FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
Decreto 772/2025
DECTO-2025-772-APN-PTE - Apruébase estructura organizativa.
Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-68276579-APN-CRRHH#FNA, el Decreto-Ley
N° 1224 del 3 de febrero de 1958 y sus modificatorios, el Decreto Nº 50
del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y la Decisión
Administrativa N° 827 del 2 de octubre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto-Ley N° 1224/58 y sus modificatorios se creó el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES como organismo autárquico.
Que por el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios se aprobaron el
Organigrama de Aplicación y los Objetivos de la Administración Nacional
centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los ámbitos
jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y
descentralizados.
Que por la Decisión Administrativa N° 827/19 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del FONDO NACIONAL DE
LAS ARTES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la
entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del ex-MINISTERIO DE
EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
Que, en esta instancia, corresponde aprobar la nueva estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mencionado
organismo y derogar, incorporar y homologar diversos cargos
pertenecientes al citado Fondo Nacional en el Nomenclador de Funciones
Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
Que la presente medida no implica incremento en la cantidad de unidades
organizativas que conforman la Administración Pública Nacional.
Que el artículo 104 del Reglamento de Procedimientos Administrativos.
Decreto 1759/72 – T.O. 2017 dispone que los reglamentos que refieren a
la estructura orgánica de la Administración entran en vigencia sin
necesidad de publicación.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE
DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO y la OFICINA NACIONAL DE
PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención de su
competencia.
Que el servicio jurídico correspondiente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel
operativo del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo descentralizado
actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades
Primarias y Acciones que, como ANEXOS I (IF-2025-68291478-APN-PD#FNA) y
II (IF-2025-92858251-APN-CRRHH#FNA), forman parte integrante del
presente decreto.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel
operativo del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo descentralizado
actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como
ANEXOS III (IF-2025-92860985-APN-CRRHH#FNA) y IV
(IF-2025-92863051-APN-CRRHH#FNA), forman parte integrante del presente
decreto.
ARTÍCULO 3º.- Deróganse, incorpóranse y homológanse en el Nomenclador
de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos
pertenecientes al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el detalle obrante en la
PLANILLA ANEXA (IF-2025-68294126-APN-PD#FNA) al presente artículo, que
forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 4°.- Facúltase al Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES,
organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a modificar la estructura
organizativa que se aprueba por el artículo 2º del presente decreto,
sin que ello implique incremento de las unidades organizativas que la
componen ni de las correspondientes partidas presupuestarias, previa
intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del
MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
ARTÍCULO 5º.- Deróganse los artículos 1°, 2°, 3° y 5° de la Decisión Administrativa N° 827 del 2 de octubre de 2019.
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la Entidad 802 -
FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
ARTÍCULO 7°.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su dictado.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Guillermo Francos
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/10/2025 N° 81316/25 v. 28/10/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV)