MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 397/2025
RESOL-2025-397-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 17/10/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-114556919-APN-DGDA#MEC, las Leyes Nros.
17.319, 17.520 y 25.943, los Decretos Nros. 729 de fecha 22 de mayo de
1995, 76 de fecha 11 de febrero de 2022, 55 de fecha 16 de diciembre de
2023, 70 de fecha 20 de diciembre de 2023, 713 de fecha 9 de agosto de
2024, 1.023 de fecha 19 de noviembre de 2024, 1.060 de fecha 29 de
noviembre de 2024, 54 de fecha 31 de enero de 2025 y 452 de fecha 4 de
julio de 2025; las Resoluciones Nros. 828 de fecha 19 de junio de 2023
y 169 de fecha 25 de febrero de 2025, ambas del MINISTERIO DE ECONOMÍA,
67 de fecha 7 de febrero de 2022, 532 de fecha 22 de junio de 2023, 326
de fecha 7 de noviembre de 2024, 136 de fecha 28 de marzo de 2025, y
198 de fecha 13 de mayo de 2025 todas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1.060 de fecha 29 de noviembre de 2024 se
declaró de Interés Público Nacional la Iniciativa Privada propuesta por
la firma TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. (TGS S.A.) denominada
“Incremento de la Capacidad de Transporte Gas Natural, en la Ruta
Tratayén – Litoral Argentino” (en adelante Iniciativa Privada), que
consiste en la ejecución de las obras de ampliación del Tramo I del
“GASODUCTO PERITO FRANCISCO PASCASIO MORENO” (en adelante GPM) que
abarca desde la localidad de Tratayén ubicada en la Provincia del
NEUQUÉN hasta la localidad de Salliqueló en la Provincia de BUENOS
AIRES, con el fin de incrementar la capacidad del sistema de transporte
de gas natural.
Que las referidas obras de ampliación del GPM se encuentran vinculadas
a las instalaciones que forman parte de la Concesión de Transporte
oportunamente otorgada a la empresa INTEGRACIÓN ENERGÉTICA ARGENTINA
S.A. (IEASA), actualmente ENERGÍA ARGENTINA S.A. (EA), mediante el
Decreto N° 76 de fecha 11 de febrero de 2022.
Que, en tal sentido, por el Artículo 1° del Decreto N° 54 de fecha 31
de enero de 2025, se dispuso, en el marco de lo establecido en el
Artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 713 de fecha 9 de agosto de
2024, reglamentario de la Ley N° 27.742, que la referida Iniciativa
Privada se regirá por el sistema de contratación previsto en el
Artículo 6° del Decreto N° 76/22, que regula la concesión de transporte
de gas natural preexistente en cabeza de ENERGÍA ARGENTINA S.A. (EA)
Que, asimismo, por el Artículo 2° del citado Decreto N° 54/25 se
facultó al MINISTERIO DE ECONOMÍA a dictar los actos administrativos
complementarios o aclaratorios que resultaran necesarios para el
cumplimiento de sus disposiciones.
Que mediante la Resolución N° 169 de fecha 25 de febrero de 2025 del
MINISTERIO DE ECONOMÍA se delegó en esta Secretaría la responsabilidad
de llevar adelante todos los trámites necesarios para la concreción de
la Iniciativa Privada propuesta por TGS S.A.
Que, asimismo, por el Artículo 2° de la citada resolución se encomendó
a EA a realizar, en el marco de lo dispuesto en el Artículo 6° del
Decreto N° 76/22, el procedimiento de licitación pública destinado a la
contratación de la ampliación de la capacidad de transporte del Tramo I
del “Gasoducto Perito Francisco Pascasio Moreno”, con el fin de
ejecutar las obras que permitan incrementar su capacidad de transporte
de gas natural; de acuerdo al Pliego de Bases Generales y Especiales a
ser aprobados por esta Secretaría.
