MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 1223/2025
RESOL-2025-1223-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2025
VISTO el Expediente EX-2025-89460417- -APN-DNNYRPJYMP#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, la Ley N° 26.538, la Resolución
Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus
modificatorias, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL N°
828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la FISCALÍA DEL FUERO DE LA RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL Nº 1
del Departamento Judicial La Matanza, Provincia de Buenos Aires, a
cargo del Doctor Juan Pablo PEPE VOLPICINA, tramita la I.P.P. Nº
PP-05-00-005858-25/00 caratulada “ROBLES LUCIANO Y OTROS S/ HOMICIDIO
AGRAVADO” con intervención del Juzgado de Garantías Nº 6 del mencionado
Departamento Judicial.
Que la mencionada FISCALÍA solicitó a este Ministerio, mediante oficio
del día 16 de julio de 2025, se ofrezca recompensa para aquellas
personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden
datos útiles que permitan lograr la captura de Kevin Ezequiel CHAVEZ,
argentino, titular del DNI N° 47.476.054, nacido el 30 de julio de
2006, con último domicilio conocido en Sobral Nº 750 localidad de
Virrey del Pino, partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires,
sobre quien pesa orden de captura nacional e internacional desde el 21
de febrero de 2025.
Que Kevin Ezequiel CHAVEZ se encuentra imputado por el hecho ocurrido
el 30 de enero del año 2025 a las 00:30 horas aproximadamente en las
inmediaciones de las calles Girardot y Manzanares de la localidad de
Virrey del Pino, partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires,
cuando al menos, cinco sujetos de sexo masculino, posteriormente
identificados como Rodrigo Ismael ROBLES de 20 años de edad, Luciano
ROBLES de 17 años de edad, Pablo Facundo ARAOZ de 18 años de edad,
Esteban Santiago BENÍTEZ de 15 años de edad y Kevin Ezequiel CHAVEZ de
18 años de edad, entablaron una discusión con la víctima, Agustín DI
PRINZIO, y un grupo de familiares y amigos.
Que los nombrados coactuando en forma funcional, previo plan común y
división de tareas, munidos en sus manos con elementos corto punzantes
(cuchillos) y con la clara intención de darle muerte, le propinaron a
la mencionada víctima, con los elementos que llevaban, al menos tres
puñaladas en su tórax y abdomen, provocándole lesiones de tal magnitud
que ocasionaron su muerte.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido,
según lo estime la titular de esta cartera.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias y la
RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000)
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos
delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de
Kevin Ezequiel CHAVEZ, argentino, titular del DNI N° 47.476.054, nacido
el 30 de julio de 2006, con ultimo domicilio conocido en Sobral Nº 750
localidad de Virrey del Pino, partido de la Matanza, provincia de
Buenos Aires, sobre quien pesa orden de captura nacional e
internacional desde el 21 de febrero de 2025.
ARTÍCULO 2°. - Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente a la línea gratuita 134 del PROGRAMA NACIONAL DE
RECOMPENSAS dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y
RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta cartera
de Estado previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada a fin de
preservar la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la
presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de
circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad
Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus
formas, del afiche que obra como (IF-2025-100521576-APN-DNNYRPJYMP#MSG)
correspondiente a la recompensa ofrecida y que forma parte integrante
de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 31/10/2025 N° 82461/25 v. 31/10/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)