirección de Policía de
Seguridad de la Navegación, entiende en la aplicación de las leyes y
reglamentaciones que rijan la navegación, especialmente en lo
concerniente a la seguridad de la navegación y del buque, salvaguarda
de la vida humana en las aguas navegables de la Nación, los servicios
de amarre, fondeo y remolque de buques y artefactos navales.
Que, el Departamento Reglamentación de la Navegación, se encarga del
control de la vigencia de las leyes, decretos, resoluciones y demás
disposiciones que regulan el ordenamiento administrativo de la
navegación, para coordinar y, si procede promover su derogación,
modificación o actualización.
Que el “Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre
(REGINAVE)”, aprobado mediante el Decreto DECTO-2025-37-APN-PTE,
establece que “Los buques argentinos de navegación marítima nacional o
internacional llevarán elementos de respeto de los equipos auxiliares
que resulten críticos para mantener la propulsión, el gobierno y los
servicios esenciales del buque durante la navegación, teniendo en
cuenta que tales elementos puedan ser utilizados por el personal del
buque con los recursos existentes a bordo. A tal efecto, el Armador
mantendrá a bordo el inventario de elementos de respeto que llevará el
buque en función al servicio, el perfil operacional y las normas sobre
seguridad de instalaciones de máquinas”.
Que, resulta necesario adecuar y actualizar la normativa nacional de
referencia mediante la emisión de un Volante Rectificativo a la
Ordenanza N° 1-20 (DPSN) del Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque”, a fin
de adecuar el texto normativo eliminando los elementos de respeto
requeridos para los tipos de navegación.
Que, para la elaboración final del documento, se ha conformado un grupo
de trabajo interdisciplinario compuesto por personal de las áreas
técnicas competentes de la Dirección de Policía de Seguridad de la
Navegación, quienes han prestado conformidad en orden a sus respectivas
competencias específicas.
Que la Dirección de Inspectoría General ha tomado la intervención,
mediante el Informe IF-2025-64141129-APN-DIGE#PNA, y considera que el
proyecto de la norma mencionada cumple con las pautas contempladas en
la Resolución SIGEN N° 162/2014.
Que la Dirección de Planeamiento, como organismo rector en la
administración del sistema reglamentario de la Prefectura Naval
Argentina, analizó la propuesta verificando el cumplimiento de todos
los requisitos establecidos por la normativa vigente.
Que, por otra parte, a nivel nacional mediante el Decreto N° 891/2017,
se aprobaron las “BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”,
aplicables al Sector Público Nacional, entre cuyos objetivos, está el
de garantizar la mejora continua de los procesos, circunstancia a la
cual se adapta la presente modificación.
Que mediante la Resolución N° 390/2018 del actual Ministerio de
Seguridad Nacional, aprobaron los “PRINCIPIOS RECTORES DE LAS BUENAS
PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al MINISTERIO DE
SEGURIDAD y las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.
Que ha tomado intervención la Asesoría Jurídica de la organización, mediante el Dictamen Jurídico IF-2025-90974239-APN-PNAR#PNA.
Que el Decreto Nº 37/2025 (DNU-2023-70-APN-PTE), instruye a que el
Estado Nacional promueva y asegure la vigencia efectiva de un sistema
económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre
concurrencia.
Que esta instancia está facultada para dictar el correspondiente acto
administrativo, de acuerdo con los preceptos del Artículo 5º, inciso a)
apartado 2 de la Ley Nº 18.398 “Ley General de la Prefectura Naval
Argentina”.
Por ello,
EL PREFECTO NACIONAL NAVAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º. APRUÉBASE el Volante Rectificativo N° 1-2025 a la
Ordenanza N° 1-20 (DPSN) Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque” titulada
“Normas de seguridad para instalaciones de máquinas navales y
prevención de incendios en embarcaciones equipadas con motores de
combustión interna”, que se adjunta como Anexo
DI-2025-110160107-APN-DPLA#PNA y que forma parte de la presente
Disposición.
ARTÍCULO 2º. La citada norma actualizada entrará en vigencia a partir
de la fecha de la publicación del presente acto administrativo en el
Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 3º. Por la Dirección de Planeamiento, procédase a la
publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, en el
Boletín Público de la Prefectura Naval Argentina, la impresión de UN
(1) ejemplar patrón y la actualización del sitio web oficial de la
organización.
ARTÍCULO 4°. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo José Giménez Perez - Marcelo Adrian del Giorgio - Alejandro Paulo Annichini
El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:
https://www.argentina.gob.ar/prefecturanaval/reglamentacion/ordenanzas
e. 08/10/2025 N° 74703/25 v. 08/10/2025