Que, a los fines mencionados, a través de la Resolución N° 136 de fecha
28 de marzo de 2025, y su modificatoria la Resolución N° 198 de fecha
13 de mayo de 2025, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA se aprobaron, como Anexo I (IF-2025-50396635-APN-SSCL#MEC) los
Lineamientos para la Asignación de Capacidad Incremental en el GPM y en
Tramos Finales del sistema operado por la empresa TGS S.A.; y como
Anexo II (IF-2025-50396336-APN-SSCL#MEC), el Pliego de Cláusulas
Generales y Especiales (en adelante el Pliego) para que EA, llevara
adelante la Licitación Pública (en adelante la Licitación).
Que la Licitación tiene como objeto contratar la ejecución y
financiamiento de la Obra de Ampliación del Tramo I del GPM que permita
generar la Capacidad Incremental, y con el derecho a ejercer la opción
para ejecutar y financiar la Obra de Ampliación de la Capacidad
Opcional, a cambio de la cesión de la reserva de la Capacidad
Incremental (y eventualmente, de la reserva de la Capacidad Opcional),
y el uso de la infraestructura existente de titularidad de EA durante
el Plazo de Disposición de la Capacidad Incremental, y conforme a los
términos y condiciones establecidos en el Modelo de la Oferta
Irrevocable de Reserva de Capacidad, que como APENDICE B integra el
referido Pliego.
Que el Adjudicatario tendrá a su cargo la Operación y Mantenimiento de
la infraestructura existente que integra la concesión de titularidad de
EA y de la Infraestructura de la Ampliación objeto de la Licitación
durante el Plazo de Operación y Mantenimiento, conforme a los términos
y condiciones establecidos en el Modelo de la Oferta Irrevocable de
Operación y Mantenimiento (O&M), que como APENDICE C, forma parte
del Pliego.
Que el procedimiento de selección, bajo la modalidad de etapa doble,
incluye una preselección de Ofertas que cumplan con los requisitos de
capacidad legal, económico-financiera, y técnica estipulados en el
Pliego, y una selección de la mejor oferta en términos económicos entre
las Ofertas Preseleccionadas, conforme al procedimiento previsto en el
Pliego.
Que, por su parte, por el Artículo 7° de la citada Resolución N° 136/25
de la SECRETARÍA DE ENERGÍA y su modificatoria, se asignó al ENTE
NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) organismo descentralizado actuante
en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la
función de asistir técnicamente a esta Secretaría durante el
procedimiento licitatorio.
Que a través del Decreto N° 452 de fecha 4 de julio de 2025 se
constituyó el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD, creado
por el Artículo 161 de la Ley N° 27.742, el que funcionará en el ámbito
de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y llevará a cabo
todas las medidas necesarias para cumplir las misiones y funciones
asignadas por las Leyes Nros. 24.076 y 24.065 al ENARGAS y al ENRE,
respectivamente.
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 19 del citado decreto,
hasta tanto el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD
apruebe su estructura orgánica, mantendrán su vigencia las actuales
unidades organizativas del ENARGAS y del ENRE y las responsabilidades,
competencias y funciones asignadas en el marco legal y reglamentario
vigente, con el fin de mantener el adecuado funcionamiento operativo
del Ente regulador.
Que, consecuentemente, el ENARGAS resulta competente para cumplir la
función de asistencia técnica encomendada a dicho organismo por el
Artículo 7° de la Resolución N° 136/25 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA y su
modificatoria.
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 2° de la
Resolución N° 169/25 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Directorio de EA
emitió la Resolución N° 001 de fecha 20 de mayo de 2025
(IF-2025-114674338-APN-DNTEI#MEC), a través de la cual aprobó el
llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional GMP N°1/2025.
Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2° de la citada
Resolución EA N° 001/25, la Licitación se rige por lo dispuesto en el
Artículo 6° del Decreto N° 76/22, el Artículo 5 del Decreto N° 1060/24,
el Decreto N° 54/25, la Resolución N° 169/25 del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, las Resoluciones Nros. 136/25 y 198/25, ambas de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA, y por el Pliego aprobado por esta Secretaría,
incluyendo sus Circulares Aclaratorias y/o Modificatorias.
