MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 388/2025
RESOL-2025-388-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-107476121- -APN-DGDA#MEC, la Ley N°
27.742, el Decreto N° 452 de fecha 4 de julio de 2025 y las
Resoluciones Nros. 161 de fecha 12 de julio de 2024, 175 de fecha 15 de
julio de 2024 y 567 de fecha 17 de diciembre de 2024, todas de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del Artículo 161 de la Ley N° 27.742 se creó el ENTE
NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD, y dispuso que, una vez
constituido, reemplazará y asumirá las funciones del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL
GAS (ENARGAS), organismos autárquicos actuantes en la órbita de esta
Secretaría.
Que mediante el Artículo 1° del Decreto N° 452 de fecha 4 de julio de
2025 se constituyó el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD
y se estableció que deberá comenzar a funcionar dentro de los CIENTO
OCHENTA (180) días corridos desde la publicación del citado decreto en
el Boletín Oficial, para lo cual deberá estar debidamente conformado su
Directorio.
Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 4° del Decreto N°
452/2025, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD será
dirigido y administrado por un Directorio integrado por CINCO (5)
miembros, uno de los cuales será el Presidente, otro el Vicepresidente
y los restantes serán vocales.
Que conforme el Artículo 6° los miembros del Directorio del nuevo Ente
deben ser seleccionados entre personas con antecedentes técnicos y
profesionales de la industria del gas y de la electricidad.
Que mediante el Artículo 2° de la Resolución N° 161 de fecha 12 de
julio de 2024 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se
convocó oportunamente a Concurso Abierto de Antecedentes y Oposición
para la designación de los miembros del Directorio del ENRE para los
cargos de presidente, vicepresidente y vocal primero.
Que por medio del Artículo 1° de la Resolución N° 175 de fecha 15 de
julio de 2024 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se
convocó a Concurso Abierto de Antecedentes y Oposición para la
designación de los miembros del Directorio del ENARGAS, para los cargos
de presidente, vicepresidente, y vocales primero, segundo y tercero.
Que mediante la Resolución N° 567 de fecha 17 de diciembre de 2024 de
la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se dejaron sin
efecto las referidas Resoluciones Nros. 161/2024 y 175/2024 y, por
consiguiente, los concursos convocados para la selección de los
miembros de los Directorios de los citados entes reguladores.
Que en el Artículo 2º de la citada Resolución N° 567/2024 de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA se estableció que las postulaciones presentadas
en las convocatorias efectuadas en virtud del dictado de las citadas
Resoluciones Nros. 161/2024 y 175/2024, ambas de la SECRETARÍA DE
ENERGÍA, debían ser incluidas en el concurso a ser convocado para la
conformación del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA
ELECTRICIDAD creado por el Artículo 161 de la Ley N° 27.742.
Que los antecedentes de los postulantes de las referidas convocatorias
previamente realizadas, fueron recopilados y sistematizados bajo el
Expediente N° EX-2025-109892472-APN-DGDA#MEC y en cumplimiento de lo
dispuesto en la Resolución N° 567/2024 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA,
serán consideradas en la convocatoria del Concurso que por la presente
medida se propicia.
Que el Decreto N° 452/2025 instruye a esta Secretaría para dar inicio
al proceso de selección de los miembros del primer Directorio del nuevo
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD.
Que, en función de lo expuesto precedentemente, corresponde convocar a
concurso público de antecedentes para la designación y nombramiento de
los miembros del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y
ELECTRICIDAD.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de las
competencias otorgadas en el Artículo 5° del Decreto N° 452/2025.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a Concurso Abierto de Antecedentes para la
designación de los miembros del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR
DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD, para los cargos de Presidente,
Vicepresidente y TRES (3) Vocales.
ARTÍCULO 2°.- Apruébanse los “Requisitos y condiciones para la
presentación de antecedentes de los postulantes al concurso de cargos
para la integración del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Y LA ELECTRICIDAD” que, como Anexo (IF-2025-112698741-APN-SE#MEC),
forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que, para la difusión de la convocatoria
dispuesta por el Artículo 1° de la presente medida, deberá publicarse
el aviso de la misma con citado Anexo (IF-2025-112698741-APN-SE#MEC) en
el Boletín Oficial, en el sitio web de esta Secretaría y en DOS (2)
diarios de circulación nacional masiva, por un plazo de TRES (3) días
hábiles.
ARTÍCULO 4°.- En un plazo de VEINTE (20) días hábiles administrativos
desde la publicación de este acto, se conformará el Comité de Selección
para el análisis y la evaluación de los antecedentes de los postulantes
que se presenten en el concurso, cuyos integrantes desempeñarán sus
funciones ad honorem.
ARTÍCULO 5°.- Establécese que las postulaciones presentadas en las
convocatorias efectuadas en virtud de las Resoluciones Nros. 161 de
fecha 12 de julio de 2024 y 175 de fecha 15 de julio de 2024, ambas de
la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, obrantes en el
Expediente N° EX-2025-109892472-APN-DGDA#MEC, serán incluidas en el
presente concurso, salvo que los postulantes que presentaron sus
antecedentes en dichos concursos manifiesten en un plazo de DIEZ (10)
días corridos, por escrito, su decisión de que dichas postulaciones no
sean incluidas en el presente concurso.
ARTÍCULO 6°.- Los postulantes tendrán un plazo de DIEZ (10) días
hábiles administrativos a contar desde el día siguiente al de la última
publicación realizada conforme al Artículo 3° de la presente medida
para presentar los antecedentes previstos en el citado Anexo
(IF-2025-112698741-APN-SE#MEC). Vencido el plazo para la recepción de
antecedentes, el Comité de Selección contará con un plazo de QUINCE
(15) días hábiles administrativos para el análisis de las postulaciones
recibidas y la confección del listado de candidatos preseleccionados a
ser entrevistados, debiendo notificarse debidamente a todos los
postulantes. Durante el plazo señalado, el Comité de Selección podrá
requerir a los postulantes la información adicional que considere
pertinente, para su análisis.
ARTÍCULO 7°.- El Comité de Selección contará con un plazo de DIEZ (10)
días hábiles administrativos, contados a partir de la fecha de
notificación del listado de candidatos preseleccionados, para llevar a
cabo las entrevistas personales y elevar a esta Secretaría una
propuesta de ternas para cubrir cada uno de los cargos, cuando el
número de postulantes lo hiciere posible, la que deberá basarse en
opinión fundada respecto de los antecedentes considerados.
ARTÍCULO 8º.- Dentro del plazo de TRES (3) días hábiles administrativos
de recibida la propuesta del Comité de Selección, para la integración
del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD,
esta Secretaría elevará al Ministro de Economía las ternas respectivas
con su recomendación de la propuesta final de los candidatos a ocupar
cada uno de los cargos concursados, y los antecedentes del proceso de
selección desarrollado, para su posterior elevación al PODER EJECUTIVO
NACIONAL, a fin de continuar la tramitación de conformidad con lo
establecido en el Artículo 7° del Decreto N° 452 de fecha 4 de julio de
2025 .
ARTÍCULO 9°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María Carmen Tettamanti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/10/2025 N° 75976/25 v. 13/10/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)