Disposición 2483/2025
DI-2025-2483-APN-SSAM#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 14/10/2025
VISTO el Expediente EX-2025-105730933- -APN-DGDYLI#JGM, la Ley Nº
26.331, los Decreto N° 91 del 13 de febrero de 2009, las Resoluciones
del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) N° 230/12, N° 236/12, N°
350/2017, N° 427/20, la Resolución SAyDS N° 398/15, la Resolución
SGAyDS Nº 380/19, RESOL-2025-1-APN-MI y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.331 y su Decreto Reglamentario N° 91/2009 establecen
los presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos.
Que mediante la Ley Nº 26.331 y su Decreto Reglamentario Nº 91/2009 se
creó el FONDO NACIONAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO Y LA CONSERVACIÓN DE LOS
BOSQUES NATIVOS, el cual tiene entre otros objetivos, compensar a las
jurisdicciones que conservan los bosques nativos, por los servicios
ambientales que éstos brindan.
Que el artículo 6º de la Ley Nº 26.331 establece que cada jurisdicción
deberá realizar el ordenamiento de los bosques nativos existentes en su
territorio.
Que mediante la Ley Nº 26.331 y su Decreto Reglamentario N° 91 del 13
de febrero de 2009, se establece que cada jurisdicción deberá realizar
y actualizar periódicamente el Ordenamiento de los Bosques Nativos,
existentes en su territorio a través de un proceso participativo. Cada
jurisdicción deberá realizar el Ordenamiento de los Bosques Nativos
existentes en su territorio de acuerdo a los criterios de
sustentabilidad establecidos por la citada Ley.
Que la ley provincial de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos
constituye la norma que zonifica territorialmente el área de los
Bosques Nativos existentes en cada jurisdicción de acuerdo a las
diferentes categorías de conservación y en función del valor ambiental
de las distintas unidades de Bosque Nativo y de los servicios
ambientales que éstos presten.
Que mediante la Resolución del Consejo Federal de Medio Ambiente N°
230/12 se establecen las pautas para la consideración, identificación y
mapeo de los Bosques Nativos en el Ordenamiento Territorial de los
Bosques Nativos.
Que mediante la Resolución del Consejo Federal de Medio Ambiente N°
236/12 se establecieron las pautas metodológicas para las
actualizaciones de los Ordenamientos Territoriales de los Bosques
Nativos.
Que mediante Resolución del Consejo Federal de Medio Ambiente N° 350/17
se aprobó el Documento “Procedimientos para la acreditación de las
actualizaciones de los Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos
(OTBN)”, para establecer las pautas en relación a las actualizaciones
de los Ordenamientos Territoriales de Bosques Nativos, que deben ser
considerados por las Autoridades Locales de Aplicación.
Que mediante la Resolución del Consejo Federal de Medio Ambiente N°
427/20 se establecieron los Lineamientos para la presentación de los
Ordenamientos Territoriales de los Bosques Nativos.
Que mediante la Resolución SAyDS N° 398/15 se aprueba el contenido de
las Guías para el Proceso Participativo del Ordenamiento Territorial de
los Bosques Nativos.
Que el procedimiento de intercambio técnico entre las Autoridades de
Aplicación se realiza en el marco de la Resolución del Consejo Federal
de Medio Ambiente Nº 350/17, siendo la actual Dirección de Bosques
Nativos de la Subsecretaría de Ambiente, quien debe realizar la
evaluación técnica de la propuesta de actualización en el marco de sus
competencias técnicas.
Que la Provincia de Salta acreditó su Ordenamiento Territorial de los
Bosques Nativos en el año 2009 y se cumplió el plazo para su
actualización.
Que el proceso de actualización del Ordenamiento Territorial de los
Bosques Nativos de la Provincia de Salta se viene realizando mediante
intercambios técnicos con la Autoridad Nacional de Aplicación de la Ley
Nº 26.331.
Que mediante el expediente Nº EX-2023-02342147-APN-DGAYF#MAD, consta el
intercambio técnico, producido entre la Autoridad Nacional de
Aplicación y la Autoridad Local de Aplicación.
Que con fecha 11 de agosto de 2025, la Autoridad Local de Aplicación le
comunicó a la Autoridad Nacional de Aplicación la aprobación de la Ley
Provincial Nº 8.483, cuyo texto normativo fue analizado por la
Autoridad Nacional de Aplicación.
Que, como consecuencia de la intervención de la Autoridad Nacional de
Aplicación, la Autoridad Local de Aplicación reglamentó aspectos de la
norma.
Que, en base a los intercambios, la ALA presentó un Anexo con la tabla
resumen de las superficies asignadas a cada categoría del que se
extraen las superficies de bosques a acreditar:
| Superficie (hectáreas) |
Categoría I (Rojo) | 1.308.244 hectáreas |
Categoría II (Amarillo) | 5.528.753 hectáreas |
Categoría III (Verde) | 721.568 hectáreas |
total | 7.558.565 hectáreas |
Que existen consideraciones que deberán ser tenidas en cuenta en el
seguimiento de los compromisos pendientes para la siguiente
actualización las cuales han sido plasmadas en los
IF-2025-39002897-APN-DBN#JGM y IF-2025-38993128-APN-DBN#JGM.
Que mediante la RESOL-2025-1-APN-MI, se le delegan las facultades de
acreditar los Ordenamientos Territoriales de Bosques Nativos al titular
de la Subsecretaría de Ambiente.
Que ha tomado intervención de su competencia la DIRECCIÓN DE ASUNTOS
JURÍDICOS DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26.331 y la RESOL-2025-1-APN-MI.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE AMBIENTE
DISPONE:
ARTICULO 1º.- Acredítese la Actualización del Ordenamiento Territorial
de los Bosques Nativos (OTBN) de la Provincia de Salta, conforme lo
establecido en la Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección
Ambiental de los Bosques Nativos, estableciéndose las siguientes
superficies de bosques nativos:
CATEGORIA I (ROJO) – 1.308.244 hectáreas
CATEGORIA II (AMARILLO) – 5.528.753 hectáreas
CATEGORIA III (VERDE) – 721.568 hectáreas
SUPERFICIE TOTAL DE BOSQUE NATIVO – 7.558.565 hectáreas
Asimismo, para la siguiente actualización deberán tenerse presente las
consideraciones plasmadas en los IF-2025-39002897-APN-DBN#JGM y
IF-2025-38993128-APN-DBN#JGM.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Fernando Jorge Brom
e. 20/10/2025 N° 78127/25 v. 20/10/2025