Que, asimismo a través de la citada Resolución N° 001/25 se
incorporaron al Pliego los siguientes documentos: (i) Apéndice E: Carta
de renuncia de TGS S.A. en su condición de Promotor a percibir, de
quien resultare Adjudicatario, los honorarios y gastos reembolsables
previstos en el Artículo 14 del Anexo III del Decreto N° 713/24 en el
supuesto de no resultar Adjudicatario; (ii) Apéndice F: La presentación
de TGS S.A. de fecha 15 de noviembre de 2024, mediante la cual presta
su conformidad a la rescisión del Contrato de Servicio de Operación y
Mantenimiento del GPM y las Plantas Compresoras Tratayén y Salliqueló
vigente con EA con motivo de la adjudicación del procedimiento
licitatorio; (iii) Apéndice G: Renuncia de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA
DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO S.A. (CAMMESA) a ejercer su derecho de
prioridad respecto de la capacidad incremental resultante de la
ampliación contemplada en la Iniciativa Privada; y (iv) el Cronograma
de la Licitación.
Que, previa aprobación por parte de esta Secretaría, EA emitió
Circulares Aclaratorias y Modificatorias que integran el Pliego de
conformidad con las definiciones de su Glosario, las que fueron
oportunamente publicadas en el Boletín Oficial para su correspondiente
difusión.
Que a través del Acta N° 816 de fecha 25 de julio de 2025, el
Directorio de EA aprobó la designación de los miembros de la Comisión
Evaluadora de Ofertas (en adelante la Comisión), órgano colegiado
consultivo integrado por profesionales de EA, encargado de evaluar la
capacidad legal, técnica, y económica-financiera de los oferentes, de
conformidad con las estipulaciones del Pliego
(IF-2025-114766973-APN-DNTEI#MEC).
Que, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 19 del Capítulo IV del
Pliego, EA realizó la apertura de ofertas, resultando ser la de la
empresa TGS S.A. la única presentada, de lo cual se dejó constancia en
la Escritura Pública N° 187 de fecha 28 de Julio de 2025
(IF-2025-114771141-APN-DNTEI#MEC).
Que seguidamente, EA procedió a la verificación del contenido del Sobre
N° 1: “Documentación Legal - Propuesta Técnica” de la oferta presentada
por TGS S.A. Dicho acto se instrumentó mediante la Escritura Pública N°
188 de igual fecha IF-2025-114771141-APN-DNTEI#MEC).
Que, conforme a lo estipulado en el citado Artículo 19 del Pliego, la
Comisión, tras analizar la totalidad de la documentación presentada por
el oferente y la viabilidad técnica de la oferta, mediante el Dictamen
de Evaluación de Ofertas del Sobre N°1 de fecha 18 de septiembre de
2025 recomendó al Directorio de EA preseleccionar la propuesta del
oferente TGS S.A. y disponer la apertura del Sobre N° 2 del oferente
preseleccionado (IF-2025-114804527-APN-DNTEI#MEC).
Que, mediante la Resolución N° 003 de fecha 19 de septiembre de 2025,
el Directorio de EA, preseleccionó la oferta presentada por TGS S.A. en
el marco de la Licitación Pública Nacional e Internacional GPM N°
1/2025 y dispuso para el 22 de septiembre de 2025 la apertura del Sobre
N° 2: “Propuesta Económica” correspondiente a la oferta preseleccionada
(IF-2025-114820290-APN-DNTEI#MEC).
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 18.2 del Pliego el
precio ofertado será el único importe que el Adjudicatario recibirá
como contraprestación para: (i) recuperar las inversiones y gastos
correspondientes a la Obra de Ampliación y a la Obra de Ampliación de
la Capacidad Opcional, en su caso; (ii) compensar servicio de operación
y mantenimiento que el Adjudicatario prestará a EA en los términos de
la Oferta Irrevocable de Operación y Mantenimiento (O&M); y (iii)
obtener el retorno razonable pretendido durante el Plazo de Disposición
de la Capacidad Incremental en los términos de la Oferta Irrevocable de
Reserva de Capacidad.
Que, seguidamente, y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 21 del
Pliego, EA procedió a la apertura del Sobre N° 2 referido a la oferta
económica presentada por TGS S.A. De acuerdo a las constancias
asentadas la Escritura Pública N° 228 de fecha 22 de septiembre de 2025
(IF-2025-114859540-APN-DNTEI#MEC), el precio ofertado por la citada
empresa resultó en la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA Y NUEVE
CENTAVOS POR MILLÓN DE BRITISH THERMAL UNIT (USD 0,69/MMBtu), neto del
impuesto al valor agregado (IVA).
Que la Comisión, tras analizar la referida oferta económica conforme a
lo establecido en el Pliego, emitió el Dictamen de Evaluación de Oferta
de Sobre N° 2 de fecha 24 de septiembre de 2025
(IF-2025-114860754-APN-DNTEI#MEC), mediante el cual recomendó al
Directorio de EA la adjudicación de la Licitación Pública Nacional e
Internacional GPM N° 1/2025 al oferente TGS S.A.
Que mediante la Resolución N° 004 de fecha 25 de septiembre de 2025
(IF-2025-114862222-APN-DNTEI#MEC), el Directorio de EA adjudicó la
Licitación Pública Nacional e Internacional GPM N° 1/2025 al oferente
TGS S.A.
Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 24 del Pliego, el Acto de
Adjudicación emitido por EA se encuentra sujeto a la aprobación de esta
Secretaría.
Que, a su vez, el Artículo 25 del Pliego estipula que podrá adjudicarse
la Licitación en el caso de que exista una única Oferta, en la medida
que resulte admisible y conveniente al interés público comprometido.
Que, tal como fuera antes consignado, la Iniciativa Privada propuesta
por TGS S.A., que diera lugar al proceso licitatorio en trato, fue
declarada de Interés Público Nacional por el Decreto N° 1.060/2024.
Que, por su parte, corresponde señalar que en el transcurso del
procedimiento licitatorio, la empresa TGS S.A. dio cumplimiento a los
requisitos establecidos en el inciso b) del artículo 5° del Decreto N°
1.060/24 y el Punto c del Artículo 3° de la Resolución N° 169/25 del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, relativos a la ejecución de las obras de
ampliación en tiempo y forma que sean necesarias para los tramos
finales de su sistema licenciado y a las garantías que afianzan dicho
compromiso (IF-2025-79556981-APN-DGDA#MEC,
IF-2025-114653358-APN-DNTEI#MEC).
Que, sentado lo expuesto, surge de la motivación del Decreto N°
1.060/24, que la ampliación del Tramo I del GPM, mejorará la
disponibilidad de gas natural, reducirá los requerimientos futuros de
Gas Natural Licuado (GNL) y de combustibles alternativos en los meses
de invierno, y permitirá a su vez mejorar el perfil de gas disponible
para centrales de generación eléctrica en períodos estivales de alto
requerimiento.
Que, a su vez, la ejecución de la referida obra de ampliación de
infraestructura permitirá evacuar el gas natural producido en la cuenca
Neuquina hacia los centros de consumo del AREA METROPOLITANA DE BUENOS
AIRES (AMBA) y el Litoral del país.
Que, se colige de lo expuesto que la ejecución de la obra de ampliación
del Tramo I del GPM, objeto de la Licitación adjudicada mediante la
citada Resolución EA N° 004/25, resulta conveniente al interés público
y coadyuva al cumplimiento de los principios de política
hidrocarburífera determinados en el Artículo 3° de la Ley N° 26.741, y
en el Artículo 3° de la Ley N° 17.319 y su modificatoria.
Que, consecuentemente, y de conformidad con lo estipulado en el
Artículo 24 del Pliego, resulta procedente emitir el correspondiente
acto administrativo de aprobación del acto de adjudicación de la
Licitación Pública Nacional e Internacional GPM N° 1/2025 al oferente
TGS S.A.
Que la Dirección Nacional de Transporte e Infraestructura concluyó a
través del Informe N° IF-2025-115323248-APN-DNTEI#MEC de fecha 16 de
octubre de 2025, que no median objeciones que formular al proceso
licitatorio desarrollado por EA y sugirió en consecuencia, la
aprobación de la adjudicación de la Licitación Pública Nacional e
Internacional GPM N° 1/2025 al oferente TGS S.A.
Que la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación
de Empresas Públicas” del MINISTERIO DE ECONOMÍA, ha tomado su debida
intervención.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 5° del Decreto N° 1.060 de fecha 29 de noviembre de 2024 y
sus modificaciones, y por los Artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución N°
169 de fecha 25 de febrero de 2025 del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento de Licitación Pública Nacional
e Internacional GPM N° 1/2025 realizado por ENERGÍA ARGENTINA S.A.
(EA), destinado a la contratación de la ampliación de la capacidad de
transporte del Tramo I del “Gasoducto Perito Francisco Pascasio
Moreno”, con el fin de ejecutar las obras que permitan incrementar su
capacidad de transporte de gas natural, en las condiciones previstas en
el Artículo 5° del Decreto N° 1060/24, y de acuerdo a las
estipulaciones del Pliego de Cláusulas Generales y Especiales aprobado
mediante la Resolución N° 136 de fecha 28 de marzo de 2025 de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y su modificatoria.
ARTÍCULO 2°.-Aprúebase el acto de Adjudicación de la Licitación Pública
Nacional e Internacional GPM N° 1/2025 al oferente TRANSPORTADORA DE
GAS DEL SUR S.A. (TGS S.A.) dispuesta por el Directorio de EA mediante
la Resolución N° 004 de fecha 25 de septiembre de 2025.
ARTÍCULO 3°.- El adjudicatario deberá presentar a EA, dentro de los
CINCO (5) días computados a partir de la fecha de notificación de la
presente medida, las correspondientes garantías de cumplimiento, en
formato original, en DÓLARES ESTADOUNIDENSES con firmas certificadas
ante Escribano Público, en los términos establecidos en el Artículo 26
del Pliego de Cláusulas Generales y Especiales que como Anexo II
(IF-2025-50396336-APN-SSCL#MEC) integra la Resolución N° 136/25 de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA.
La vigencia de la garantía se extenderá hasta el total cumplimiento de
las obligaciones que surjan de la aceptación de las Ofertas
Irrevocables por parte del Adjudicatario, no limitándose la
responsabilidad del Contratista derivado de las obligaciones asumidas
en función del Pliego y bajo las Ofertas Irrevocables, reservándose EA
las acciones que pudieran corresponderle en concepto de multas, gastos,
daños y perjuicios. La eventual ejecución de la Garantía de
Cumplimiento, lo será sin perjuicio de la responsabilidad por los daños
y perjuicios que el Contratista haya causado.
ARTÍCULO 4°.- Dentro del plazo de CINCO (5) días corridos contados
desde la fecha de notificación de la presente medida, EA deberá
suscribir y remitir al Adjudicatario la Oferta de Reserva de Capacidad
y la Oferta Irrevocable de Operación y Mantenimiento.
Si el Adjudicatario no aceptare las Ofertas Irrevocables dentro del
mismo plazo, contado a partir de la fecha de recepción de las mismas,
EA podrá dejar sin efecto la Adjudicación, y ejecutar la Garantía de
Mantenimiento de Oferta.
ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a las empresas TGS S.A. y EA conforme a lo
establecido en el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto
N° 1759/72 - T.O. 2017 y su modificatorio.
ARTÍCULO 6°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María Carmen Tettamanti
e. 20/10/2025 N° 78311/25 v. 20/10/2025